Common use of Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes Clause in Contracts

Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes. Las Empresas adjudicatarias abonarán a todo el personal comprendido en este Convenio, tres pagas extraordinarias que se ajustarán a las siguientes normas: a) Cuantía: Será la fijada en el anexo I del presente Convenio para cada una de las funciones y/o especialidades profesionales reflejadas en el mismo, adicionándose a dichas cantidades el complemento de antigüedad que corresponda a 30 días sobre el salario base de las pagas de Verano, Navidad y San Xxxxxx xx Xxxxxx. b) Denominación: Las pagas extraordinarias fijadas en el presente artículo corresponderán a la denominación de: Paga de Verano, Navidad y Festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx. c) Fecha de abono: Verano, 30 xx Xxxxx o día hábil anterior; Navidad, el día 30 de Noviembre o día hábil anterior y San Xxxxxx xx Xxxxxx, 15 de Octubre o día hábil anterior. d) Período de devengo: Estas pagas se devengarán por doceavas partes y, en caso de alta o cese del trabajador durante el período de devengo, se abonarán las doceavas partes correspondientes a los meses o fracciones de mes trabajados: - Verano: Se devengará del 1 de Julio del año anterior al 30 xx Xxxxx del año en curso. - Navidad: Se devengará del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en curso. - San Xxxxxx xx Xxxxxx: Se devengará del 1 de Noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en curso.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes. Las Empresas adjudicatarias empresas afectadas por este convenio abonarán a todo el su personal comprendido en este Convenio, tres dos pagas extraordinarias que se ajustarán a las siguientes normas: a) condiciones: - Cuantía: Será la La fijada en el anexo Anexo I del presente Convenio convenio para cada una de las funciones y/o especialidades profesionales reflejadas en el mismo, adicionándose a dichas cantidades el complemento de antigüedad la categoría que corresponda a 30 días sobre el salario base de las pagas de Verano, Navidad y San Xxxxxx xx Xxxxxx. b) corresponda. - Denominación: Las pagas extraordinarias fijadas en el presente artículo corresponderán a la denominación de: Paga de Verano, Navidad xx xxxxxx y Festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx. c) Fecha Navidad. - Fechas de abono: Verano, 30 La paga extraordinaria xx Xxxxx o día hábil anterior; Navidad, xxxxxx se hará efectiva el día 30 16 del mes de Noviembre o julio. La xx Xxxxxxx se hará efectiva el día hábil anterior y San Xxxxxx xx Xxxxxx, 15 17 del mes de Octubre o día hábil anterior. d) Período diciembre. - Periodo de devengo: Estas pagas Las xx xxxxxx y Navidad se devengarán por doceavas partes y, abonarán semestralmente y en caso de alta o cese del trabajador durante el período de devengoperiodo devengado, se abonarán las doceavas sextas partes correspondientes a los meses o fracciones de mes trabajados: . - VeranoPaga xx xxxxxx: Se devengará del 1 de Julio del año anterior al 30 0 xx Xxxxx del año en cursoxxxxx xx 00 xx xxxxx. - NavidadPaga xx Xxxxxxx: Se devengará del 1 0 xx xxxxx xx 00 de Enero al 31 de Diciembre del año en curso. - San Xxxxxx xx Xxxxxx: Se devengará del 1 de Noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en cursodiciembre.

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Samples: Convenio Colectivo

Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes. Las Empresas adjudicatarias abonarán La Empresa según este convenio abonará a todo el su personal comprendido en este Convenio, tres pagas extraordinarias que se ajustarán ajustándose a las siguientes normascondiciones: a) Cuantía: Será la La fijada en el anexo I del presente Convenio para cada una de las funciones y/o especialidades profesionales reflejadas en el mismola categoría que corresponda, adicionándose a dichas cantidades el complemento de antigüedad que corresponda corresponde a 30 días sobre el salario base de las pagas de Verano, Navidad y San Xxxxxx xx Xxxxxxbase. b) Denominación: Las pagas extraordinarias fijadas en el presente artículo corresponderán a la denominación de: Paga de VeranoConvenio, Navidad Verano y Festividad de San Xxxxxx xx XxxxxxNavidad. c) Fecha Fechas de abono: Verano, 30 La paga extraordinaria xx Xxxxx o día hábil anterior; Navidad, Xxxxxx se hará efectiva el día 30 xx Xxxxx. La paga extraordinaria xx Xxxxxxx se hará efectiva el día 16 de Noviembre o día hábil anterior y San Xxxxxx Diciembre. La paga de Convenio se abonará el 15 xx Xxxxxx, 15 de Octubre o día hábil anteriorXxxxx. d) Período Periodo de devengo: Estas Las pagas extraordinarias xx Xxxxxx y Navidad se devengarán por doceavas partes yabonarán semestralmente, y en caso de alta o cese del trabajador durante el período de devengoperiodo devengado, se abonarán las doceavas sextas partes correspondientes a los meses o fracciones de mes trabajados.  Paga xx Xxxxxx: - VeranoSe devengará del 1 de Enero al 30 xx Xxxxx.  Paga xx Xxxxxxx: Se devengará del 1 de Julio del año anterior al 30 xx Xxxxx del año en cursode Diciembre. - Navidad Paga de Convenio: Se devengará anualmente, abonándose por doceavas partes en caso de alta o cese del trabajador durante el periodo de devengo que será del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en curso. - San Xxxxxx xx Xxxxxx: Se devengará del 1 de Noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en cursoanterior.

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Samples: Convenio Colectivo

Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes. Las Empresas adjudicatarias abonarán La Empresa abonará a todo el personal comprendido en este Convenio, tres pagas extraordinarias extraordina- rias que se ajustarán a las siguientes normas: a) Cuantía: Será la fijada en el anexo I del Anexo al presente Convenio para cada una de las funciones y/o especialidades profesionales reflejadas categorías refle- jadas en el mismolos mismos, adicionándose a dichas cantidades el complemento de antigüedad que corresponda a 30 días sobre el salario base de las pagas de Verano, Navidad y de San Xxxxxx xx Xxxxxx. b) Denominación: Las pagas extraordinarias fijadas en el presente artículo corresponderán a la denominación de: Paga de Verano, Navidad y Festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx.. XXXX-00000000-2 c) Fecha de abono: Verano, 30 xx Xxxxx o ó día hábil anterior; Navidad, el día 30 de Noviembre noviembre o día hábil anterior y San Xxxxxx xx Xxxxxx, 15 de Octubre o ó día hábil anterior. d) Período de devengo: Estas pagas se devengarán por doceavas partes y, en caso de alta o cese del trabajador durante el período de devengo, se abonarán las doceavas partes correspondientes co- rrespondientes a los meses o fracciones de mes trabajados: - . — Verano: Se devengará del 1 de Julio del año anterior al 30 xx Xxxxx del año en curso. - Navidad: Se devengará del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en curso. - San Xxxxxx xx Xxxxxx: Se devengará del 1 de Noviembre del año anterior al 31 de Octubre Octu- bre del año en curso.. B.O.C.M. Núm. 67 LUNES 00 XX XXXXX XX 2012 Pág. 15

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