Common use of COMITÉS ESTRUCTURADORES Y EVALUADORES Clause in Contracts

COMITÉS ESTRUCTURADORES Y EVALUADORES. El Comité estructurador y evaluador es designado por el Ministro de Defensa Nacional o su delegado y está integrado por servidores públicos o por particulares contratados para el efecto. Los designados para hacer parte del Comité por parte del competente contractual (o quien) deben acreditar formación profesional y técnica en relación con el bien o servicio que se va a contratar. A los miembros de estos comités les aplican las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales contenidos en las diferentes disposiciones legales. La función de estos comités, es recomendar y asesorar al jefe de la entidad o a su delegado ante el Comité de Adquisiciones (cuando aplique), en el sentido de que la decisión que se adopte, sea acorde con la evaluación realizada. Las funciones de los comités estructuradores y evaluadores de las ofertas, se ejercerán previa designación del competente contractual. Los comités harán las recomendaciones e informes respectivos, que serán el soporte técnico, jurídico, económico, financiero y administrativo de que dispondrá el Comité de Adquisiciones (cuando aplique) para revisar y avalar la selección de un contratista; no obstante, el competente contractual o el mismo Comité podrán apartarse bajo su total responsabilidad de los conceptos, informes y recomendación emitidas por los evaluadores, justificando por escrito las razones de su decisión. La función estructuradora y evaluadora se ejercerá con plena autonomía respecto del competente contractual y de los miembros del Comité de Adquisiciones del Ministerio de Defensa Nacional o de la Unidad Ejecutora, establecido en el presente Manual. 3.2.1. COMITÉ ESTRUCTURADOR TÉCNICO, JURÍDICO Y ECONÓMICO 1) Verificar que los estudios previos que soportan la necesidad que la entidad pretende satisfacer cumplan con las disposiciones legales vigentes mediante el análisis de las condiciones técnicas, jurídicas y económicas del negocio a celebrar en virtud del principio de planeación. 2) Elaborar bajo la dirección y supervisión de los Gerentes de Proyectos los estudios previos bajo los lineamientos y parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, formulándole a este último por escrito y de manera sustentada los motivos de inconformidad que existan entorno a las especificaciones técnicas, exigencias económicas, financieras y legales, si los hay. a. En ejercicio de esta función, cuando a ello haya lugar para los contratos o acuerdos en moneda extranjera, deberá verificarse que se incluya la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx fijada por la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional.

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COMITÉS ESTRUCTURADORES Y EVALUADORES. Mediante la ley 1150 de 2007 se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan disposiciones aplicables a toda contratación con recursos públicos, en su artículo 5 “DE LA SELECCIÓN OBJETIVA” estableció que la escogencia se hará al ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En concordancia con el numeral 2 del Artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, para lo cual se crean el Comité estructurador y Comité evaluador. El Comité estructurador y Comité evaluador es designado por el Ministro de Defensa Nacional Director General y/o su delegado Ordenador del Gasto y está integrado por mínimo tres (3) servidores públicos públicos, o contratistas o por particulares contratados para el efecto. Los ; los designados para hacer parte del Comité comité (técnico, jurídico y financiero) serán nombrados por parte el ordenador del competente contractual (o quien) deben acreditar formación profesional gasto, a través de acto administrativo para la estructuración y técnica evaluación de los proceso en relación con el bien o servicio que se va a contratarlas modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada y Concurso de Méritos. A los miembros de estos comités les aplican las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales contenidos en las diferentes disposiciones legales. La función general de estos comités, los comités es recomendar y asesorar al jefe de Director General y/o ordenador del gasto ante la entidad o a su delegado ante el Comité de Adquisiciones (cuando aplique)Comisión Asesora para la Contratación Administrativa, en el sentido de que la decisión que se adopte, adopte sea acorde con la evaluación realizada. Las funciones normatividad y garantía de los comités estructuradores y evaluadores de las ofertas, se ejercerán previa designación del competente contractual. fines estatales Los comités harán las recomendaciones e informes respectivos, que serán el soporte técnico, jurídico, económico, financiero y administrativo de que dispondrá el Comité de Adquisiciones (cuando aplique) la Comisión Asesora para la Contratación Administrativa para revisar y avalar recomendar la selección de un contratista; no obstante, el competente contractual director y/o el mismo Comité ordenador del gasto podrán apartarse bajo su total responsabilidad de los conceptos, informes y recomendación emitidas por los evaluadoresevaluadores y estructuradores, justificando por escrito las razones de su decisióncon la debida justificación. La Lo anterior toda vez que la función estructuradora y evaluadora se ejercerá con plena autonomía respecto del competente contractual y de los miembros del Comité de Adquisiciones del Ministerio de Defensa Nacional o de la Unidad EjecutoraComisión Asesora para la Contratación Administrativa. La función estructuradora presentara ante la Comisión Asesora informe, establecido sustentado, respecto a la elaboración y estructuración del estudio previo y los pliegos de condiciones, teniendo en el presente Manual. 3.2.1. COMITÉ ESTRUCTURADOR TÉCNICO, JURÍDICO Y ECONÓMICO 1) Verificar que los estudios previos que soportan cuenta la necesidad que la entidad pretende satisfacer cumplan con las disposiciones legales vigentes mediante el análisis de las condiciones técnicas, jurídicas y económicas del negocio a celebrar en virtud del principio de planeación. 2) Elaborar bajo la dirección y supervisión revisión de los Gerentes documentos necesarios en la etapa precontractual (Plan anual adquisiciones, el CDP y análisis del sector) y cesará hasta el cierre del proceso, salvo que durante la etapa subsiguiente sean requeridos para precisar aspectos referidos al pliego. La función evaluadora inicia con la verificación de Proyectos los estudios previos bajo los lineamientos y parámetros requisitos habilitantes establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 pliego de condiciones y termina con el informe de recomendación de adjudicación ante los miembros de la Comisión Asesora para la Contratación Administrativa el cual puede ser objetado o profundizar algún aspecto que el miembro de la Comisión Asesora requiera. El Comité Estructurador y/o evaluador se reunirá por convocatoria del Decreto 1082 coordinador de 2015grupo de Contratación y/o por el profesional del grupo de contratación o contratista designado en Acto Administrativo en el proceso contractual y deberá quedar constancia en acta, formulándole a este último por escrito de todas las reuniones celebradas y de manera sustentada los motivos de inconformidad que existan entorno a las especificaciones técnicas, exigencias económicas, financieras y legales, si los hayarchivadas en el proceso contractual correspondiente. a. En ejercicio de esta función, cuando a ello haya lugar para los contratos o acuerdos en moneda extranjera, deberá verificarse que se incluya la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx fijada por la Dirección de Finanzas a) Funciones del Ministerio de Defensa Nacional.Comité Estructurador b) Funciones del Comité Evaluador

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COMITÉS ESTRUCTURADORES Y EVALUADORES. El Comité estructurador y evaluador es designado por el Ministro de Defensa Nacional o su delegado y está integrado por servidores públicos o por particulares contratados para el efecto. Los , los designados para hacer parte del Comité comité por parte del competente contractual (o quien) deben acreditar formación profesional y técnica en relación con el bien o servicio que se va a contratar. A los miembros de estos comités les aplican las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales contenidos en las diferentes disposiciones legales. La función de estos comités, es recomendar y asesorar al jefe de la entidad o a su delegado ante el Comité comité de Adquisiciones (cuando aplique)adquisiciones, en el sentido de que la decisión que se adopte, sea acorde con la evaluación realizada. Las funciones de los comités estructuradores y evaluadores de las ofertas, se ejercerán previa designación del competente contractual. Los comités harán las recomendaciones e informes respectivos, que serán el soporte técnico, jurídico, económico, financiero y administrativo de que dispondrá el Comité de Adquisiciones (cuando aplique) del Ministerio de Defensa Nacional o la Unidad Ejecutora respectiva, para revisar y avalar la selección de un contratista; no obstante, obstante el competente contractual o el mismo Comité podrán apartarse bajo su total responsabilidad de los conceptos, informes y recomendación emitidas por los evaluadores, justificando por escrito las razones de su decisión. La función estructuradora y evaluadora se ejercerá con plena autonomía respecto del competente contractual y de los miembros del Comité de Adquisiciones del Ministerio de Defensa Nacional o de la Unidad Ejecutora, establecido en el presente Manualla resolución de delegación correspondiente. La función estructuradora cesará al cierre del proceso, salvo que durante la etapa subsiguiente sean requeridos para precisar aspectos referidos al pliego. 3.2.1. COMITÉ ESTRUCTURADOR TÉCNICO, JURÍDICO Y ECONÓMICO3.2.1 Calidades de los miembros de los comités estructuradores y evaluadores: 3.2.2 Funciones: 3.2.2.1 Funciones del Comité Estructurador: 1) Verificar . El estudio y presentación de los aspectos a incluir en el pliego ante el Gerente del Proyecto de la respectiva unidad ejecutora, verificando que los estudios previos que soportan la necesidad que la entidad pretende satisfacer aspectos allí consignados cumplan con las disposiciones legales vigentes mediante el análisis todos y cada uno de las condiciones técnicaslos requisitos exigidos en la ley, jurídicas y económicas del negocio a celebrar en virtud del principio de planeaciónpara garantizar una selección objetiva. 2) . Elaborar bajo la dirección y supervisión de los Gerentes de Proyectos los estudios previos bajo los lineamientos y parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 20 del Decreto 1082 1510 de 20152013, formulándole a este último por escrito y de manera sustentada los motivos de inconformidad que existan entorno a las especificaciones técnicas, exigencias económicas, financieras y legales, si los hay. a. 3. Elaborar el análisis del sector conforme a los parámetros de acuerdo con el manual publicado por Colombia Compra Eficiente en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx. 4. Elaborar el proyecto xx xxxxxx y el pliego de condiciones definitivo en el área correspondiente con responsabilidad, eficiencia y diligencia respetando los principios constitucionales y legales que garanticen una escogencia objetiva en concordancia con el artículo 5 de la ley 1150 de 2007. 5. Estudiar y evaluar las solicitudes presentadas por los interesados al pliego y preparar las explicaciones requeridas frente a su contenido. 6. Propender por actualizar las normas técnicas, jurídicas y económicas para que sean incluidas en el pliego. 7. Incluir en el pliego las especificaciones técnicas, los factores de verificación y cuando sea del caso los factores de ponderación y evaluación de las ofertas. para la estructuración de los requisitos habilitantes deberán tenerse en cuenta los parámetros establecidos por Colombia Compra Eficiente en el manual respectivo. 8. Verificar que el pliego contemple, respecto del oferente, el cumplimiento de contratos anteriores, multas y sanciones impuestas por alguna entidad pública dentro de los tres (3) años anteriores a la presentación de su oferta y que estén reportados en el RUP, y/o aquellas que la entidad conozca y que estén en firme, independientemente del régimen jurídico aplicable a la entidad pública que la imponga. En ejercicio ningún caso el registro de esta funciónmultas o sanciones será objeto de ponderación en el pliego. 9. Consultar al asesor en comercio exterior cuando se trate de adquirir bienes o servicios importados, cuando para determinar la modalidad de entrega y los costos asociados a ello haya lugar la importación, necesarios para los contratos o acuerdos en moneda extranjeradefinir el anexo respectivo xxx xxxxxx (comité económico). 10. Revisar la legislación tributaria y contable, deberá verificarse previo a establecer el precio base de la adquisición, con el fin de que se incluya tengan en cuenta impuestos tasas o contribuciones que se puedan llegar a generar en el proceso contractual. 11. Para el caso de compras centralizadas unificar criterios entre las Unidades Ejecutoras en cuanto a plazos de entrega y forma de pago. 12. Suscribir concepto favorable al ordenador del gasto o su delegado, para integrar el proyecto xx xxxxxx, el pliego, donde exprese su intervención respecto al proceso de contratación. 13. Participar en la Tasa Representativa audiencia informativa, audiencia de aclaración y estimación, tipificación y asignación de los riesgos, en la que se puede precisar el contenido y alcance xxx Xxxxxxx fijada por xxxxxx de condiciones a solicitud de algún interesado. 14. Analizar, estudiar, verificar y resolver las inquietudes presentadas al proyecto xx xxxxxx de condiciones a fin de consolidar el pliego. 15. Xxxxxxxx y proponer cuando sea el caso las modificaciones al pliego, a fin de expedir adendas. 16. Resolver las inquietudes formuladas hasta el cierre del proceso a través de proyectos de formularios de preguntas y respuestas, para someterla a consideración del Competente Contractual. 17. Ejercer sus funciones coordinadamente con los Gerentes de Proyecto y la Dirección de Finanzas Contratación Estatal del Ministerio de Defensa NacionalNacional o quien haga sus veces. 18. Mantener informado a los Gerentes de Proyecto sobre las novedades presentadas en la elaboración xxx xxxxxx.

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