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Funciones Cláusulas de Ejemplo

Funciones. Son funciones específicas de la Comisión Mix- ta las siguientes: 1. Interpretación del Convenio. Tal interpretación se hace extensiva a los pactos de adhesión, desarrollo y articulación del Convenio con el fin de garantizar la ausencia de contradiccio- nes entre éstos y el propio Xxxxxxxx, cuando exista consulta a tal efecto y teniéndose en cuenta, entre otras, las siguientes pautas: 1.1. Cuando cualquiera de las partes de la Comisión Mixta reciba una solicitud de in- tervención la transmitirá a las demás par- tes de la misma, de modo que cada una de éstas podrá recabar la información que estime necesaria. 1.2. La Resolución de la Comisión Mixta se realizará en todos los casos en base a lo planteado por la parte consultante, tenien- do además en cuenta la documentación complementaria recibida y las propias valo- raciones que la Comisión Mixta, o la dele- gación por ésta nombrada, realice in situ. A los efectos pertinentes, toda esta docu- mentación será archivada por la Comisión Mixta y constituirá parte integrante de la propia Resolución de ésta. La Comisión Mixta notificará, a las partes afectadas por cada consulta, la Resolución adoptada. 1.3. Los acuerdos de la Comisión Mixta de interpretación del Convenio tendrán el mismo valor que el texto de éste. En cual- quier caso los afectados (empresa/trabaja- dores) por la resolución podrán recurrir ante la jurisdicción competente en defen- sa de sus intereses. 2. Mediar o arbitrar en el tratamiento y solución de cuantas cuestiones y conflictos de carácter colectivo puedan suscitarse en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo de conformidad con los procedimientos regula- dos en los artículos 93 y siguientes del mismo. En este sentido, la Comisión Mixta coordi- nará su actuación con los mecanismos de Mediación, Conciliación y Arbitraje del Marco Autonómico existentes o que se puedan po- ner en funcionamiento en el futuro. 3. Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pactado. 4. Entender en términos de consulta y/o media- ción, de forma previa y obligatoria a la vía ad- ministrativa y jurisdiccional sobre la interposi- ción de los Conflictos Colectivos que surjan en las empresas afectadas por este Convenio por la aplicación o interpretación derivadas del mismo. 5. Le serán facilitados a la Comisión Mixta infor- mes periódicos por las partes signatarias del presente Convenio aquellas otras que pudie- ran adherirse al Convenio General de la In- dustria Química, del tenor siguiente: 5.1. Análisis ...
Funciones. La persona que resulte nombradas en virtud de la presente convocatoria desempeñarán las funciones establecidas en la memoria denominada “TRABAJOS REVALORIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS URBANOS Y MANTENIMIENTO DE ZONAS NATURALES XX XXXXXXX”, entre otras, las funciones que a continuación se relacionan, y en general todas aquellas que en la actualidad o en el futuro puedan corresponder al nivel D y que se puedan derivar de la evolución de los oficios y profesiones, de las herramientas y útiles que se manejan y de los cambios en los sistemas de organización y en la composición de los servicios que se prestan.  Cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales.  Fomentar y colaborar en la mejora del Servicio, proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.  Organizar el trabajo a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos.  Guardar el orden preciso y puntual de su ámbito de trabajo, velando por el buen estado y funcionamiento de los medios puestos a su cargo.  Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos. - Trabajos de limpieza y mantenimiento de calles, instalaciones deportivas, parques, edificios públicos, lavaderos, fuentes. - Se realizarán trabajos de desbroce y limpieza en las calles xxx xxxxx urbano, reparándose pequeños desperfectos que se observen. - Así mismo, se realizará una limpieza del frontón y se pintarán y repararán elementos de seguridad y mobiliario (barandillas, puertas, papeleras, etc.). - Se procederá a la limpieza de las fuentes públicas y lavaderos, retirando la suciedad y se desinfectarán abrevaderos y lavaderos. - Mantenimiento de infraestructuras turísticas: - Consistirá en la reparación y conservación de elementos de señalización de senderos (postes, flechas paneles), limpieza trazada de senderos, limpieza elementos turísticos, … - Mantenimiento y conservación infraestructuras forestales y ganaderas: - Se realizarán desbroces de caminos, reparaciones de cierres ganaderos existentes en el xxxxx xxxxxxx, limpiezas balsas, fuentes y depósitos de agua. - Ayuda en actividades de ocio, fiestas, organización de eventos deportivos, mercados. - La actividad consiste en realizar tareas de preparación de locales y espacios públicos para la celebración de las fiestas patronales. También realizarán labores de apoyo logístico y limpie...
Funciones. Los cometidos de este órgano específico sectorial de prevención son:
Funciones. 1. La Comisión Sectorial de Productividad será la encargada de elaborar y aprobar las tablas de rendimientos normales, que deberán formar parte de este Convenio como uno de sus Anexos, cuando lo apruebe la Comisión Paritaria del Convenio, constituyendo un todo orgánico con él. 2. Dicha Comisión de Productividad tendrá también la misión de aprobar, en su caso, las tablas de rendimientos que sometan a su consideración las comisiones negociadoras de los convenios colectivos provinciales o, en su caso, de comunidad autónoma, o las nuevas unidades que pretendan incluir en las mismas o la revisión de las ya existentes, conforme a lo acordado en el artículo 41 del presente Convenio. No obstante lo anterior y en tanto la Comisión Sectorial de Productividad no haya elaborado las tablas de rendimientos normales, los convenios de ámbito inferior podrán elaborar tablas de rendimientos propias. Para la validez de estas tablas de rendimientos, de ámbito provincial o autonómico, se requerirá la previa aprobación de la Comisión Sectorial de Productividad. 3. La citada Comisión tendrá, asimismo, la función de aprobar, en su caso, las adaptaciones de los rendimientos recogidos en el Convenio General que le propongan las comisiones negociadoras de los convenios colectivos provinciales o, en su caso, de comunidad autónoma, cuando entiendan que se dan circunstancias o hechos diferenciales que lo justifiquen. 4. La Comisión Sectorial resolverá las dudas o consultas que se le planteen en relación con la aplicación de las tablas de rendimientos.
Funciones. Los/as representantes de los trabajadores tendrán las siguien- tes funciones: 1.- Plantear y negociar con los Órganos correspondientes del INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES cuantos asuntos pro- cedan en materia de personal, régimen de prestación de servi- cios, condiciones de seguridad e higiene y régimen de asistencia, seguridad y previsión social en lo que sea competencia del INS- TITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES 2.- Respetar lo pactado con el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, así como las disposiciones laborales vigentes. 3.- Participar, según se determine, en el ámbito de la negocia- ción colectiva, en la gestión de obras sociales establecidas por el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES en beneficio del con- junto de sus empleados/as o de sus familiares. 4.- Colaborar con el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES en el establecimiento de cuantas medidas procuren el manteni- miento e incremento de la productividad. 5.- Guardar sigilo profesional individual y colectivamente, en aquellas materias en que legalmente proceda y además en las que el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES determine. 6.- Notificar al INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES cual- quier cambio que se produzca en el seno de los órganos sindica- les de representación. 7.- Informar a sus representados/as de todos los temas o cues- tiones que directa o indirectamente tengan o puedan tener reper- cusión en las relaciones laborales.
Funciones. Los docentes cumplirán sus funciones de conformidad a las obligaciones establecidas en el Decreto 1470/98, propendiendo a la calidad y excelencia académica en los procesos de enseñanza, investigación, extensión y formación. Los Profesores Titulares, Asociados y Adjuntos son los que tienen la responsabilidad y obligación del dictado de las clases y la toma de exámenes. En todos los casos los docentes desarrollarán las tareas docentes en relación al tiempo de dedicación o carga horaria. Asimismo, se impulsará la denominación de profesor para todas las categorías docentes, sin que ello implique modificar las funciones inherentes a cada una de ellas.
Funciones. Además de las facultades y deberes que le asignen la Asamblea o la Junta Directiva, el Gerente tendrá las siguientes funciones: 1) Representar a la Sociedad y administrar su patrimonio, dentro de los límites señalados por la Junta Directiva, 2) Cumplir las decisiones de la Asamblea y de la Junta Directiva, 3) Manejar los asuntos y operaciones de la sociedad, tanto los externos como los concernientes a su actividad interna, y en particular las operaciones técnica, financiera y contable, la correspondencia y la vigilancia de sus bienes, 4) Celebrar y firmar todos los actos y contratos de la sociedad y responder por la contratación, 5) Contratar las personas que deban desempeñar los cargos creados por la Junta Directiva de acuerdo con las necesidades de la sociedad, y resolver sobre sus renuncias a los cargos por ella designados. Igualmente, dirigirá las relaciones laborales, así como designará, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 142 de 1994, al Jefe de la Unidad u oficina de Coordinación de Control Interno, 6) Constituir apoderados para atender los asuntos judiciales y extrajudiciales, que juzgue necesarios para la adecuada representación de la sociedad así como para las tramitaciones que deban adelantarse ante las autoridades de cualquier orden, 7) Delegar funciones en asuntos específicos, 8) Preparar el presupuesto y ejecutarlo una vez aprobado por la Junta Directiva, 9) Decidir sobre los reglamentos comerciales, financieros, técnicos y administrativos, 10) Velar porque se lleven correctamente la contabilidad y los libros de la sociedad, autorizar y suscribir los estados financieros e informes periódicos y someterlos a consideración de la Junta Directiva, 11) Presentar a consideración de la Junta Directiva, informes sobre la marcha de la sociedad y sobre su situación comercial, técnica, administrativa y financiera, 12) Presentar anualmente y en forma oportuna a la Junta Directiva y a la Asamblea General de Accionistas los estados financieros obligatorios, junto con un informe general de gestión que se refiera a la marcha de los negocios sociales durante el ejercicio inmediatamente anterior, las innovaciones introducidas y aquellas por implementarse en el futuro para el cabal cumplimiento del objeto social, los acontecimientos importantes acaecidos, la
Funciones. La Central de Compras Públicas–Perú Compras, tiene las siguientes funciones: (…)
Funciones. Estas Comisiones tendrán las siguientes atribuciones: a.- Difundir conceptos relacionados con la pre- vención de accidentes y enfermedades laborales. b.- Contribuir al mantenimiento de una conciencia de seguridad, a través de campañas de concientización y cursos de capacitación que surjan de las nece- sidades de los trabajadores en cada unidad operativa. c.- Asesorar en el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad, higiene y salud laborales, adoptando las medidas prácticas que al efecto se consideren pertinentes; pudiendo cualquiera de sus miembros ingresar a todos los lugares de trabajo en cualquier horario, al efecto. d.- Recepcionar las denuncias efectuadas por los trabajadores docentes, que versen sobre incumplimientos de la normativa vigente en materia de seguridad, higiene y salud laborales; así como aquellas de accidentes, incidentes y enfermedades del trabajo y ponerlas en co- nocimiento del Servicio de Seguridad e Higiene de la Institución Universitaria y de la Comisión de Nivel General, en todos los casos. Ello a los efectos de que la parte empleadora adopte los mecanismos necesarios para corregir y mejorar las condiciones de trabajo, y sin perjuicio de su responsabilidad y obligaciones legales. e.- Requerir a los servicios de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo los informes que se consideren pertinentes, referentes a la política preventiva en materia de riesgos del tra- bajo y enfermedades profesionales. f.- Implementar las vías de comunicación eficientes a los efectos de poner en conocimiento a los trabajadores las acciones llevadas a cabo por la CCyATNP. g.- Informar a la Comisión de Nivel General acerca de los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales produ- cidas por el hecho o en ocasión del trabajo ocurridos en la Institución. h- Sugerir normas de seguridad e higiene que se considere deban figurar en las reglamentaciones internas, así como del uso de elementos de protección personal.
Funciones. El Comité de Contratación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental, tendrá las siguientes funciones: a. Formular las directrices, los criterios y las estrategias que deben regir la actividad contractual en cada una de sus instancias, dentro del marco establecido por el estatuto contractual y demás normas reglamentarias vigentes, así como por el Manual de Contratación de la entidad, y demás normas concordantes y complementarias. b. Recomendar pautas para la implementación, adaptación y mejoramiento continuo de los procesos de contratación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con los lineamientos y pautas que para el efecto establezca Colombia Compra Eficiente. c. Formular recomendaciones y tomar las decisiones orientadas a garantizar la existencia de una adecuada planeación de los procesos de selección de los contratistas, acorde con los planes financieros, de compras y de inversión. Para lo cual, podrá convocar a las áreas a reuniones de seguimiento de ejecución presupuestal y contractual. d. Formular recomendaciones y adoptar las decisiones tendientes a ajustar, aclarar y/o modificar los estudios previos dispuestos para las modalidades de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, así como para los pliegos definitivos de dichos procesos (excepto cuando se trate de acuerdos marco de precios), con el fin de que estos se ajusten a los principios contractuales y a las necesidades del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Fondo Nacional Ambiental. e. Hacer recomendaciones al ordenador del gasto sobre las solicitudes de modificación a los contratos o convenios que sean presentadas y analizadas en sesión del Comité. f. Conocer y analizar las solicitudes de contratación directa que, por su cuantía e importancia institucional, el ordenador del gasto presente en sesión del Comité. g. Evaluar la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y formular las recomendaciones al Ordenador del gasto que considere pertinentes. h. Proponer al Ordenador del gasto las modificaciones y ajustes al Manual de Contratación, cuando del cambio de normatividad se desprenda dicha necesidad. i. Asegurar la inclusión de criterios de sostenibilidad ambiental en los procesos de contratación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Fondo Nacional Ambiental (cuando apliquen).