Cesión del Comprador. En el caso en que el Comprador decida ceder total o parcialmente los derechos y/o obligaciones contenidos en el Contrato, además de la autorización previa, escrita y expresa por parte del Vendedor, deberá cumplir con las siguientes reglas: a) La cesión solamente se podrá hacer a Comercializadores inscritos en el Mercado de Energía Mayorista que cumplan con la Normativa Aplicable para su participación en el mismo y con los requisitos señalados en la Sección 9.02 Declaraciones del Comprador.
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Samples: Contrato De Suministro De Energía, Supply Agreement, Contrato De Suministro De Energía