Actuaciones Cláusulas de Ejemplo
Actuaciones a. Ante hechos u omisiones constitutivos de incumplimientos que determinen la caducidad del contrato, se adelantarán las actuaciones previstas en el numeral 8.1.1. del presente capitulo, acorde con la normatividad que rija la materia.
b. En el acto administrativo mediante el cual se declare la caducidad, se ordenará darlo por terminado y proceder a su liquidación, se hará efectiva la cláusula penal pecuniaria y se procederá a cuantificar el monto del perjuicio y a ordenar su pago tanto al contratista como al garante, se impondrá la inhabilidad y/o se tomarán las medidas tendientes a garantizar la continuidad del servicio, sin perjuicio de las acciones judiciales a que haya lugar, especialmente para reclamar perjuicios mayores.
c. Tratándose de Consorcios y Uniones Temporales, el debido proceso se garantizará por intermedio del representante del Consorcio o Unión Temporal.
d. Cuando el contratista sea una Unión Temporal, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros; en el caso de consorcios, las sanciones afectarán a todos los miembros que lo conforman, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993 o las normas que lo deroguen, modifiquen, adicionen o complementen.
e. En todo contrato o convenio que celebre el Ministerio, conforme a las disposiciones legales pertinentes, deberá valorarse, atendiendo su naturaleza y complejidad, así como los actores intervinientes, la inclusión a su favor de multas, cláusulas excepcionales o la cláusula penal pecuniaria. Solo el ordenador del gasto podrá autorizar prescindir de su uso cuando sea opcional, por razones de conveniencia para la Entidad, de lo cual se dejará constancia en los estudios previos. La cláusula penal pecuniaria, siempre deberá pactarse, sin perjuicio de la posibilidad para el Ministerio de reclamar mayores perjuicios. Igualmente, tendrá carácter moratorio y estipularse la compatibilidad entre la pena y la eventual exigibilidad de la obligación principal.
f. Cuando se suscite cualquiera de los eventos previstos en el artículo 2.2.1.2.3.1.1 y ss del Decreto 1082 de 2015, o la norma que lo sustituya, modifique o adicione, una vez agotado el debido proceso y garantizados los derechos de defensa y contradicción del contratista y de su garante, en caso de póliza de seguro, se proferirá el acto administrativo correspondiente haciendo efectiva la garantía, inclus...
Actuaciones. El interventor/supervisor del contrato, una vez tenga conocimiento de los hechos u omisiones que a su juicio constituyan un incumplimiento sancionable con multa, de conformidad con las normas vigentes y lo pactado en el contrato y demás documentos que forman parte del mismo, comunicará inmediatamente el hecho al Ministro o su delegado. • El Ministro o su delegado, con fundamento en el informe del supervisor o interventor y las pruebas disponibles, con la asesoría del Grupo de Contratos evaluará los hechos informados y dispondrá, de encontrarlo procedente, requerir al contratista, con copia al garante, si se trata de póliza de seguro, para que:
i) subsane dicho incumplimiento, y, ii) rinda en audiencia las explicaciones y aporte las pruebas a que haya lugar, efecto para el cual se fijará lugar, fecha y hora. El plazo para la realización de la audiencia será el prudencial en consideración a la complejidad del asunto a tratar. Para el efecto se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y artículo 3 y parágrafo del artículo 47 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA) o las normas que lo deroguen, modifiquen, adicionen o complementen. • Siguiendo los requisitos y el procedimiento del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o las normas que lo deroguen, modifiquen, adicionen o complementen, en la fecha y hora determinada por el Ministro o su delegado, se realizará una audiencia en la que el contratista y su garante, cuando se trate de póliza de seguros, podrán intervenir para ejercer su derecho de defensa y contradicción y en la misma audiencia se adoptará la decisión a que haya lugar. • Ejecutoriado el acto administrativo de imposición de una multa, se remitirá copia al Grupo de Contratos o quien haga sus veces, para que realice los trámites frente al(as) área(s) competente(s) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en procura de la exigibilidad de la(s) garantía(s), en los términos del parágrafo del artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 o las normas que lo deroguen, modifiquen, adicionen o complementen. El pago de las sumas antes señaladas no extingue las obligaciones emanadas del contrato, ni exime al contratista de indemnizar perjuicios superiores. Solo se podrá imponer multas hasta un máximo equivalente al 10% del valor total del contrato expresado en SMLMV.
Actuaciones. Todas las actuaciones relativas a los contratos de gestión de servicios públicos corresponderán a la Gerencia de la Universidad xx Xxxxx.
Actuaciones. La apertura de plicas tendrá lugar en la Casa Consistorial, ante la Mesa de Contratación constituida conforme se acaba de indicar, la cual desarrollará las siguientes actuaciones
Actuaciones. Todas las actuaciones relativas a los contratos administrativos especiales corresponderán a la Gerencia de la Universidad xx Xxxxx.
Actuaciones. Las labores que deberán desarrollar serán los siguientes: − Inspección ocular de la extensión de terreno que se alcance desde la torreta o del que se inspeccione a través de las rondas del retén de pronto ataque. − Inspección, desde cada torreta o a través de las rondas del retén de pronto ataque, de los edificios e instalaciones sitos en los parques, para detectar posibles riesgos de incendio que pudieran extenderse a las zonas de vegetación. − Inspección, desde cada torreta o a través de las rondas del retén de pronto ataque, de los posibles grupos de personas, en evitación de fuegos en lugares no autorizados. − Verificación permanente y periódica del sistema de comunicación entre torretas, retenes, emisora central, servicios técnicos municipales competentes y servicios de emergencias. − Reacción inmediata ante cualquier indicio de conato de incendio que se localice, incluso ante la menor duda que pueda existir por la situación o no del conato en el interior de los parques, o el discernimiento entre humo, polvo o cualquier otro elemento similar. − Medidas de seguridad El Concesionario presentará al inicio de cada campaña un Plan de Prevención de Riesgos Laborables apropiado al mismo. Por otro lado, el Concesionario deberá delimitar perfectamente el ámbito de los trabajos, cuando éstos comporten riesgos para las personas, con los elementos de protección y balizamiento que sean necesarios, y se tomarán las medidas oportunas para impedir el acceso a los usuarios a las zonas de peligro. Se estará a lo dispuesto en la Legislación Vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y en las disposiciones que sean de aplicación en la Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por la realización de Obras y Trabajos, así como en lo dispuesto en las distintas normativas relacionadas con el objeto de este apartado. Cualquier negligencia o incumplimiento de estas normas supondrá la sanción municipal que se establece en el presente Pliego, con independencia de las responsabilidades a que hubiera lugar si se originasen daños a terceros.
Actuaciones. Las actuaciones del presente convenio (en adelante “las actuaciones”) se enmarcarán en los siguientes ámbitos:
1. Actuaciones de dotación de puestos educativos en el hogar y otros equipos adicionales.
A) Puesto educativo en el hogar: dotación a los centros docentes identificados por la Co- munidad Autónoma de equipamiento susceptible de ser prestado al alumnado en situa- ción de vulnerabilidad. El “Puesto educativo en el hogar” consta de un dispositivo tipo ordenador portátil o equivalente con software de base necesario incorporado, junto con elementos de seguridad, configurado para uso educativo; y de una conexión a Internet. El puesto podrá incorporar las aplicaciones formativas proporcionadas por las adminis- traciones educativas.
B) Otras actuaciones: dotación de dispositivos tecnológicos y otros equipamientos adicio- nales al “Puesto educativo en el hogar”. Para el mejor desarrollo de esta actuación se podrá confeccionar un inventario de los dispositivos y otro equipamiento tecnológico con los que cuentan los centros docentes, así como el análisis de necesidades.
2. Actuaciones de dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones, herramientas y recursos curriculares. Puesta a disposición de aplicaciones, herramientas y recursos curricu- lares que faciliten la educación digital, tanto presencial en el centro como desde el hogar. En el desarrollo de estas actuaciones se contempla la confección de un inventario detallado de los recursos digitales con los que cuenta el sistema educativo, que incluya aplicaciones y contenidos, así como el análisis de necesidades, al objeto de determinar la diferencia entre los recursos de todo tipo disponibles y los necesarios.
3. Actuaciones de formación para la competencia digital docente. Acciones para adecuar las competencias digitales del conjunto del profesorado al empleo de las TIC en su labor diaria, así como el desarrollo y aplicación de metodologías para la enseñanza en un contexto digital y, eventualmente, deslocalizado.
4. Actuaciones de aplicación de la inteligencia artificial para establecer itinerarios de apren- dizaje personalizados. Realización de proyectos basados en inteligencia artificial, xx xxxx- tencia a docentes, alumnos y autoridades educativas, que permitan establecer itinerarios de aprendizaje personalizados para el alumnado, llevar el seguimiento de su actividad, y el xxx- lisis tanto individualizado como agregado de su evolución. En la aplicación de estos sistemas basados en inteligencia...
Actuaciones. 1. La Fundación Científica AECC se obliga a: Aprobar el programa que regirá en las convocatorias objeto de este Convenio, y que comprenderá lo relativo a: finalidad de la convocatoria, requisitos de los candidatos y de las solicitudes, criterios de valoración y seguimiento, así como financiar el total del presupuesto destinado a los proyectos que son objeto de cada convocatoria. Previamente al comienzo del proceso de evaluación, facilitará a la Agencia Estatal de Investigación el texto de la convocatoria correspondiente a las solicitudes, incluyendo los criterios de evaluación, las bases reguladoras de las mismas así como una tabla con los datos mínimos de las solicitudes a evaluar (referencia, nombre y apellidos del solicitante, institución, título del proyecto, área de la Agencia Estatal de Investigación correspondiente). Cargar toda la documentación de las solicitudes en la aplicación informática de la Agencia Estatal de Investigación, en tiempo y forma. Asimismo, revisará que la documentación aportada sea la correcta. Indicar en lugar visible en la publicación de ayudas concedidas, así como en su difusión la colaboración de la Agencia Estatal de Investigación. Remitir a la Agencia Estatal de Investigación las resoluciones definitivas de las convocatorias por la que decidan los procedimientos cuya evaluación es objeto de este convenio. Soportar los gastos derivados de la manutención, alojamiento y locomoción de los expertos internacionales que asistan a comisiones de evaluación. Las actuaciones asumidas por la entidad tiene un coste estimado de: 18.000.000 euros.
2. La Agencia Estatal de Investigación se obliga a: Diseñar el proceso de evaluación, incluyendo el calendario, las fases del proceso, la designación de expertos, la elaboración de informes de evaluación, el resumen ejecutivo de actuaciones y el informe final. Aportar el personal cualificado científicamente para llevar a cabo la evaluación científico-técnica, según criterios establecidos en las convocatorias y gestionar directamente y a su cargo los pagos a sus evaluadores, que asciende a un coste aproximado de 169.635. euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.233 del ejercicio 2020, para la evaluación de un número aproximado de 400 solicitudes de Ayudas a Personal (Predoctorales, Postdoctorales, Investigador, Clínico Junior y Clínico Senior); 250 solicitudes de Ayudas a Proyectos (Ideas Semilla, Proyectos AECC, LAB AECC, Grupos Coordinados AECC); 20 solicitudes Seguimientos ...
Actuaciones. Patrimonio Nacional celebrará cuatro conciertos en la Casa de las Flores del Real Sitio de La Granja de San Xxxxxxxxx los próximos 28 de octubre y 4, 11 y 18 de noviembre.
Actuaciones. Tras la firma de este Convenio, y una vez realizado su preceptivo registro, se pondrán en marcha las siguientes actuaciones para materializar los acuerdos adoptados en el mismo:
1. El MEFP, como responsable en materia educativa en Ceuta y Melilla, seleccionará dos espacios educativos, una en cada ciudad autónoma, que reúnan las condiciones establecidas en el ANEXO 2 del Convenio, para instalar el aula tecnológica según el modelo “Aula del Futuro”.
2. IT3D será considerada colaboradora del Aula del Futuro y proporcionará el equipamiento de las aulas de acuerdo con lo establecido en este Convenio y sus ANEXOS 2 y 3. El logo de la empresa colaboradora aparece junto con el del INTEF y el del resto de empresas, en calidad de empresa colaboradora del Aula del Futuro. Por otro lado, IT3D podrá incluir en su promoción y difusión en los medios de comunicación su condición de empresa colaboradora del Aula del Futuro, siempre mencionando al MEFP y, si fuera necesario, al organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma.
3. IT3D proporcionará el soporte y apoyo necesario para la instalación y configuración del equipamiento detallado en el ANEXO 3. Igualmente, proporcionará formación a los responsables en las administraciones educativas participantes sobre el equipamiento aportado y aquellos aspectos que fueran relevantes para su uso. Código seguro de Verificación 4 CSV : DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXX.xxx FIRMANTE(1) : XXXXX XXXXXX XXXXX | FECHA : 30/04/2021 13:47 | NOTAS : F | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXX.xxx
4. El MEFP comunicará el Convenio firmado a las comunidades autónomas para facilitar su adhesión al mismo. Dicha adhesión se formalizará mediante la firma del documento que se incorpora como ANEXO 1, donde cada comunidad autónoma interesada establecerá su interés en participar en el desarrollo del Convenio aceptando lo estipulado en el mismo. La adhesión tendrá efecto desde la fecha de publicación del documento firmado en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y la comunidad autónoma será considerada Parte del Convenio a todos los efectos, debiendo proceder de acuerdo a lo establecido en el punto 1 de esta misma cláusula en cuanto a la selección de un espacio y, si fuera necesario, llevará a cabo las actuaciones necesari...