Common use of CAMBIO DE SUPERVISOR Clause in Contracts

CAMBIO DE SUPERVISOR. En el evento que se requiera el cambio de supervisor; el jefe, director o subdirector solicitará tal cambio al Ordenador del Gasto quien procederá a analizar tal solicitud y designar un nuevo supervisor de ser el caso. En todo caso, el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente la designación del supervisor, comunicando su decisión por escrito al contratista, al anterior supervisor y al Grupo de Contratos. El supervisor saliente y el designado en su reemplazo, deberán suscribir un acta conjuntamente, en la cual constará el estado de ejecución del contrato o convenio y la relación de los documentos que entrega y las observaciones que se consideren pertinentes. Si no es posible la suscripción conjunta del acta, el supervisor designado dejará constancia del estado en que se encuentra el contrato o convenio al asumir el ejercicio de estas funciones. En caso de renuncia del funcionario al cargo sobre el cual recae la supervisión y que dicho cargo no sea proveído, la supervisión del contrato recaerá en el inmediato superior jerárquico. En caso de renuncia del funcionario al cargo sobre el cual recae la supervisión, la supervisión recaerá sobre el funcionario que sea nombrado en dicho cargo, sin que, para tal efecto, el Grupo de Contratos y/o el Ordenador del Gasto deban comunicar al supervisor entrante los contratos asignados a su cargo, salvo que así sea requerido por el funcionario.

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CAMBIO DE SUPERVISOR. En el evento que se requiera el cambio de supervisor; supervisor por razones de fuerza mayor caso fortuito, ausencia temporal o definitiva o por que el jefeOrdenador del Gasto así lo considere, director o subdirector solicitará tal el supervisor deberá solicitar el cambio al Ordenador del Gasto quien procederá a analizar tal solicitud junto con la postulación realizada por el jefe del área y designar un nuevo supervisor, lo anterior con al menos cinco (5) días de anticipación, salvo fuerza mayor. Los Vicepresidentes, Jefes de Oficina o Directores serán responsables de verificar las condiciones de los funcionarios que postulen como supervisores y apoyos a la supervisión de los contratos. Para solicitar el cambio de supervisor de ser un contrato o convenio celebrado por la Agencia de Desarrollo Rural, deberá tenerse en cuenta como mínimo lo siguiente: a) La postulación del nuevo supervisor del contrato o convenio suscrita o avalada por el caso. En todo caso, el ordenador jefe del gasto podrá variar unilateralmente área que estableció la designación necesidad de contratación. b) La solicitud del trámite de cambio de supervisión del contrato o convenio por parte del supervisor, comunicando su decisión por escrito al contratistacon la indicación expresa de las razones que justifican el cambio. c) Presentar informe técnico, al anterior supervisor administrativo, financiero y al Grupo de Contratos. El supervisor saliente y contable en el designado en su reemplazo, deberán suscribir un acta conjuntamente, en la cual constará conste el estado de la ejecución del contrato o convenio y la relación de los documentos que entrega y las observaciones que se consideren pertinentes. Si no es posible la suscripción conjunta del actaconvenio, el supervisor designado dejará constancia solicitante deberá publicar este documento en la plataforma SECOP I o II según corresponda, para conocimiento del estado nuevo supervisor. d) Todos los documentos anexos que soporten la solicitud de cambio de supervisor. e) En el evento de presentarse ausencia temporal o definitiva del supervisor, en que situaciones tales como: disfrute de vacaciones, permiso, comisión, encargo, suspensión, licencia, incapacidad, retiro de la entidad o cualquier otra similar y si no se encuentra ha solicitado designación de un nuevo supervisor, el contrato o convenio al asumir el ejercicio jefe de estas funciones. En caso de renuncia del funcionario al cargo sobre el cual recae la supervisión y que dicho cargo no sea proveído, área asumirá automáticamente la supervisión del contrato recaerá en el inmediato superior jerárquico. En caso de renuncia del funcionario al cargo sobre el cual recae la supervisión, la supervisión recaerá sobre el funcionario que sea nombrado en dicho cargoo convenio, sin que, para tal efecto, el Grupo necesidad de Contratos y/o el Ordenador del Gasto deban comunicar al supervisor entrante los contratos asignados a su cargo, salvo que así sea requerido por el funcionariorequerir notificación.

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Samples: Manual De Contratación, Supervisión E Interventoría, Manual De Contratación, Supervisión E Interventoría

CAMBIO DE SUPERVISOR. MANUAL DE CONTRATACIÓN Proceso asociado Código Versión Adquisición de Bienes y Servicios M-BS-01 19 93 En el evento que se requiera el cambio de supervisor; supervisor por razones de fuerza mayor o caso fortuito, ausencia temporal o definitiva, el jefe, director o subdirector solicitará supervisor deberá informarlo y a su vez solicitarle tal cambio al Ordenador Director del Gasto Fondo, quien procederá a analizar tal solicitud y designar un nuevo supervisor de ser el caso. En todo caso, el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente la designación del supervisor, comunicando su decisión por escrito lo anterior con al contratistamenos dos días de anticipación, al anterior supervisor y al Grupo de Contratossalvo fuerza mayor. El supervisor saliente y el designado en su reemplazo, deberán suscribir un acta conjuntamente, conjuntamente en la cual constará el estado de ejecución del contrato o convenio y la relación de los documentos que entrega y las observaciones que se consideren pertinentes, para lo cual harán uso del documento dispuesto en SIGEPRE denominado “Informe por cambio de supervisor (F-BS-47)”, o el formato vigente en el Sistema. Si no es posible la suscripción conjunta del acta, el supervisor designado saliente dejará constancia mediante un informe del estado en que se encuentra el contrato o convenio del cual ejercía la vigilancia y control, y del mismo se hará entrega al asumir supervisor que asume el ejercicio de estas esas funciones. En caso “Informe final de renuncia supervisión (F-BS-25)”. Asimismo, si el supervisor entrante no recibe el informe del funcionario al cargo sobre inciso anterior, deberá dejar constancia del estado en el cual recae la supervisión y que dicho cargo no sea proveído, la supervisión del encontró el contrato recaerá en el inmediato superior jerárquico. En caso objeto de renuncia del funcionario al cargo sobre el cual recae la supervisión, la supervisión recaerá sobre el funcionario que sea nombrado en dicho cargo, sin que, para tal efecto, el Grupo de Contratos y/o el Ordenador del Gasto deban comunicar al supervisor entrante los contratos asignados a su cargo, salvo que así sea requerido por el funcionario.

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