Comisión Rectora Cláusulas de Ejemplo

Comisión Rectora. 1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del CAB y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen funcionamiento del Centro, ejerciendo las funciones comisión de seguimiento del convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. 2. Composición. 2.1 Son miembros de la Comisión Rectora: a) Dos vocales en representación del INTA b) Dos vocales en representación del CSIC Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal adscrito al Centro. 2.2 Las personas titulares de la Dirección, la Vicedirección y la Gerencia asistirán a las reuniones con voz y sin voto. 2.3 A propuesta de cualquier miembro de la Comisión Rectora, podrán ser invitados a las reuniones, con voz y sin voto, personas ajenas a la misma cuando lo requiera la naturaleza de los asuntos a tratar.
Comisión Rectora. 1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del IREC y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen funcionamiento del Instituto y actuará como comisión de seguimiento del convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Comisión Rectora. 1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del CBM y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen funcionamiento del Centro, ejerciendo las funciones comisión de seguimiento del convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Comisión Rectora. 1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del IBGM y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen funcionamiento del Instituto -sin perjuicio de las facultades que les corresponda a los órganos de gobierno de cada una de las instituciones participantes-, ejerciendo las funciones comisión de seguimiento del convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Comisión Rectora. 1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del IFIC y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen funcionamiento del Instituto, ejerciendo las funciones comisión de seguimiento del convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.