CESE DEL SUMINISTRO. La relación normada por el presente Reglamento de Servicio, se extinguirá de pleno derecho en los siguientes supuestos: • Incumplimiento de las obligaciones referidas a los artículos precedentes.- • Cambio de titularidad del cliente.- • Decisión del cliente, previo cumplimiento de las obligaciones comerciales.- • Por decisión fundada de LA CONCESIONARIA, previa notificación.- • Por cambio de categoría.- • Caso fortuito o fuerza mayor.-
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Samples: www.coopser.com.ar, cech.com.ar, www.cooperativadelujan.com.ar
CESE DEL SUMINISTRO. La relación normada por el presente Reglamento de Servicio, se extinguirá de pleno derecho en los siguientes supuestos: • · Incumplimiento de las obligaciones referidas a los artículos precedentes.- • precedentes. · Cambio de titularidad del cliente.- • cliente. · Decisión del cliente, previo cumplimiento de las obligaciones comerciales.- • comerciales. · Por decisión fundada de LA CONCESIONARIAEL DISTRIBUIDOR, previa notificación.- • notificación. · Por cambio de categoría.- • categoría. · Caso fortuito o fuerza mayor.-mayor.
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Samples: www.edelap.com.ar, www.edelap.com.ar
CESE DEL SUMINISTRO. La relación normada por el presente Reglamento de Servicio, se extinguirá de pleno derecho en los siguientes supuestos: • Incumplimiento de las obligaciones referidas a los artículos precedentes.- precedentes. • Cambio de titularidad del cliente.- • Decisión del cliente, previo cumplimiento de las obligaciones comerciales.- • Por decisión fundada de LA CONCESIONARIAEL DISTRIBUIDOR ( conforme definición del art. 10 de la ley 11.769, Decreto Reglamentario y normas complementarias ), previa notificación.- • Por cambio de categoría.- • Caso fortuito o fuerza mayor.-
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Samples: www.enre.gov.ar
CESE DEL SUMINISTRO. La relación normada por el presente Reglamento de Servicio, se extinguirá de pleno derecho en los siguientes supuestos: • Incumplimiento de las obligaciones referidas a los artículos precedentes.- precedentes. • Cambio de titularidad del cliente.- • Decisión del cliente, previo cumplimiento de las obligaciones comerciales.- • Por decisión fundada de LA CONCESIONARIAEL DISTRIBUIDOR, previa notificación.- • Por cambio de categoría.- • Caso fortuito o fuerza mayor.-
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Samples: Contrato De Concesion