OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) La Entidad Contratante se obliga a efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Solicitar los informes de la gestión adelantada con ocasión del objeto contractual. c) Pagar en forma oportuna de conformidad a la cláusula Quinta del presente contrato. D) Suministrar toda la información y documentación que requiera el contratista.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. Son obligaciones especiales del contratante, sin perjuicio de lo establecido en las restantes cláusulas: a) Aceptar todas las órdenes de pago realizadas con las tarjetas, admitiendo como justificante de las mismas y de su importe, el que registre la propia Tarjeta, el que figure en los registros informáticos de “MoneyToPay” y los comprobantes emitidos por cualquier dispositivo habilitado para operar con tarjetas. b) Comunicar sin tardanza injustificada a “MoneyToPay” cualquier orden de pago realizada mediante la Tarjeta no autorizada por sus titulares, y cualquier error o irregularidad que se detecte. Dicha comunicación podrá efectuarse en cualquiera de las oficinas de “MoneyToPay” en un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo de dicha operación. Si el contratante ostente la condición de no consumidor, dicho plazo será de 15 días. Cuando el contratante solicite la devolución del importe de una orden de pago, será necesario que lo haga por escrito, debidamente firmado, dentro del plazo antes indicado, expresando el motivo de su solicitud de devolución y adjuntando la copia de la correspondiente denuncia presentada ante la autoridad competente, en caso de órdenes de pago no autorizadas o los documentos y/o información que justifiquen su pretensión, en los demás casos. c) El cumplimiento de todas las obligaciones que para él se deriven de este contrato. d) Cumplir con las siguientes obligaciones: d.1) Firmar la Tarjeta de inmediato, si hay un espacio reservado al efecto, conservándola y usándola correctamente. d.2) Mantener en secreto los números de identificación personal (PIN), sin anotarlos en la Tarjeta ni en documento que pudiera encontrarse con la Tarjeta, evitando que sean deducibles a partir de sus datos personales (Fecha de nacimiento, número de teléfono, etc.). d.3) Tomar las precauciones necesarias a fin de evitar la sustracción, robo, falsificación o pérdida de la Tarjeta, En tales supuestos u otros de conocimiento del número de identificación personal por otras personas, contra su voluntad, comunicar el hecho a “MoneyToPay” sin dilaciones indebidas en cuanto tenga conocimiento de ello. Dicha comunicación podrá realizarse en todo momento de forma gratuita a través del teléfono que “MoneyToPay” tiene habilitado a tal efecto, cuyo número es 900505010, que asimismo puede consultarse en la página Web de MoneyToPay, xxx.xxxxxxxxxx.xxx en el espacio reservado a tal efecto en dicha página Web. d.4) Devolver la Tarjeta a “MoneyToPay” cuando ést...
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. Son obligaciones del Contratante: 1. Completar y remitir a la Compañía, la Solicitud del Seguro. 2. Obtener y remitir a la Compañía los Consentimientos de los integrantes del grupo. 3. Pagar a la Compañía el total de la prima de la Póliza, lo que implica también la recaudación del porcentaje con que, en su caso, contribuyan al pago los miembros del grupo. 4. Entregar los Certificados Individuales a los miembros del Grupo Asegurado. 5. Dar a conocer al personal que se asegure la necesidad de declarar exactamente la edad y las consecuencias de no hacerlo. 6. Informar a los asegurados todos los hechos que le comunique la Compañía que deban ser de su conocimiento. 7. Cuando la prima pagada es con contribución y la Compañía realice una devolución sobre esta, el Contratante procederá a la devolución de las primas al Asegurado según el porcentaje que le corresponda. 8. Informar por escrito a la Compañía, adjuntando los documentos del caso, en cuanto a: a. Nuevos ingresos al Grupo y sus correspondientes consentimientos. b. Separaciones definitivas del grupo. c. Cualquier situación de los asegurados que ya no se ajuste a alguna de las cláusulas de la Póliza. d. Propuestas de modificación de las sumas aseguradas, a reserva de lo que la Compañía decida al respecto. El Contratante que concluya sus obligaciones con el Grupo Asegurado debe notificarlo por escrito a la Compañía en un término que no exceda de ocho (8) días desde la fecha en que finalizaron sus obligaciones. La Compañía reembolsará a este la parte proporcional de la prima pagada que pudiere resultar no consumida, procediendo además a la cancelación de la Póliza.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. El Contratante tendrá las siguientes obligaciones durante la vigencia de esta Póliza:
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. El CONTRATANTE se obliga 1. Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato mediante el Supervisor designado por FINDETER para el efecto y exigir al CONTRATISTA el cumplimiento del mismo, a través del Supervisor del contrato. 2. Dar trámite oportuno a las solicitudes de inicio de procedimientos por presunto incumplimiento remitidas por la supervisión. 3. Pagar al CONTRATISTA por los trabajos contratados con cargo exclusivo a los recursos existentes en el Patrimonio Autónomo Findeter Banco de Proyectos y hasta concurrencia de los mismos, de acuerdo con la orden de pago, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Manual Operativo aplicable, y a los Manuales de Supervisión e Interventoría de FINDETER. 4. Las demás que por la naturaleza del contrato le correspondan, previa instrucción al PATRIMONIO AUTÓNOMO.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. (Aplica según los Términos de Referencia) El CONTRATANTE deberá proporcionar al CONSULTOR todo el apoyo logístico relacionado con oficina, comunicaciones, equipos, útiles y acceso a la información necesaria para el desarrollo la consultoría y la generación de los productos encomendados.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE.  Designar un supervisor y/o interventor para que realice las funciones de control, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.  Vigilar y verificar el cumplimiento por parte del contratista, de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral, conforme al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007.  Xxxxx oportunamente el valor del contrato de acuerdo con la forma de pago estipulada, previa presentación del recibo a satisfacción por parte del supervisor y/o interventor.  Suministrar la información necesaria relacionada con el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.  Prestar apoyo en las actividades, eventos y servicios organizados en desarrollo del objeto contractual.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. El Contratante hará todo lo posible a fin de lograr que el Gobierno otorgue al Consultor la asistencia y exenciones especificadas en las CEC. Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultare en el aumento o la reducción de los gastos en que incurra el Consultor en la prestación de los Servicios, entonces la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos estipulados en la Subcláusula 6.2 (a) o (b) de estas CGC, según corresponda. El Contratante facilitará al Consultor y al Personal, para los fines de los Servicios y libres de todo cargo, los servicios, instalaciones y bienes enumerados en el Apéndice F.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a. El administrador del contrato dispondrá de 5 días laborables, contados a partir de su recepción para solucionar peticiones durante la ejecución del contrato.