Common use of Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad Clause in Contracts

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Urban Equipment and Children's Games

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017. Cuando, y acrediten por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al/a la contratista determinados requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional oorganización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en los casos el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos deberán ser acreditados por el/la licitador/a al concurrir en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadasel mismo. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los Los/las contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios empresarios/as que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas estas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios Los/las empresarios/as que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados obligados/as solidariamente y deberán nombrar un un/a representante o apoderado único apoderado/a único/a de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismode este, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios Los/las empresarios/as que deseen concurrir integrados integrados/as en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios adjudicatarios/as del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios empresarios/as será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. De acuerdo con lo previsto en el artículo 159.6.b) de la LCSP 2017 se exime a los/las licitadores/as de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al/a la contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos deberán ser acreditados por el/la licitador/a al concurrir en el mismo. Los/las contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos artículo 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios empresarios/as que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los Los/las empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados obligados/as solidariamente y deberán nombrar un un/a representante o apoderado único apoderado/a único/a de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismode este, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los Los/las empresarios que deseen concurrir integrados integrados/as en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios adjudicatarios/as del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios empresarios/as será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al/a la contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos/as deberán ser acreditados/as por el/la licitador/a al concurrir en el mismo. Los/las contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios Los/las empresarios/as que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados obligados/as solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único apoderado/a único/a de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios Los/las empresarios/as que deseen concurrir integrados integrados/as en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno/a, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios adjudicatarios/as del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios empresarios/as será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato Los/las empresarios/as deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86 a 88 de la LCSP 2017, que se señalan en el apartado 6 del Cuadro de Características del Contrato, requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible. Tales condiciones mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio y en el citado apartado. Para acreditarse la solvencia necesaria, el/la empresario/a podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los/las empresarios/as que concurran agrupados/as en las uniones temporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Para ello la empresa que desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el/la propio/a licitador/a los trabajos que en él se señalan y si así se recoge especificar en la oferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Dicho compromiso de dedicación o adscripción de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato tendrá carácter de obligación esencial a los efectos de ser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al/a la contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Los sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos deberán ser acreditados por el/la licitador/a al concurrir en el mismo. Los/las contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos artículo 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios empresarios/as que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios Los/las empresarios/as que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados obligados/as solidariamente y deberán nombrar un un/a representante o apoderado apoderado/a único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios Los/las empresarios/as que deseen concurrir integrados integrados/as en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios adjudicatarios/as del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios empresarios/as será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Capacidad y solvencia. Clasificación Capacidad. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en al artículo 71 de la LCSP 2017, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que sea exigible, o se encuentren debidamente clasificadas. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir en el mismo. Los contratistas deberán contar, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos artículo 67 y 68 de la LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 de la LCSP 2017, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares