Comité Paritario Sectorial de Formación. Se constituirá un Comité Paritario Sectorial de Formación formado por un mínimo de cuatro representantes de las organizaciones sindicales y otros tantos de FEIQUE, que tendrá por objeto participar en la elaboración de planes de formación profesional destinados a adecuar los conocimientos profesionales de los trabajadores a las nuevas tecnologías, a los cambios en la organización del trabajo y a facilitar la formación y el desarrollo profesional. Serán funciones de este Comité Paritario todas las que la legislación laboral vigente reconozca a las Comisiones Paritarias Sectoriales, además de las siguientes:
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Comité Paritario Sectorial de Formación. Se constituirá un Comité Paritario Sectorial de Formación formado por un mínimo de cuatro representantes re- presentantes de las organizaciones sindicales y otros tantos de FEIQUE, que tendrá por objeto participar en la elaboración de elaborar planes de formación profesional destinados destina- dos a adecuar los conocimientos profesionales de los trabajadores a las nuevas tecnologías, a los cambios en la organización del trabajo y a facilitar faci- litar la formación y el desarrollo profesional. Serán funciones de este Comité Paritario todas Paritario, ade- más de las que la legislación laboral vigente reconozca el Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, reconoce a las Comisiones Paritarias Sectoriales, además de las siguientes:
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Comité Paritario Sectorial de Formación. Se constituirá un Comité Paritario Sectorial de Formación formado por un mínimo de cuatro representantes de las organizaciones sindicales y otros tantos de FEIQUE, que tendrá por objeto participar en la elaboración de elaborar planes de formación profesional destinados a adecuar los conocimientos profesionales de los trabajadores a las nuevas tecnologías, a los cambios en la organización del trabajo y a facilitar la formación y el desarrollo profesional. Serán funciones de este Comité Paritario todas Paritario, además de las que la legislación laboral vigente reconozca el Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, reconoce a las Comisiones Paritarias Sectoriales, además de las siguientes:
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