Condiciones de la concesión Cláusulas de Ejemplo
Condiciones de la concesión. 1.- El título de concesión definitiva, dará derecho al concesionario:
a) Al uso privativo de la parcela de garaje-aparcamiento que le sea concedida.
Condiciones de la concesión. La cesión se limitará única y exclusivamente a los datos facilitados por los Asistentes a la Feria a través del Formulario de CoHispania, en virtud de lo regulado en el presente Contrato, no pudiendo ser utilizados para otros fines distintos. La Cedente manifiesta a la Cesionaria que los datos cedidos son propiedad de CoHispania. Por su parte, la Cesionaria quedará obligada a:
a. Realizar un uso de datos de acuerdo con la finalidad estipulada en la Cláusula Primera del presente Contrato. Si la Cesionaria tuviera conocimiento por cualquier motivo de un uso irregular que pudiera infringir lo dispuesto en la normativa aplicable sobre protección de datos deberá informar de manera inmediata a la Cedente.
b. No comunicar los datos a terceras personas, excepto por imperativo legal. En este supuesto la Cesionaria se compromete a comunicar de manera inmediata a la Cedente de cualquier requerimiento emitido por autoridad legal sobre la comunicación de los datos.
c. Cumplir escrupulosamente con lo dispuesto en la normativa de Protección de Datos vigente en cada momento mientas dure la presente relación.
d. Mantener el deber ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso, incluso después de que finalice su contrato.
e. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que deberá informarles convenientemente.
Condiciones de la concesión. 1.- EI título de concesión definitiva, dará derecho al concesionario: - Al uso privativo de la plaza de garaje-aparcamiento que le sea concedida. - A la utilización compartida con los demás concesionarios de los espacios comunes y servicios generales de la planta de aparcamientos y de sus accesos para vehículos y peatones.
2.- Dichos usos o utilizaciones habrán de ser conforme a las normas del presente Pliego de Condiciones y demás normas de derecho administrativo y exclusivamente para el uso como aparcamiento del vehículo/s autorizado/s.
3.- EI garaje subterráneo se compone de 96 plazas de aparcamiento, de las cuales un total de 50 se destinarán para uso privativo mediante concesión demanial.
Condiciones de la concesión. Las condiciones vendrán referidas al uso privativo y normal y conllevarán la aceptación y cumplimiento por parte de la concesionaria de las siguientes normas:
1.- El destino que se asigne al puesto en el acto de adjudicación no podrá ser alterado sin autorización previa. El incumplimiento supondrá la pérdida de la concesión, previo el trámite legal, sin indemnización de ningún género.
2.- La concesionaria no podrá realizar obras en los puestos que modifiquen la estructura de los mismos. Toda obra, cualquiera que sea su naturaleza, necesitará autorización previa del Ayuntamiento para su ejecución.
3.- La concesionaria vendrá obligada a cumplir en toda su extensión, las disposiciones reglamentarias sobre el Mercado del Ayuntamiento.
4.- La concesionaria estará obligada a cumplir el horario de venta que en cada momento se establezca por el Ayuntamiento.
5.- Todas las obras o mejoras realizadas en el puesto a partir de la fecha del contrato formarán parte del mismo, sin que el Ayuntamiento se vea obligado a indemnizar por dichas obras o mejoras, quedando las mismas, una vez terminado el contrato, en beneficio del puesto, salvo aquellas que puedan ser retiradas sin menoscabo del mismo.
Condiciones de la concesión. El título de concesión definitiva, dará derecho al concesionario o concesionaria:
A) Al uso privativo de la parte del edificio indicada en estos pliegos
B) A la utilización compartida del espacio correspondiente a los aseos del centro. Estos usos o utilizaciones habrán de ser conformes a las normas del presente Pliego de Condiciones y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas, así como a la normativa reglamentaria aprobada por el Ayuntamiento de San ▇▇▇▇▇▇ de Valdeiglesias.
Condiciones de la concesión. El Ayuntamiento de la Universidad de Lezo, propietario del Hogar para Jubilados de Lezo, sito en la Calle ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ nº 3, convoca concurso público para contratar los servicios de explotación del bar sito en dicho hogar, así como los servicios de conserjería y de limpieza del Hogar del Jubilado.
Condiciones de la concesión. 1.- La concesión para una acometida de suministro de agua estará supeditada a que el inmueble a abastecer esté situado en suelo urbano consolidado, exista conexión a la red de alcantarillado, o, tenga solucionado el problema de vertidos.
2.- No obstante el Ayuntamiento podrá autorizar suministros en suelo con diferente clasificación y estado en los siguientes supuestos:
a. Las destinadas a explotaciones ganaderas autorizadas.
b. Las destinadas a uso como abrevadero de ganado. Se concederán a precario y en las condi- ciones que se especifican en la Disposición adicional segunda.
3.- Las condiciones en que se autorizará el suministro a que se refiere la letra a) anterior son las siguientes:
A. Las obras y características de la conexión deberán ser fijadas en un proyecto que previamente deberá aprobar el Ayuntamiento, siendo ejecutadas por los solicitantes a su ▇▇▇▇▇ y siguiendo las in- dicaciones del proyecto. El proyecto deberá contemplar un sistema alternativo de suministro.
B. Se instalará un contador en el punto de conexión y otro en el punto de suministro. Igualmente se instalará una llave de cierre en el punto de conexión.
C. La red de agua potable es una instalación para el suministro de agua de boca urbana, sumi- nistro que tendrá prioridad en todo momento, conforme al artículo 5. En el caso de que ya sea pun- tual o definitivamente, por cualquier circunstancia o consideración se deba interrumpir el suministro, las explotaciones deberán utilizar el sistema alternativo contemplado en el proyecto sin que haya lu- gar a ninguna indemnización.
D. La red de conexión será propiedad municipal y su mantenimiento será por cuenta de los bene- ficiarios, no permitiéndose el enganche a la misma de ninguna otra instalación ajena a la autorizada. En el caso de que el Ayuntamiento autorice alguna conexión adicional, se repartirán equitativamente los gastos de instalación y mantenimiento entre los beneficiarios.
E. Cuando se trate de instalaciones ganaderas, solamente se permite el uso del agua para que beba el ganado estabulado, para lo cual se limitará el caudal por día y animal a unos litros que se determinarán en el proyecto técnico. No se permite el uso del agua para otras actividades como lim- pieza, riego, etc., salvo lo estrictamente necesario.
Condiciones de la concesión. Las Concesiones y Transmisiones de unidades de enterramiento se sujetarán a las siguientes condiciones:
