COMPETENCIA DEL COLEGIO REPUBLICA DE COLOMBIA IED PARA ADELANTAR LA CONTRATACION. La INSTITUCION EDUCATIVA, entidad estatal. Cuenta con los Fondos de Servicios Educativos y para su ejecución están reglados por el Decreto 1075 de 2015, que en su Artículo 2.3.1.6.3.5. Funciones del consejo directivo Literal 6, establece: Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos, formalidades y garantías para toda la contratación que no supere los veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV). Que los Rectores (as) actuaran como Ordenadores del Gasto con base este mismo decreto de los Fondos de Servicios Educativos en su Artículo 2.3.1.6.3.6. Responsabilidades de los rectores o directores rurales., dice: “Celebrar contratos, suscribir los actos administrativos y ordenar los gastos con cargo a los recursos del Fondo de Servicios Educativos, de acuerdo con el flujo de caja y el plan operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería.
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Samples: Contratación Inferior a 20 SMLMV, Contratación Inferior a 20 SMLMV, Contratación Inferior a 20 SMLMV