FACTURACIÓN Cláusulas de Ejemplo

FACTURACIÓN. Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el anticipo cuando este exista y por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
FACTURACIÓN. La actividad de aprovechamiento se facturará integralmente con el servicio de aseo a través del prestador de recolección y transporte de residuos no aprovechables.
FACTURACIÓN. 8.1. Las Entidades locales o, en su caso, la Comunidad Autónoma facturarán a Ecoembes por los conceptos recogidos en el ANEXO II, en la forma y con la documentación justificativa establecidos en el ANEXO III. No se considerarán facturas completas aquellas que no incluyan la documentación señalada en dicho Anexo, ni las que no se ajusten a las formalidades exigidas por la normativa vigente en materia de facturación. Las Entidades Locales o, en su caso, la Comunidad Autónoma, emitirán exclusivamente facturas ajustadas a la normativa vigente aplicable. 8.2. A los efectos de verificación de las cantidades facturadas, la Comunidad Autónoma o las Entidades locales adheridas, pondrán a disposición de Ecoembes la documentación indicada en el ANEXO III, o, en su caso, certificación emitida por fedatario público del Gobierno local o de la Comunidad Autónoma acreditativa de la información recogida en la citada documentación así como cualquier otro documento justificativo relacionado con el conjunto de operaciones objeto de la facturación, siempre que medie la correspondiente justificación y notificación previa. 8.3. De forma alternativa a lo previsto anteriormente, y en el supuesto de que la prestación de los servicios previstos en el ANEXO II, se realizara en régimen de gestión indirecta, bajo cualquiera de las fórmulas previstas en la normativa de contratación pública, la Entidad Local o la Comunidad Autónoma (según cual sea la Administración titular del servicio en cuestión) podrá, manteniendo la responsabilidad que sobre la gestión de residuos de envases les atribuye la legislación vigente, designar y comunicar a Ecoembes, según modelo de escrito recogido en el ANEXO III, la entidad o entidades que realizan los servicios relativos a las operaciones consideradas en el ANEXO II (incluidas las campañas de comunicación), por haber resultado adjudicatarias tras el pertinente proceso de licitación. A partir de dicho momento, la emisión de las facturas y presentación de la documentación justificativa necesaria, se realizará directamente por la entidad o entidades designadas, debido a que son las entidades que efectivamente prestan o han prestado el servicio. Cualquier modificación en las designaciones será comunicada por la Entidad local o Comunidad Autónoma a Ecoembes con antelación suficiente. Dicha designación tendrá la naturaleza de cesión de créditos, con arreglo a lo previsto en el artículo 1112 del Código Civil. Si el adjudicatario del servicio que vaya a procede...
FACTURACIÓN. Requisito: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a [CONSIGNAR EL MONTO DE FACTURACIÓN EXPRESADO EN NÚMEROS Y LETRAS EN LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA, MONTO QUE NO PODRÁ SER MAYOR A TRES (3) VECES EL VALOR ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM], por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de [CONSIGNAR UN PERIODO DETERMINADO, NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS] a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran bienes similares a los siguientes [CONSIGNAR LOS BIENES SIMILARES AL OBJETO CONVOCADO] Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTARSE, COMO POR EJEMPLO, VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS], correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se en...
FACTURACIÓN. El servicio público de aseo se facturará de forma conjunta con cualquiera de los servicios públicos a los que se refiere la Ley 142 de 1994, y no podrá pagarse este último con independencia del servicio público de aseo, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la persona prestadora del servicio de aseo.
FACTURACIÓN. Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá presentar los descargos impositivos correspondientes, o la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
FACTURACIÓN. Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a [CONSIGNAR LA FACTURACIÓN NO MAYOR A TRES (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM], por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de [CONSIGNAR UN PERIODO DETERMINADO, NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS] a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran bienes similares a los siguientes [CONSIGNAR LOS BIENES SIMILARES AL OBJETO CONVOCADO] Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTARSE, COMO POR EJEMPLO, VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO,ENTRE OTROS], correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes ...
FACTURACIÓN. De manera general, R emitirá las facturas correspondientes a los servicios prestados con una periodicidad mensual. No obstante, y siempre por causas justificadas (superación del límite de crédito fijado para el Cliente, consumos excesivos que impidan el correcto funcionamiento de los sistemas de mediación y facturación de R, etc.), podrá emitir facturas con una periodicidad inferior o superior a un mes. La factura integrará los distintos componentes de los servicios contratados, entre los cuales se incluirán las cuotas periódicas aplicables a los servicios contratados y los consumos registrados, repercutiéndose los impuestos legalmente exigibles. Las cuotas que tengan carácter anual se facturarán por R con anterioridad a la prestación del servicio correspondiente. Por defecto, las facturas incluirán el detalle de las llamadas efectuadas, con excepción de las llamadas metropolitanas, cuyo desglose deberá ser contratado previamente por el Cliente. El cliente podrá elegir que la factura se expida en papel o en formato electrónico, mediante la marcación de la casilla habilitada al efecto en la carátula del contrato. Caso de no marcarse ninguna casilla se entenderá que el cliente prefiere la modalidad de factura en papel. La factura electrónica se expedirá por medios electrónicos que garantizan la autenticidad del emisor así como la integridad del contenido de la misma. La factura electrónica, estará disponible en xxx.xxxxx-X.xxx por lo que el cliente debe estar registrado en la web de clientes para poder acceder a la factura. El cliente podrá facilitar una dirección de correo electrónico válida, a la que le será remitido el aviso de disponibilidad de la misma en la web. El alta en el servicio de factura electrónica se realizará por cuenta de facturación de manera independiente, por lo que un cliente, con distintas cuentas de facturación, podrá elegir para cada una de ellas, el modo en que desea recibirlas, ya sea en formato electrónico, ya sea en formato papel y en distintas direcciones, físicas o electrónicas.
FACTURACIÓN. El SESPA y la FINBA emitirán sus correspondientes facturas en donde se incluirán: El SESPA En cada trimestre natural emitirá factura, por los siguientes conceptos e importes: El 60% de los costes directos del ensayo generados en cada trimestre natural, siempre y cuando la totalidad de los miembros del grupo investigador no hayan renunciado a la percepción individual por el trabajo del estudio. En caso de que la totalidad de los miembros del grupo investigador del ensayo hayan renunciado a su percepción individual, la facturación del SESPA en este concepto será del 28%. Los costes directos extraordinarios / otros costes de análisis y exploraciones complementarias añadidas que se hubieran realizado a los pacientes incluidos en el ensayo y que no se les hubiese practicado en el caso de no estar afectados por el mismo, realizados en el trimestre natural, según lo establecido en los Anexos 1 y/o 2. La FINBA Los costes de gestión que se facturarán a la firma del contrato o de la adenda correspondiente. En cada trimestre natural emitirá factura, por los siguientes conceptos e importes: El 40% de los costes directos del ensayo generados en cada trimestre natural, siempre y cuando la totalidad de los miembros del grupo investigador no hayan renunciado a la percepción individual por el trabajo del estudio. En caso de que la totalidad de los miembros del grupo investigador del ensayo hayan renunciado a su percepción individual, la facturación de la FINBA en este concepto será del 72%. Los costes directos extraordinarios / otros costes de análisis y exploraciones complementarias añadidas que se hubieran realizado a los pacientes incluidos en el ensayo y que no se les hubiese practicado en el caso de no estar afectados por el mismo, realizados en el trimestre natural, según lo establecido en los Anexos 1 y/o 2 Billing SESPA and FINBA will issue their own invoices, which shall include: SESPA In each calendar quarter, it shall issue an invoice for the following items and sums: 60% of the direct costs of the trial generated in each calendar quarter, provided that all members of the research group have not renounced individual payment for their work on the study. In the event that all members of the trial research group have renounced their individual payments, SESPA shall invoice 28% for this item. The extra direct costs / other costs of any added, supplementary analyses and examinations that have been conducted on the patients enrolled on the trial and that would not hav...
FACTURACIÓN. Las facturas deberán ser presentadas una vez recibida la conformidad de la recepción definitiva, en la forma y en el lugar indicado en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares, lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago.