Cesión de las Obligaciones del Subcontratista. En caso de que un subcontratista haya contraído con el Contratista alguna obligación permanente por una duración mayor que el Período de Responsabilidad por Defectos estipulado en el presente Contrato respecto de la obra que se está ejecutando o de los bienes, materiales, elementos de construcción o servicios prestados por dicho subcontratista para la Obra, el Contratista asignará al Contratante en cualquier momento posterior al vencimiento de dicho Período, a petición y a expensas del Contratante, los beneficios de dicha obligación correspondiente al período que no hubiera vencido.
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Samples: Condiciones Generales De Contrato Para Obras Civiles, Condiciones Generales De Contrato Para Obras Civiles, Construction Contract
Cesión de las Obligaciones del Subcontratista. En caso de que un subcontratista haya contraído con el Contratista alguna obligación permanente por una duración mayor que el Período de Responsabilidad por Defectos Mantenimiento estipulado en el presente Contrato respecto de la obra que se está ejecutando o de los bienes, los materiales, los elementos de construcción o los servicios prestados por dicho subcontratista para la Obra, el Contratista asignará al Contratante en cualquier momento posterior al vencimiento a la expiración de dicho Períodoperíodo, a petición y a expensas del Contratante, los beneficios de dicha obligación correspondiente correspondientes al período que no hubiera vencidoexpirado.
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Samples: Contrato De Obras