CONDICIONES FINANCIERAS. La línea de crédito se conviene por el término de ______________ (_____) años, que inicia a partir de la fecha de suscripción del presente contrato. Esta facilidad crediticia será desembolsada a través de préstamos reconductivos a vencimiento y/o mediante cuotas mensuales y consecutivas, conforme se expresa en el (los) pagaré (s) que se suscriba (n) al efecto, el cual contiene el monto desembolsado y el monto de la cuota de interés a pagar. Cada desembolso de esta facilidad crediticia se efectuará una vez haya sido suscrito por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, el (los) pagaré (s) correspondiente (s), en el (los) cual (es) se establecerán los valores adeudados, las condiciones financieras, el plazo y forma de amortización. La suscripción del pagaré o de nuevos pagarés no implicará novación alguna de este contrato. A partir de la fecha de cada desembolso, se aplicará a la suma adeudada una tasa de interés de un ______________ por ciento (______%) anual, que comprende intereses. En caso de que en el (los) referido (s) pagaré (s) no se estipule la modalidad de pago de los intereses, los mismos serán pagados por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, en el domicilio de LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, cada mes a partir de los treinta (30) días subsiguientes a la fecha de cada desembolso, de acuerdo a lo previsto en el artículo tres (03) del presente contrato. PARRAFO I.- Calculo De Los Intereses Y Demas Accesorios: A partir del (de los) desembolsos(s), la (s) suma (s) adeudada (s) producirá (n) intereses calculados sobre saldos insolutos en base a trescientos sesenta (360) días por año, a ser pagados mensualmente. El deudor reconoce y acepta que LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, queda facultada a revisar periódicamente dicha taza, a fin de reflejar las variaciones xxx xxxxxxx respecto a este tipo de facilidad crediticia y cuya variación le será notificada por LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, a través de cualquier vía fehaciente, en el entendido de que la falta de objeción implicará aceptación de la nueva tasa. PARRAFO II.- Comunicación de Variación en la Tasa de Interés.- LA PRIMERA PARTE ACREEDORA comunicará cualquier variación en la tasa de interés por escrito con treinta (30) días de anticipación a su efectividad, por cualquier vía fehaciente, tales como carta, correo electrónico, menajes SMS, estados de cuentas, recibos de pago, o cualquier canal directo disponible, sin perjuicio de cualquier otro medio que adicionalmente LA PRIMERA PARTE ACREEDORA disponga y sea previamente informado a LA SE...
CONDICIONES FINANCIERAS. Las siguientes son las condiciones financieras aplicables a la presente contratación, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento.
CONDICIONES FINANCIERAS. 4.1. Precio. El precio acordado en una Orden de Compra se coloca ("Precio") incluirá cualquier impuesto aplicable (excepto IVA), y el Precio no podrá ser revisado a menos que se acuerde lo contrario por escrito entre las Partes. A menos que se acuerde lo contrario por escrito por las Partes, el Precio incluirá todo lo necesario para que el Proveedor pueda proceder a la perfecta ejecución de un Contrato, incluyéndo todos los gastos, costos y desembolsos que tenga que realizar el Proveedor. El Comprador se reserva el derecho de solicitar que el Proveedor proporcione una garantía y/o de llegar a un acuerdo con el Comprador para establecer una retención parcial de pago con el fin de garantizar el cumplimiento de una Orden de Compra.
CONDICIONES FINANCIERAS a) Las condiciones financieras del presente contrato tales como el valor comercial DEL BIEN a la fecha de celebración del mismo, los prepagos que existan por parte de EL LOCATARIO el valor financiado, el canon de arrendamiento las tasa de interés de financiación incluída en el canon y su forma de cálculo, la periodicidad en su pago, el término de duración del mismo, la cláusula penal, el monto de la opción de compra, la tasa de interés moratorio, las garantías exigidas etc. Serán determinarlas por las partes en el Anexo de Condiciones que hace parte integral del presente contrato, mismas que desde ya son aceptadas en su integridad por EL LOCATARIO.
b) Se establece por las partes que el canon de arrendamiento incluye una tasa de interés variable indexada a DTF incrementada en el porcentaje pactado por las partes en el Anexo de Condiciones del contrato.
c) Se entiende por DTF la tasa variable calculada semanalmente por el Banco de la República, con base en el promedio ponderado de las tasas de interés efectivas de captación a noventa (90) días de los bancos, corporaciones financieras y compañías de financiamiento comercial, con el objeto de que la tasa se aplique para la semana calendario inmediatamente siguiente a aquella en que se calculó.
d) La tasa de interés se liquidará por periodos vencidos sobre saldos insolutos. Comoquiera que los períodos de arrendamiento incluyen una tasa de interés variable que se liquida sobre saldos insolutos, el valor de estos cánones también será variable. El canon de arrendamiento se debe pagar en el domicilio de EL ARRENDADOR por periodos vencidos contados a partir de la fecha de entrega de la tenencia de EL BIEN.
e) En caso de retardo en el pago del canon de arrendamiento, EL LOCATARIO deberá pagar a EL ARRENDADOR intereses xx xxxx liquidados a la tasa máxima permitida por la ley. En caso de pago parcial del canon de arrendamiento, EL LOCATARIO deberá pagar a EL ARRENDADOR intereses xx xxxx liquidados sobre la parte no pagada del canon, a la tasa máxima legalmente permitida.
CONDICIONES FINANCIERAS. La firma del presente convenio de movilidad estudiantil no genera ningún compromiso económico inmediato para ninguna de las instituciones, en la medida en que cada uno de los estudiantes participantes es responsable de asumir los costos correspondientes a su movilidad.
CONDICIONES FINANCIERAS. Tipo de Transacción: [Compraventa] [Arbitraje]
CONDICIONES FINANCIERAS. 1. Fecha de Pago:
2. Pagador Valor Pactado:
3. Pagador Valor Referencial:
4. Monto Contratado:
5. Valor de Reajustabilidad Pactado:
6. Lugar de Cumplimiento:
7. Bancos de Referencia:
8. Forma de Pago:
9. Observaciones:
CONDICIONES FINANCIERAS. 13.1 Cuota de suscripción al Servicio periódico
CONDICIONES FINANCIERAS. Los interesados en participar en el presente proceso deberán cumplir con los siguientes requisitos habilitantes: El proponente deberá aportar el Registro Único de Proponentes RUP, vigente, en firme y actualizado al cierre del presente proceso, con información financiera bajo NIIF al último ejercicio aprobado por el máximo órgano de la compañía, en todo caso no podrá ser inferior a diciembre 31 de 2016 o diciembre 31 de 2017. El interesado debe contar con un índice de liquidez igual o superior a 1.40 El indicador índice de liquidez se determina de acuerdo a la siguiente formula: Índice de liquidez = Activo corriente / Pasivo corriente El interesado debe contar con un patrimonio mayor o igual al 20% del presupuesto de la regional a que se presente. El indicador de Patrimonio se determina de acuerdo a la siguiente formula: Patrimonio = Activo total - Pasivo Total El interesado debe tener un nivel de endeudamiento igual o menor a 65% El indicador nivel de endeudamiento se determina de acuerdo a la siguiente formula: Nivel de endeudamiento = (TOTAL PASIVO / TOTAL ACTIVO) * 100 El interesado debe tener un capital de trabajo mayor o igual al 15% del presupuesto de la regional a que se presente. El indicador capital de trabajo se determina de acuerdo a la siguiente formula: Capital de trabajo = Activo corriente – Pasivo corriente Si la verificación da como resultado NO CUMPLE, la propuesta no quedará habilitada.
CONDICIONES FINANCIERAS. Las Instituciones se esforzarán para prever, de acuerdo con sus presupuestos, los medios necesarios para poner en acción el presente acuerdo y si es necesario, solicitarán esos medios a organismos que fomenten la investigación. La firma del presente acuerdo no genera ningún compromiso económico inmediato para ninguna de las partes, a excepción de los explícitamente previstos en este convenio como obligaciones de las partes.