Complemento especial. Para el personal en razón de la mayor especialidad se establece un complemento consistente en un 15 por 100 del módulo establecido en el ANEXO IV en las siguientes secciones o departamentos: ● Quirófano, ● Radioelectrología/Radiodiagnóstico, incluidos gabinetes dentales ● Radioterapia. ● Medicina nuclear. ● Laboratorio de análisis clínicos. ● Unidad de cuidados intensivos. ● Unidad de enfermos contagiosos. ● Hemodiálisis. ● Anatomía Patológica ● Farmacia (en contacto con citostáticos y análogos).
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Samples: Collective Agreement, Convenio Colectivo Del Sector Establecimientos Sanitarios, Convenio Colectivo
Complemento especial. Para el personal en razón de la mayor especialidad se establece un complemento consistente en un 15 por 100 del módulo establecido en el ANEXO IV en las siguientes si- guientes secciones o departamentos: ● Quirófano, ● Radioelectrología/Radiodiagnóstico, incluidos gabinetes dentales ● Radioterapia. ● Medicina nuclear. ● Laboratorio de análisis clínicos. ● Unidad de cuidados intensivos. ● Unidad de enfermos contagiosos. ● Hemodiálisis. ● Anatomía Patológica ● Farmacia (en contacto con citostáticos y análogos).
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Samples: Convenio Colectivo