CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. Las/los profesores(as) e investigadores(as) podrán ser titulares, ordinarios(as), suplentes, adjuntos(as), extraordinarios(as), visitantes y técnicos(as) académicos(as), de acuerdo a las siguientes definiciones: 23.1 Son profesores(as) titulares aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que independientemente de su nivel ocupacional de tiempo libre, medio tiempo o tiempo completo, hayan desempeñado consecutivamente 3 (tres) cursos lectivos anuales o semestrales, dependiendo del plan de estudios de cada Facultad, 23.2 Son profesores(as) ordinarios(as) aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que, sustentando una cátedra, no han obtenido la titularidad de la misma. 23.3 Son profesores(as) suplentes aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que sustituyen temporalmente a otro(a) trabajador(a) académico(a) de base, mediante concurso de evaluación curricular sancionado y avalado por la Comisión Dictaminadora correspondiente, dando preferencia a las/los trabajadores(as) sindicalizados(as) que reúnan los requisitos en igualdad de circunstancias. Se dará preferencia a las/los profesores(as) que hayan hecho alguna suplencia para ser contratados(as) por tiempo indeterminado. 23.4 Son profesores(as) adjuntos(as) quienes ingresen a la Universidad mediante solicitud de la/el profesor(a) titular y por concurso de evaluación curricular para adjuntos(as), con el fin de capacitarse académicamente, coadyuvando con las/los profesores(as) en sus actividades académicas. 23.5 Son profesores(as) extraordinarios(as) quienes ingresen a la Universidad por sus méritos académicos, especialmente sobresalientes, a propuesta de la facultad, escuela, carrera o centro de investigación, y siendo avalada dicha 23.6 Son profesores(as) visitantes quienes, invitados(as) por la Universidad o por cualquiera de sus dependencias, en virtud de su alto nivel académico, desempeñen funciones específicas por un tiempo y obra determinada, lo cual se notificará al Sindicato. La Comisión Dictaminadora correspondiente avalará dicha invitación. 23.7 Son técnicos(as) académicos(as) quienes ingresan a la Universidad mediante concurso de oposición o evaluación para técnicos(as) académicos(as), con el fin de realizar funciones en laboratorios, trabajo de campo o de gabinete, para las que no requieren título profesional, pero sí una capacitación específica. 23.8 Son técnicos(as) en investigación, aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) adscritos(as) a un centro o departamento de investigación, que teniendo un nivel ocupacional de 40 (cuarenta) horas/semana/mes, realicen funciones de laboratorio, de trabajo de campo o de gabinete, para las que no requiera un título profesional, pero sí una capacitación específica.
Appears in 1 contract
Samples: Collective Labor Agreement
CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. Las/los profesores(as) e investigadores(as) podrán ser titulares, ordinarios(as), suplentes, adjuntos(as), extraordinarios(as), visitantes y técnicos(as) académicos(as), de acuerdo a las siguientes definiciones:
23.1 Son profesores(as) titulares aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que independientemente de su nivel ocupacional de tiempo libre, medio tiempo o tiempo completo, hayan desempeñado consecutivamente 3 (tres) cursos lectivos anuales o semestrales, dependiendo del plan de estudios de cada Facultad,, Escuela o Carrera. La titularidad se otorga automáticamente a la comprobación de la impartición de dichos cursos, siempre y cuando no suplan a un(a) titular.
23.2 Son profesores(as) ordinarios(as) aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que, sustentando una cátedra, no han obtenido la titularidad de la misma.
23.3 Son profesores(as) suplentes aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que sustituyen temporalmente a otro(a) trabajador(a) académico(a) de base, mediante concurso de evaluación curricular sancionado y avalado por la Comisión Dictaminadora correspondiente, dando preferencia a las/los trabajadores(as) sindicalizados(as) que reúnan los requisitos en igualdad de circunstancias. Se dará preferencia a las/los profesores(as) que hayan hecho alguna suplencia para ser contratados(as) por tiempo indeterminado.
23.4 Son profesores(as) adjuntos(as) quienes ingresen a la Universidad mediante solicitud de la/el profesor(a) titular y por concurso de evaluación curricular para adjuntos(as), con el fin de capacitarse académicamente, coadyuvando con las/los profesores(as) en sus actividades académicas.
23.5 Son profesores(as) extraordinarios(as) quienes ingresen a la Universidad por sus méritos académicos, especialmente sobresalientes, a propuesta de la facultad, escuela, carrera o centro de investigación, y siendo avalada dichadicha propuesta por la Comisión Dictaminadora correspondiente; este(a) profesor(a) será contratado(a) por tiempo indeterminado con la categoría y nivel que fije la Comisión mencionada.
23.6 Son profesores(as) visitantes quienes, invitados(as) por la Universidad o por cualquiera de sus dependencias, en virtud de su alto nivel académico, desempeñen funciones específicas por un tiempo y obra determinada, lo cual se notificará al Sindicato. La Comisión Dictaminadora correspondiente avalará dicha invitación.
23.7 Son técnicos(as) académicos(as) quienes ingresan a la Universidad mediante concurso de oposición o evaluación para técnicos(as) académicos(as), con el fin de realizar funciones en laboratorios, trabajo de campo o de gabinete, para las que no requieren título profesional, pero sí una capacitación específica.
23.8 Son técnicos(as) en investigación, aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) adscritos(as) a un centro o departamento de investigación, que teniendo un nivel ocupacional de 40 (cuarenta) horas/semana/mes, realicen funciones de laboratorio, de trabajo de campo o de gabinete, para las que no requiera un título profesional, pero sí una capacitación específica.
Appears in 1 contract
Samples: Collective Labor Agreement
CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. Las/los profesores(as) e investigadores(as) podrán ser titulares, ordinarios(as), suplentes, adjuntos(as), extraordinarios(as), visitantes y técnicos(as) académicos(as), de acuerdo a las siguientes definiciones:
23.1 Son profesores(as) titulares aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que independientemente de su nivel ocupacional de tiempo libre, medio tiempo o tiempo completo, hayan desempeñado consecutivamente 3 (tres) cursos lectivos anuales o semestrales, dependiendo del plan de estudios de cada Facultad,
23.2 Son profesores(as) ordinarios(as) aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que, sustentando una cátedra, no han obtenido la titularidad de la misma.
23.3 Son profesores(as) suplentes aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que sustituyen temporalmente a otro(a) trabajador(a) académico(a) de base, mediante concurso de evaluación curricular sancionado y avalado por la Comisión Dictaminadora correspondiente, dando preferencia a las/los trabajadores(as) sindicalizados(as) que reúnan los requisitos en igualdad de circunstancias. Se dará preferencia a las/los profesores(as) que hayan hecho alguna suplencia para ser contratados(as) por tiempo indeterminado.
23.4 Son profesores(as) adjuntos(as) quienes ingresen a la Universidad mediante solicitud de la/el profesor(a) titular y por concurso de evaluación curricular para adjuntos(as), con el fin de capacitarse académicamente, coadyuvando con las/los profesores(as) en sus actividades académicas.
23.5 Son profesores(as) extraordinarios(as) quienes ingresen a la Universidad por sus méritos académicos, especialmente sobresalientes, a propuesta de la facultad, escuela, carrera o centro de investigación, y siendo avalada dichadicha propuesta por la Comisión Dictaminadora correspondiente; este(a) profesor(a) será contratado(a) por tiempo indeterminado con la categoría y nivel que fije la Comisión mencionada.
23.6 Son profesores(as) visitantes quienes, invitados(as) por la Universidad o por cualquiera de sus dependencias, en virtud de su alto nivel académico, desempeñen funciones específicas por un tiempo y obra determinada, lo cual se notificará al Sindicato. La Comisión Dictaminadora correspondiente avalará dicha invitación.
23.7 Son técnicos(as) académicos(as) quienes ingresan a la Universidad mediante concurso de oposición o evaluación para técnicos(as) académicos(as), con el fin de realizar funciones en laboratorios, trabajo de campo o de gabinete, para las que no requieren título profesional, pero sí una capacitación específica.
23.8 Son técnicos(as) en investigación, aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) adscritos(as) a un centro o departamento de investigación, que teniendo un nivel ocupacional de 40 (cuarenta) horas/semana/mes, realicen funciones de laboratorio, de trabajo de campo o de gabinete, para las que no requiera un título profesional, pero sí una capacitación específica.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Colectivo De Trabajo
CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. Las/los profesores(as) e investigadores(as) podrán ser titulares, ordinarios(as), suplentes, adjuntos(as), extraordinarios(as), visitantes y técnicos(as) académicos(as), de acuerdo a las siguientes definiciones:
23.1 Son profesores(as) titulares aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que independientemente de su nivel ocupacional de tiempo libre, medio tiempo o tiempo completo, hayan desempeñado consecutivamente 3 (tres) cursos lectivos anuales o semestrales, dependiendo del plan de estudios de cada Facultad,, Escuela o Carrera. La titularidad se otorga automáticamente a la comprobación de la impartición de dichos cursos, siempre y cuando no suplan a un(a) titular.
23.2 Son profesores(as) ordinarios(as) aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que, sustentando una cátedra, no han obtenido la titularidad de la misma.
23.3 Son profesores(as) suplentes aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) que sustituyen temporalmente a otro(a) trabajador(a) académico(a) de base, mediante concurso de evaluación curricular sancionado y avalado por la Comisión Dictaminadora correspondiente, dando preferencia a las/los trabajadores(as) sindicalizados(as) que reúnan los requisitos en igualdad de circunstancias. Se dará preferencia a las/los profesores(as) que hayan hecho alguna suplencia para ser contratados(as) por tiempo indeterminado.
23.4 Son profesores(as) adjuntos(as) quienes ingresen a la Universidad mediante solicitud de la/el profesor(a) titular y por concurso de evaluación curricular para adjuntos(as), con el fin de capacitarse académicamente, coadyuvando con las/los profesores(as) en sus actividades académicas.
23.5 Son profesores(as) extraordinarios(as) quienes ingresen a la Universidad por sus méritos académicos, especialmente sobresalientes, a propuesta de la facultad, escuela, carrera o centro de investigación, y siendo avalada dichadicha propuesta por la Comisión Dictaminadora correspondiente; este(a) profesor(a) será contratado(a) por tiempo indeterminado con la categoría y nivel que fije la Comisión mencionada.
23.6 Son profesores(as) visitantes quienes, invitados(as) por la Universidad o por cualquiera de sus dependencias, en virtud de su alto nivel académico, desempeñen funciones específicas por un tiempo y obra determinada, lo cual se notificará al Sindicato. La Comisión Dictaminadora correspondiente avalará dicha invitación.
23.7 Son técnicos(as) académicos(as) quienes ingresan a la Universidad mediante concurso de oposición o evaluación para técnicos(as) académicos(as), con el fin de realizar funciones en laboratorios, trabajo de campo o de gabinete, para las que no requieren título profesional, pero sí una capacitación específica.en
23.8 Son técnicos(as) en investigación, aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) adscritos(as) a un centro o departamento de investigación, que teniendo un nivel ocupacional de 40 (cuarenta) horas/semana/mes, realicen funciones de laboratorio, de trabajo de campo o de gabinete, para las que no requiera un título profesional, pero sí una capacitación específica.
Appears in 1 contract
Samples: Collective Labor Agreement
CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. Las/los profesores(as) Los profesores e investigadores(as) investigadores podrán ser titulares, ordinarios(as)ordinarios, suplentes, adjuntos(as)adjuntos, extraordinarios(as)extraordinarios, visitantes y técnicos(as) académicos(as)técnicos académicos, de acuerdo a las siguientes definiciones:
23.1 Son profesores(as) profesores titulares aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) aquellos trabajadores académicos que independientemente de su nivel ocupacional de tiempo libre, medio tiempo o tiempo completo, hayan desempeñado consecutivamente 3 (tres) cursos lectivos anuales o semestrales, dependiendo del plan de estudios de cada Facultad,, Escuela o Carrera. La titularidad se otorga automáticamente a la comprobación de la impartición de dichos cursos, siempre y cuando no suplan a un titular. Entendiéndose, además como titularidad el derecho a conservar tanto la asignatura que se imparte, como el horario, dependencia y lugar en el que se realiza.
23.2 Son profesores(as) ordinarios(as) aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) profesores ordinarios aquellos trabajadores académicos que, sustentando una cátedra, no han obtenido la titularidad de la misma.
23.3 Son profesores(as) profesores suplentes aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) aquellos trabajadores académicos que sustituyen temporalmente a otro(a) trabajador(a) académico(a) otro trabajador académico de base, mediante concurso de evaluación curricular sancionado y avalado por la Comisión Dictaminadora correspondiente, dando preferencia a las/los trabajadores(as) sindicalizados(as) trabajadores sindicalizados que reúnan los requisitos en igualdad de circunstancias. Se dará preferencia a las/los profesores(as) profesores que hayan hecho alguna suplencia para ser contratados(as) contratados por tiempo indeterminado.
23.4 Son profesores(as) adjuntos(as) profesores adjuntos quienes ingresen a la Universidad mediante solicitud de la/el profesor(a) del profesor titular y por concurso de evaluación curricular para adjuntos(as)adjuntos, con el fin de capacitarse académicamente, coadyuvando con las/los profesores(as) profesores en sus actividades académicas.
23.5 Son profesores(as) extraordinarios(as) profesores extraordinarios quienes ingresen a la Universidad por sus méritos académicos, especialmente sobresalientes, a propuesta de la facultad, escuela, carrera o centro de investigación, y siendo avalada dichadicha propuesta por la Comisión Dictaminadora correspondiente; este profesor será contratado por tiempo indeterminado con la categoría y nivel que fije la Comisión mencionada.
23.6 Son profesores(as) profesores visitantes quienes, invitados(as) invitados por la Universidad o por cualquiera de sus dependencias, en virtud de su alto nivel académico, desempeñen funciones específicas por un tiempo y obra determinada, lo cual se notificará al Sindicato. La Comisión Dictaminadora correspondiente avalará dicha invitación.
23.7 Son técnicos(as) académicos(as) técnicos académicos quienes ingresan a la Universidad mediante concurso de oposición o evaluación para técnicos(as) académicos(as)técnicos académicos, con el fin de realizar funciones en laboratorios, trabajo de campo o de gabinete, para las que no requieren título profesional, pero sí una capacitación específica.
23.8 Son técnicos(as) técnicos en investigación, aquellos(as) trabajadores(as) académicos(as) adscritos(as) aquellos trabajadores académicos adscritos a un centro o departamento de investigación, que teniendo un nivel ocupacional de 40 (cuarenta) horas/semana/mes, realicen funciones de laboratorio, de trabajo de campo o de gabinete, para las que no requiera un título profesional, pero sí una capacitación específica.
Appears in 1 contract
Samples: Collective Bargaining Agreement