PAGO Cláusulas de Ejemplo

PAGO. MOVISTAR facturará al CLIENTE los precios previstos en el Cuadro General de Xxxxxxx, que actualmente son los que figuran en el Anexo I y II, de la forma siguiente: • Todos los conceptos facturables en virtud de la prestación del SERVICIO se facturarán a mes vencido, con carácter mensual y se incorporaran, de manera desglosada, en la factura correspondiente a la prestación por MOVISTAR del Servicio Línea ADSL RTB/RDSI o Imagenio /RTB. • El pago correspondiente al SERVICIO será exigible desde el momento que se presente al cobro la factura correspondiente al Servicio Telefónico Básico o al Servicio Acceso Básico RDSI de que dispusiere EL CLIENTE, y se realizará a través de la cuenta del mismo en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que para tal efecto señale o, en su defecto, en lugar habilitado por MOVISTAR, a su presentación al cobro, que constara expresamente en el aviso de pago enviado al CLIENTE. En la factura se identificará el periodo en que se podrá realizar el pago. • En la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se incluirá el importe correspondiente a la cuota de alta. La primera cuota será prorrateada en función de la fecha de entrada en vigor del SERVICIO. En caso de retraso en el pago, MOVISTAR podrá suspender la prestación deL SERVICIO si, tras haber requerido el pago al CLIENTE, éste no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días desde dicho requerimiento. Transcurrido dicho plazo, MOVISTAR requerirá de nuevo al CLIENTE, concediéndole un nuevo plazo xx xxxx (10) días para efectuar el pago, pasado los cuales, MOVISTAR podrá proceder a la interrupción definitiva del SERVICIO, dando de baja al mismo.
PAGO. PREVIO A LA APROBACIÓN DE LAS PLANILLAS Y AUTORIZACIÓN DE PAGO, REVISEN QUE LA CONTRATISTA PRESENTE TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LOS PLIEGOS Y EN EL CONTRATO. DNA6-0064-2019 1 DISPONDRÁ A LOS ADMINISTRADORES, FISCALIZADORES Y SUPERVISORES DE LOS CONTRATOS, VERIFICAR PREVIO A LA AUTORIZACIÓN DEL PAGO, QUE LA DOCUMENTACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS, ENTREGADA POR LOS CONTRATISTAS, SE ENCUENTRE COMPLETA, EN VERSIÓN FINAL, Y RECIBIDA A SATISFACCIÓN DE LOS JEFES DE LAS UNIDADES DE LAS ÁREAS DONDE SE PRESTARON LOS SERVICIOS. DNA6-0064-2019 4 DISPONDRÁ A LOS SUPERVISORES, FISCALIZADORES Y ADMINISTRADORES DE CONTRATOS, QUE PREVIO A RECOMENDAR Y GESTIONAR LOS PAGOS, VERIFIQUEN QUE LAS ACTAS DE REUNIÓN GENERADAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS, SEAN SUSCRITAS POR LOS SERVIDORES DE LA EP PETROECUADOR Y CUENTEN CON LOS SUSTENTOS DE LOS TEMAS TRATADOS A FIN DE GARANTIZAR EL ADECUADO SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL. DNA6-0064-2019 7 DISPONDRÁ A LOS ADMINISTRADORES DE CONTRATOS, QUE DE PRESENTARSE SERVICIOS QUE NO SE ENCUENTREN CONTEMPLADOS EN LOS OBJETOS CONTRACTUALES, SEAN TRAMITADOS DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA VIGENTE APLICABLE A LA EMPRESA PÚBLICA; Y QUE PREVIO A RECOMENDAR EL PAGO VERIFIQUEN LA DOCUMENTACIÓN QUE MOTIVE LOS TRABAJOS ADICIONALES, Y LAS AUTORIZACIONES DE LOS ORDENADORES DE GASTO DE LA EP PETROECUADOR DNA6-0064-2019 14 DISPONDRÁ A LOS ADMINISTRADORES DE CONTRATOS, QUE DE PRESENTARSE SERVICIOS QUE NO SE ENCUENTREN CONTEMPLADOS EN LOS OBJETOS CONTRACTUALES, SEAN TRAMITADOS DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA VIGENTE APLICABLE A LA EMPRESA PÚBLICA; Y QUE PREVIO A RECOMENDAR EL PAGO VERIFIQUEN LA DOCUMENTACIÓN QUE MOTIVE LOS TRABAJOS ADICIONALES, Y LAS AUTORIZACIONES DE LOS ORDENADORES DE GASTO DE LA EP PETROECUADOR
PAGO. 11.1. Salvo que se acuerde de otro modo por escrito, el pago se realizará en el plazo de 14 días desde la fecha de facturación, sin descuentos ni compensaciones, y en la moneda indicada en la factura. 11.2. Si no se realiza el pago íntegro en el plazo fijado, el Comprador estará en demora en virtud de la ley y estará obligado a pagar intereses al tipo del 10 % anual sobre el importe pendiente desde la fecha de demora hasta el día en que se efectúe el pago íntegro. Si el tipo de interés de demora fijado en la Ley 3/2004 es superior al 10 %, el Comprador estará obligado a pagar el tipo de interés de demora según viene establecido en la Ley 3/2004. 11.3. El Comprador pagará íntegramente a IMCD sus costes judiciales y extrajudiciales reales, incluyendo los honorarios de los abogados, soportados como consecuencia del incumplimiento del Comprador de sus obligaciones derivadas del Contrato en su totalidad y/o a tiempo, mientras que, en cualquier caso, por dicho incumplimiento, el Comprador estará obligado a pagar a IMCD al menos lo costes extrajudiciales que ascenderán al 15 % del importe pendiente, con un mínimo de 125 €. 11.4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 6.3, las reclamaciones acerca de la facturación únicamente podrán efectuarse dentro del plazo de pago. Las reclamaciones deben constar por escrito y su presentación no suspenderá la obligación de pago del Comprador. 11.5. Los pagos se deducirán en primer lugar de los costes judiciales, gastos de recaudación extrajudiciales e intereses pagaderos, y posteriormente de las sumas principales pendientes, comenzando por las sumas principales pendientes más antiguas, independientemente de las instrucciones en contrario del Comprador. 11.6. El Comprador no podrá compensar sumas adeudadas a IMCD con reclamaciones del Comprador frente a IMCD.
PAGO. El adjudicatario deberá presentar sus facturas conforme a lo que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el cual también se consignarán las condiciones de pago. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de observar las facturas presentadas, por inconsistencia con los bienes entregados, los servicios prestados o los precios facturados por el adjudicatario, como por cualquier otro concepto. En los casos de que la contratación contemple la posibilidad de otorgar un anticipo financiero, el mismo deberá estar respaldado por la garantía correspondiente.
PAGO. Al proporcionar la información de una tarjeta de crédito o débito válida y/o la información de una cuenta bancaria ("Método de Pago"), el Cliente expresamente: (i) autoriza a Aircall, y/o a cualquier otra empresa o individuo que actúe en nombre de Aircall, a aplicar el Método de Pago como sigue: (x) con carácter mensual para las Tarifas de Uso; con la frecuencia de facturación elegida y especificada por el Cliente en el correspondiente Formulario de Pedido o Compra, según corresponda, para las Tarifas Fijas (la "Frecuencia de Facturación"); y (y) para cualesquiera otras tarifas relacionadas con los Servicios, incluidos los pagos recurrentes facturados mensual o anualmente, y a seguir intentando cargar y/o imponer retenciones en el Método de Pago de dicho Cliente hasta que dichas cantidades sean abonadas en su totalidad; (ii) se compromete a actualizar dicho Método de Pago de forma periódica según sea necesario; y (iii) reconoce y acepta que Xxxxxxx no será responsable de ninguna tarjeta de crédito/débito caducada, fondos insuficientes u otros cargos en los que haya incurrido el Cliente como resultado de dichos intentos de cargo y/o retención en dicho Método de Pago. En el caso de que el Cliente seleccione un Plan que incluya una adjudicación predeterminada de servicios, a menos que se estipule lo contrario como parte de dicho Plan, cualquier adjudicación no utilizada de dichos servicios de un ciclo de facturación no se trasladará a ningún ciclo de facturación futuro. El Cliente acepta que será responsable de cualesquiera tarifas, de haberlas, asociadas a las transferencias bancarias utilizadas para el pago de las facturas a Aircall. Todas las facturas deberán ser abonadas por el Cliente en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura.
PAGO. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia. Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo. La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
PAGO. El desempeño del Proveedor conforme a este Acuerdo no se considerará completo ni se realizará un pago hasta que el Comprador reciba todas las Mercaderías especificadas en las cantidades ordenadas y todos los otros documentos correctamente completados, incluso las certificaciones requeridas, dibujos y conocimientos de embargo. El Comprador puede retener el pago, sin la pérdida de su derecho a un descuento, hasta que el Proveedor cumpla con todos los requisitos que se establecen en el presente. El pago vencerá dentro del período de tiempo establecido en este Pedido o, si no se establece, entonces 60 días después de recibir y aceptar las Mercaderías y el recibo de la factura del Proveedor. Todos los impuestos y derechos que surgen como consecuencia del desempeño del negocio del Proveedor o la venta de las Mercaderías o la importación de las Mercaderías o sus componentes, antes de la entrega al Comprador, los que no sean expresamente responsabilidad del Comprador, son responsabilidad del Proveedor. El Comprador no será responsable de dichos impuestos o derechos o valores que sean o puedan ser pagaderos, y el Proveedor deberá defender, indemnizar y liberar al Comprador en caso de falta de pago por parte del Proveedor. Los términos impuestos y derechos se refieren a todas las tasas o cargos impuestos, aplicados o gravados por cualquier autoridad gubernamental u otra autoridad e incluyen, entre otros, impuesto a la propiedad, impuesto a la venta y uso, regalías, impuesto al valor agregado y especiales u otros cargos de naturaleza similar, tarifas aduaneras y otros derechos, tasas portuarias, sobrestadía, muellaje, practicaje, estiba, tarifas de agentes de aduanas y otros cargos y tarifas similares. Las disposiciones de este Artículo continuarán después de la finalización de este Acuerdo.
PAGO. 17.1. El CLIENTE pagará el importe del Crédito otorgado, más los intereses, comisiones y gastos (en adelante, el Saldo Deudor), en la moneda, periodicidad, oportunidad de pago y plazo que se detallan en el Contrato y en la Hoja Resumen. INTERBANK podrá conceder al CLIENTE períodos xx xxxxxx para el pago del Crédito y/o diferir el pago de las cuotas próximas a vencer, en casos excepcionales, a solicitud del CLIENTE o cuando represente un beneficio para éste. Los intereses que se generen durante dichos períodos xx xxxxxx serán capitalizados. 17.2. Los pagos que realice el CLIENTE en virtud del Contrato se aplicarán en el orden siguiente: a) intereses compensatorios; b) interés moratorio o penalidad por incumplimiento, en caso corresponda; c) Gastos y comisiones; d) capital. 17.3. El importe adeudado por el CLIENTE como consecuencia del otorgamiento del Crédito devengará diariamente el interés compensatorio a la tasa efectiva detallada en la Hoja Resumen. Adicionalmente, en caso existan una o más cuotas del Saldo Deudor que se encuentren parcial o totalmente vencidas, INTERBANK podrá aplicar sobre el importe no cancelado oportunamente el interés moratorio o penalidad por incumplimiento fijado en la Hoja Resumen. El CLIENTE incurrirá en xxxx o incumplimiento en forma automática, sin necesidad de requerimiento por parte de INTERBANK.
PAGO. 11.1 El pago de la cantidad total a pagar se debe en su totalidad en cada mes y puede ser facturado o cobrado por adelantado, si corresponde. Si el pago del Suscriptor no es recibido por Xxxxxx antes de emitir la siguiente factura, el Suscriptor podrá recibir intereses sobre el saldo pendiente de pago, en la cantidad de un punto cinco por ciento (1.5%) por mes o la tasa máxima permitida por la ley aplicable (la que sea menor), prorrateada diariamente, de acuerdo con las disposiciones del artículo 93 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Xxxxxx puede (pero no estará obligado a) aceptar pagos parciales del Suscriptor. Si la Fecha de Activación no coincide con el inicio del ciclo de facturación, el Suscriptor deberá pagar la parte proporcional de la tarifa mensual, de acuerdo con el número de días que hayan transcurrido entre la Fecha de Activación y el final del ciclo de facturación actual. Si se realizan pagos parciales, se aplicarán al saldo de la cuenta, comenzando con el cargo con la fecha de vencimiento más reciente. Los métodos de pago aceptables incluyen, pero no se limitan, al pago con tarjeta de crédito. 11.2 Si el Suscriptor considera que un cargo es incorrecto o si requiere información adicional, debe ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente escribiendo a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, ingresando a la siguiente página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, o llamando a 0-000-000-000. El Suscriptor debe ponerse en contacto con nosotros antes de la fecha de vencimiento del pago para solicitar una corrección de la factura. El Suscriptor acepta que Xxxxxx no será responsable de ningún gasto en el que él pueda incurrir como resultado de sobregiros en su cuenta bancaria o cualquier exceso de su línea de crédito como consecuencia de un cargo automático realizado bajo este Contrato. Xxxxxx podrá suspender el Servicio una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento del pago del Servicio, sin que el Suscriptor haya realizado el pago total de la factura del Servicio. 11.3 Las tarifas o valores mensuales a ser cancelados por cada uno de los servicios contratados por el Suscriptor estará determinada en la ficha de cada servicio, que constan en el Anexo Técnico y el pago se realizará de la siguiente forma: Forma de pago: SÍ NO Pago directo en cajas del prestador del servicio Débito Automático cuenta de ahorro o corriente Pago en ventanilla de locales autorizados Débito con tarjeta de ...
PAGO. 2.1 Una vez cumplidas las Condiciones de Entrega, y salvo disposición en contrario en la presente Orden de Compra, el Proyecto PNUD efectuará el pago en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción de la factura del Proveedor y de las copias de los documentos de embarque si correspondiere, especificados en la presente Orden de Compra. 2.2 La certificación de los servicios será aprobada por el responsable designado a tal efecto, bajo las condiciones determinadas en el frente de proyecto en cuestión (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4 “Entregables Esperados”). Se certificará en forma mensual el 70% del servicio, siempre que el proveedor cumpla con los productos definidos en la Matriz de Entregables Esperados (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4.3 “Matriz de entregables esperados”). El cobro del 30% restante, corresponderá al momento de completarse cada uno de los Hitos de Cierre de las Fases del Proyecto de acuerdo con el cronograma de proyecto que se acuerde como definitivo y que se encuentra referido en el punto 4 Entregables Esperados. (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4.1 “Entregables generales por Hitos de Proyecto”). 2.3 El pago de la factura arriba mencionada reflejará cualquier descuento indicado en las condiciones de pago de la presente orden de compra, siempre que dicho pago se hiciere en el plazo estipulado en dichas condiciones 2.4 Salvo cuando el Proyecto PNUD hubiere autorizado otra cosa, el Proveedor deberá presentar una sola factura por la presente orden de compra y en dicha factura se consignará el número de identificación de la presente orden de compra. 2.5 No se permite aumentar los precios consignados en la presente orden de compra, a menos que el Proyecto PNUD lo hubiere autorizado expresamente por escrito.