Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano Dirección de Administración y Finanzas P r e s e n t e Me refiero al procedimiento de Licitación Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. XX-000XXX000-X00-0000, para la Contratación del Servicio de Expedición, Reservación y Entrega de Pasajes Aéreos con Agencias de Viaje en el que mi representada, la empresa _______________________, participa a través de la presente proposición. Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes ___________________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%____, con base en lo cual se estatifica como una empresa _____(micro, pequeña o mediana)______. De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables. CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN CELEBRAN, POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES PARTE, NOTIMEX, AGENCIA DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOSNOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO REPRESENTADA POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» L.C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» APODERADO GENERAL, Y POR LA OTRA «NOMBRELA EMPRESA _______________________________, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» REPRESENTADA POR ______________________________, EN SU CALIDAD DE ____________________, A QUIEN QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE LES DENOMINARÁ “LA AGENCIA” Y "EL PROVEEDOR”", REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»:
Appears in 1 contract
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se Artículo 222 Bis.-Se impondrán las penas previstas en el artículo Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí si o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I A un servidor público extranjero extranjero, en su beneficio o el de un tercero para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; II A un servidor público extranjero extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para llevar a cabo que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o comisión o,
III A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe desempeñe un empleo, cargo público considerado así por la ley respectiva, o comisión en los órganos el poder legislativo, ejecutivo o judicial de o en un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobiernogobierno de un Estado extranjero, así como sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacionalesinternacional. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS” Documentación que deberá ser presentada por los Concursantes Adjudicados en la Oficina de Pedidos/Contrato de Aprovisionamiento de la Gerencia de Abastecimientos, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y ubicado en Xxx Xxxxxx Xx. 14, Piso 4, sala 408, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06598, Ciudad de México, dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación del Fallo. Formato de pago mediante transferencia electrónica conforme al Anexo 9.4 PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ CONCURSANTES NACIONALES APLICAN LOS SIGUIENTES PUNTOS: El concursante deberá presentar para los efectos del Artículo 32D del Código Fiscal de la Federación el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal para el presente ejercicio fiscal. Para efectos de lo anterior, el concursante deberá obtener la opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la citada Resolución Miscelánea Fiscal. Así mismo, deberá presentar el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones de seguridad social, prevista en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el DOF el día 27 de febrero de 2015. Para efectos de lo anterior, el concursante deberá obtener la opinión a través del portal de internet del IMSS, en los términos del citado Acuerdo"CAPUFE. Documento vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en el que se emita constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, prevista en el Acuerdo dictado por el H. Consejo de Administración del Infonavit, mediante Resolución RCA-5789-01/17, tomada en su Sesión Ordinaria número 790, del 25 de enero de 2017, aprueba el Acuerdo por el que se emiten las "Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBREpublicado en el DOF el día 28 xx xxxxx de 2017. Así mismo, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”deberá presentarse manifestación bajo protesta de decir verdad de que no desempeña empleo, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)»cargo o comisión en el servicio público o, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, conforme a lo establecido en el art. 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Escrito mediante el cual manifiestan su anuencia para el caso Servicio de contratos FONADINAdministración Tributaria, se deberá establecer después el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Fondo Nacional de la denominación "CAPUFE" Vivienda para los Trabajadores y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, entreguen CFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias cualquier información necesaria, para comprobar el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»estado de sus obligaciones fiscales y laborales.
Appears in 1 contract
Samples: Concurso Abierto Internacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano Dirección de Administración y Finanzas P r e s e n t e Me refiero al procedimiento de Licitación Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. XX-000XXX000-X0-0000, para la Contratación del Servicio de Aseguramiento Integral de Bienes Patrimoniales para el ejercicio 2018, en el que mi representada, la empresa _______________________, participa a través de la presente proposición. Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes ___________________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%____, con base en lo cual se estatifica como una empresa _____(micro, pequeña o mediana)______. De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones en términos de lo dispuesto por el artículo 69, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y demás disposiciones aplicables. Nota: Para efectos del cálculo podrá utilizar la calculadora MIPYME disponible en la siguiente liga xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN CELEBRAN, POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES PARTE, NOTIMEX, AGENCIA DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOSNOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO REPRESENTADA POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» L.C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» APODERADO GENERAL, Y POR LA OTRA «NOMBREOTRA, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3LA EMPRESA_________________________, REPRESENTADA POR EL (LA)» __________________, EN SU CALIDAD DE APODERADO(A) GENERAL, A QUIEN QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE LES DENOMINARÁ “LA AGENCIA” Y “EL PROVEEDORPROVEEDOR(A)”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»:
Appears in 1 contract
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA "FONADIN" Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; : A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su as empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le la requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este éste último. Para P ara los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este II de éste Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días de multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS. Licitación Pública Nacional No. 10315004-008/2009 Contratación de los servicios de Mantenimiento con Consumibles y Refacciones Ejemplo de formato para la manifestación de Integridad que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de Adquisiciones, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29 fracción IX de la denominación "CAPUFE" Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 30 inciso VII de su Reglamento. México, Distrito Federal Licitación Pública No 10315004-008/2009 El que suscribe C. _________________________________ manifiesto bajo protesta de decir verdad, que por mi mismo o través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIOresultado del procedimiento, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas a mi representada con relación a los demás participantes
Appears in 1 contract
Samples: Contratación De Servicios
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo Artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley Ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo Artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo Artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE __________________ QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos del FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente textodel texto CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS lo siguiente: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y “EL FONADIN”Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»
Appears in 1 contract
Samples: Convocatoria Pública Nacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: :
I. A un servidor público extranjero extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 18-07-2016 70 de 2015
II. A un servidor público extranjero extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para llevar a cabo que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe desempeñe un empleo, cargo público considerado así por la ley respectiva, o comisión en los órganos el poder legislativo, ejecutivo o judicial de o en un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobiernogobierno de un Estado extranjero, así como sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacionalesinternacional. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS” , A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE"., REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «a de de 20 . NOTA: sólo para el caso La relación de contratos FONADIN, documentos se deberá establecer después elaborará en papel membretado de la denominación "CAPUFE" empresa y entregarla firmada por el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»representante legal.
Appears in 1 contract
Samples: Public Procurement Contract
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO A T E N T A M E N T E NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO LEGAL DE PRESTACIÓN LA EMPRESA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL MIXTA No. IA-915002994-E78-2017 (ITPNM-DGRM-N18-2017) PARA LA ES LA PUESTA DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR DOS ESCENAS, UNA PARTE CAMINOS OPERA CON EL GÉNERO DE TRAGICOMEDIA Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBREBASADA EN UN PROLOGO Y CINCO ACTOS CON MÚSICA ESCRITO DE FACULTADES PARA COMPROMETERSE Toluca xx Xxxxx, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3México, de de 2017. GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO SECRETARÍA DE FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES P R E S E N T E En relación con la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL MIXTA IA-915002994-E78-2017 (ITPNM-DGRM-N18-2017)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)»referente a la contratación del servicio de , DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADINsuscrito , se deberá establecer después en representación de la denominación "CAPUFE" empresa denominada , manifiesta, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente: Que en cumplimiento a lo dispuesto por el siguiente texto: "artículo 29 fracción VI, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 48 de su Reglamento, manifiesto que cuento con facultades para comprometerme por este conducto por sí o por mi representada. Con base en la anterior, cuento con facultades suficientes para suscribir en mi nombre o el de mi representada las proposiciones correspondientes a este procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Personas y, en su caso, la firma del contrato, así como para comprometer a mi representada a cumplir todas las condiciones de la presente invitación y de las que de este procedimiento se deriven. Lo anterior se manifiesta para los efectos legales procedentes. A T E N T A M E N T E NOMBRE PROPIOY FIRMA DEL APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA ESCRITO DE MANIFIESTO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES Y DE PAGO DE CUOTAS DE SEGURIDAD SOCIAL. Toluca xx Xxxxx, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936México, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»de de 2017.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días de multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." ” CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOSEL INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE"“EL INSTITUTO”, REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» DIRECTOR GENERAL, ______________________________________Y POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA______________________ REPRESENTADA POR EL C._________________________, EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBREAPODERADO LEGAL, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ DENOMINARÁ, “EL PROVEEDORCONTRATISTA”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»:
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el al propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, ofrezca prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione gestiones o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; . A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o . O A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga ponga a llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectivarespectiva , en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos salarios días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO . “ACUERDO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA EL USO DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA, EN SU CARÁCTER EL ENVIO DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» PROPOSICIONES DENTRO DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO LA PRESENTACIÓN DE LAS INCONFORMIDADES POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo MISMA VÍA” ACUERDO por el que se establecen las disposiciones para el caso uso de contratos FONADINmedios remotos de comunicación electrónica, en el envío de proposiciones dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 26, 27, 31 fracción XVIII, 56, 65 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 8, 27, 28, 33 fracción XXII, 74, 83 y 85 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, tomando en cuenta las opiniones de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comercio y Fomento Industrial, y Que el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, en su apartado relativo a la modernización de la gestión pública, establece la necesidad de implementar una renovación que revitalice los esquemas de trabajo del sector público, reoriente sus incentivos, simplifique sus procedimientos y modernice sus métodos de gestión; Que el Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000, prevé el propósito de vincular la tecnología de la información con la simplificación de los procedimientos administrativos, para mejorar la calidad y oportunidad de los servicios públicos, así como hacer más eficientes los procesos en la toma de decisiones, la administración de recursos y la racionalización de los sistemas de trabajo, observando la debida congruencia con el Programa de Desarrollo Informático 1995-2000; Que en este contexto, como parte de las acciones emprendidas por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en materia de modernización administrativa, determinó poner en operación el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET), mecanismo que ha permitido difundir, agilizar y dar transparencia a los procedimientos de licitación pública celebrados por las dependencias y entidades, en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, y servicios de cualquier naturaleza, así como de obras públicas y servicios relacionados con las mismas; Que las ventajas que actualmente concede el propio Sistema, además de las que venía ofreciendo, se traducen en la posibilidad de que los licitantes, puedan, a su elección, sin necesidad de acudir personalmente a las oficinas de las convocantes, enviar sus proposiciones, a través de medios remotos de comunicación electrónica, así como presentar sus inconformidades por la misma vía ante los órganos internos de control en las dependencias y entidades, y Que en virtud de lo que prevén las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en el sentido de que corresponde a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo establecer mediante disposiciones administrativas los términos y condiciones a las que deberá establecer después ajustarse la participación de los licitantes cuando las proposiciones sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, así como la denominación "CAPUFE" de los interesados que decidan presentar por la misma vía sus inconformidades, he tenido a bien expedir el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»siguiente:
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Internacional
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano Dirección de Administración y Finanzas P r e s e n t e En relación con nuestra participación en la Licitación Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. XX-000XXX000-X00-0000, para la Contratación del Servicio de Outsourcing, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 3, fracción III, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con base en la estratificación establecida por la Secretaría de Economía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, partiendo de la siguiente: En mi carácter de _____representante legal, apoderado especial o general_____ de la empresa ___________nombre o razón social del licitante_______________, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada se ubica, de acuerdo a la estratificación, como una _________________ empresa, de conformidad con la normatividad en la materia. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN CELEBRAN, POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES PARTE, NOTIMEX, AGENCIA DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOSNOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO REPRESENTADA POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» L.C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» APODERADO GENERAL, Y POR LA OTRA «NOMBRELA EMPRESA ____________________, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» REPRESENTADA POR EL ____________, EN SU CALIDAD DE _________________, A QUIEN QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE LES DENOMINARÁ “LA AGENCIA” Y "EL PROVEEDOR”", REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso de contratos FONADIN, se deberá establecer después de la denominación "CAPUFE" el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIO, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»:
Appears in 1 contract
Samples: Outsourcing Agreement
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes SERVICIOS o serviciosSERVICIOS: A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral." CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ "CAPUFE", REPRESENTADO POR EL «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(1)» EN SU CARÁCTER DE «CARGO DEL REPRESENTANTE(2)» Y POR LA OTRA «NOMBRE, DENOMINACIÓN Ó RAZON SOCIAL(3)» A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL C. «NOMBRE DEL REPRESENTANTE(4)» EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL «CARGO DEL REPRESENTANTE(5)», DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: «NOTA: sólo para el caso ” Gerente de contratos FONADIN, se deberá establecer después Administración y Finanzas de la denominación "CAPUFE" Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. Presente. De conformidad con lo señalado en La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a continuación señalo los documentos o las secciones de éstos que la contengan información confidencial o información reservada, así como el siguiente texto: "A NOMBRE PROPIOfundamento por el cual considero que tenga ese carácter, POR CUENTA DEL FIDEICOMISO NÚMERO 1936de la información que entrego a la ASIPONA Dos Bocas, DENOMINADO DE FONADO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMO MANDATARIO DE ESTE ÚLTIMO"»con motivo de mi participación en la licitación de referencia.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación Del Arrendamiento Integral De Vehículos