CAUSAS PARA DESECHAR LAS PROPOSICIONES. Las propuestas desechadas durante el procedimiento, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos, la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción. 9.1 Se desechará la oferta cuando incurran en una o varias de las siguientes situaciones: a) Incumplir con alguno de los requisitos especificados en la convocatoria y sus anexos siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la propuesta. b) Las propuestas que por cualquier motivo omitan algún requisito solicitado en la convocatoria serán desechadas en la evaluación de las ofertas técnicas y económicas y, de ser el caso, se dejará constancia en el acta de presentación de apertura de proposiciones cuando algún licitante no presente la totalidad de la documentación solicitada. c) Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro elevar los precios de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. d) Si se presentan ofertas con precios no aceptables, en los términos establecidos con la fracción XI, del artículo 2 de la LEY; e) Las PROPOSICIONES incluyan contradicciones o intentos de especulación.
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CAUSAS PARA DESECHAR LAS PROPOSICIONES. Las propuestas desechadas durante el procedimiento, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos, la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.
9.1 Se desechará la oferta cuando incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
a) Incumplir con alguno de los requisitos especificados en la convocatoria y sus anexos siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la propuesta.
b) Las propuestas que por cualquier motivo omitan algún requisito solicitado en la convocatoria serán desechadas en la evaluación de las ofertas técnicas y económicas y, de ser el caso, se dejará constancia en el acta de presentación de apertura de proposiciones cuando algún licitante no presente la totalidad de la documentación solicitada.
c) Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro elevar los precios de los servicios del ARRENDAMIENTO o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
d) Si se presentan ofertas con precios no aceptables, en los términos establecidos con la fracción XI, del artículo 2 de la LEY;
e) Las PROPOSICIONES incluyan contradicciones o intentos de especulación.
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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta, Licitación Pública Nacional Mixta
CAUSAS PARA DESECHAR LAS PROPOSICIONES. Las propuestas desechadas durante el procedimiento, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; subsecuentes; agotados dichos términos, la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.
9.1 Se desechará la oferta cuando incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
a) Incumplir con alguno de los requisitos especificados en la convocatoria y/o acta de la junta de aclaraciones y sus anexos siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la propuesta.;
b) Las propuestas que por cualquier motivo omitan algún requisito solicitado en la convocatoria serán desechadas en la evaluación de las ofertas técnicas y económicas y, de ser el caso, se dejará constancia en el acta de presentación de apertura de proposiciones cuando algún licitante no presente la totalidad de la documentación solicitada.;
c) Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro elevar los precios de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.;
d) Si se presentan ofertas con precios no aceptables, en los términos establecidos con la fracción XI, del artículo 2 de la LEY;LEY;
e) Las PROPOSICIONES incluyan contradicciones o intentos de especulación.;
f) Cuando el LICITANTE proponga alternativas que modifiquen las condiciones establecidas en la CONVOCATORIA, o en su caso, las acordadas en la junta de aclaraciones;
g) Cuando el LICITANTE presente información falsa o imprecisa, y así lo determine la autoridad competente;
h) Existan irregularidades comprobables en las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES;
i) Se desecharán las PROPOSICIONES de aquellos LICITANTES en las que se detecten evidencias que demuestren que entre algunos LICITANTES elaboraron las PROPOSICIONES en forma conjunta, sin haberlo hecho del conocimiento del ITL en los términos establecidos en el numeral tres de la presente CONVOCATORIA;
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