PAGO Cláusulas de Ejemplo
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los ...
PAGO. SENDA pagará al contratista los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en este contrato, y particularmente en los documentos Anexos Técnicos de las bases de licitación, respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en la cláusula cuarta del presente contrato y que correspondan al tipo de plan contratado. SENDA sólo financiará atenciones a personas que sean beneficiarios del Sistema Público de Salud (beneficiarios del D.F.L. Nº 1, Libro II, de 2005 del Ministerio de Salud), o correspondan a los siguientes casos:
a) Personas que han infringido la ley bajo supervisión judicial, comprendidas dentro del programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas, y que presentan consumo problemático de sustancias, y respecto de las cuales se ha decretado su ingreso a un programa de tratamiento, mediante la resolución judicial que aprueba la suspensión condicional del procedimiento. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento público y privados. Con todo, la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
b) Personas que han sido condenadas a las penas de libertad vigilada o libertad vigilada intensiva, como penas sustitutivas a la privación de libertad, que presenten un consumo problemático de drogas o alcohol y, respecto de los cuales, el tribunal les haya impuesto la obligación de asistir a programas de tratamiento de rehabilitación en dichas sustancias, de acuerdo al artículo 17 bis de la Ley N° 20.603, que modifica la ley N°18.216. El tratamiento de estas personas podrá brindarse en modalidad ambulatoria o mediante su internación en centros especializados, quedando sujeto el cumplimiento de esta condición al control periódico del tribunal, mediante audiencias de seguimiento e informes elaborados por el delegado de Gendarmería de Chile, encargado de efectuar el control de la condena. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento públicos y privados. Con todo, se deja constancia que la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva. El pago al adjudicatario de las prestaci...
PAGO. 11.1. Salvo que se acuerde de otro modo por escrito, el pago se realizará en el plazo de 14 días desde la fecha de facturación, sin descuentos ni compensaciones, y en la moneda indicada en la factura.
11.2. Si no se realiza el pago íntegro en el plazo fijado, el Comprador estará en demora en virtud de la ley y estará obligado a pagar intereses al tipo del 10 % anual sobre el importe pendiente desde la fecha de demora hasta el día en que se efectúe el pago íntegro. Si el tipo de interés de demora fijado en la Ley 3/2004 es superior al 10 %, el Comprador estará obligado a pagar el tipo de interés de demora según viene establecido en la Ley 3/2004.
11.3. El Comprador pagará íntegramente a IMCD sus costes judiciales y extrajudiciales reales, incluyendo los honorarios de los abogados, soportados como consecuencia del incumplimiento del Comprador de sus obligaciones derivadas del Contrato en su totalidad y/o a tiempo, mientras que, en cualquier caso, por dicho incumplimiento, el Comprador estará obligado a pagar a IMCD al menos lo costes extrajudiciales que ascenderán al 15 % del importe pendiente, con un mínimo de 125 €.
11.4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 6.3, las reclamaciones acerca de la facturación únicamente podrán efectuarse dentro del plazo de pago. Las reclamaciones deben constar por escrito y su presentación no suspenderá la obligación de pago del Comprador.
11.5. Los pagos se deducirán en primer lugar de los costes judiciales, gastos de recaudación extrajudiciales e intereses pagaderos, y posteriormente de las sumas principales pendientes, comenzando por las sumas principales pendientes más antiguas, independientemente de las instrucciones en contrario del Comprador.
11.6. El Comprador no podrá compensar sumas adeudadas a IMCD con reclamaciones del Comprador frente a IMCD.
PAGO. 4.4.1 El pago de los bienes y servicios se realizará de la siguiente manera:
(a) El pago se efectuará en la moneda de la oferta. El medio de pago a utilizar es la transferencia bancaria directa a una cuenta correspondiente al Proveedor.
(i) Anticipo: El treinta por ciento (30%) del Precio del Contrato se pagará dentro de los treinta (30) días siguientes a la firma del Contrato, contra solicitud de pago y presentación de una garantía por el monto equivalente y válida hasta que los bienes hayan sido entregados en la forma establecida en los documentos de licitación o en otra forma que el Comprador considere aceptable.
(ii) Al recibir los bienes: El setenta por ciento (70%) del precio del Contrato de los bienes recibidos se pagará dentro de los treinta (30) días siguientes de recibidos los bienes, contra presentación de una solicitud de pago acompañada de un remito o certificado de aceptación emitido por el Comprador.
4.4.2 Detalle de documentos de embarque y documentación de pago:
(a) Documentos de embarque.
i. Detalle de los documentos de Embarque y otros documentos que deben ser proporcionados por el Proveedor: conocimiento de embarque, conocimiento de embarque marítimo no negociable, carta de transporte aéreo, certificado de seguro, certificado de garantía de Fabricante o Proveedor, detalles de embarque desde la Fabrica del Proveedor (Packing List), Factura. El Comprador deberá recibir los documentos arriba mencionados antes de la llegada de los Bienes; si no recibe dichos documentos, todos los gastos consecuentes correrán por cuenta del Proveedor.
PAGO. El adjudicatario deberá presentar sus facturas conforme a lo que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el cual también se consignarán las condiciones de pago. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de observar las facturas presentadas, por inconsistencia con los bienes entregados, los servicios prestados o los precios facturados por el adjudicatario, como por cualquier otro concepto. En los casos de que la contratación contemple la posibilidad de otorgar un anticipo financiero, el mismo deberá estar respaldado por la garantía correspondiente.
PAGO. LOS PAGOS CORRESPONDIENTES, SE REALIZARÁN A MES VENCIDO Y DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DE “LA LEY” DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES Y SE EFECTUARÁN EN MONEDA NACIONAL UNA VEZ PRESENTADA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE CITA A CONTINUACIÓN EN LA GERENCIA DE GESTION Y SERVICIOS AL PERSONAL UBICADA EN XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX No. 32 MEZANINE, DELEGACIÓN XXXXXXXXXX, C.P. 06059, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN UN HORARIO DE 9:00 A 14:30 Y DE 16:00 A 17:30 HORAS: EL PAGO SE EFECTUARÁ, UNA VEZ PRESENTADA LA FACTURA CORRESPONDIENTE, Y VALIDACIÓN DE ACEPTACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO, EMITIDO POR LA SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE GESTIÓN Y SERVICIOS AL PERSONAL, QUIEN SERÁ EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, SIEMPRE Y CUANDO “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DE CUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA A SU OBLIGACIÓN DE ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE PAGO. COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (FACTURA ELECTRÓNICA), EN FORMATO .PDF Y .XML, ENVIADO A LOS CORREOS ELECTRÓNICOS xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx EN LA CUAL DEBERÁ DESCRIBIR EL SERVICIO, EL IMPORTE TOTAL MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, VALIDADA Y SELLADA POR EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. EL VISTO BUENO SERÁ EN LA FACTURA DE LOS SERVICIOS RECIBIDOS, CON LA ACEPTACIÓN POR PARTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO SE REALIZARÁ EN LA CAJA GENERAL DE “EL SEPOMEX”, UBICADA EN LA CALLE XXXXXXXXXX XXXXXXXX. No. 32, P.B. COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN XXXXXXXXXX, C.P. 06059, CIUDAD DE MÉXICO., DE LUNES A VIERNES, EN UN HORARIO DE 9:00 A 14:30 Y DE 16:00 A 17:30 HORAS. EN NINGÚN CASO PROCEDERÁ EL PAGO DE ANTICIPOS. PARA EL CASO DE QUE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET ENTREGADOS POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PRESENTEN ERRORES O INCONSISTENCIAS, “SEPOMEX” A TRAVÉS DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” LOS ERRORES E INCONSISTENCIAS A CORREGIR. EL PERIODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PRESENTE LAS CORRECCIONES, EL PLAZO DE PAGO SE AJUSTARÁ EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 89 Y 90 DE “EL REGLAMENTO”, NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DE PAGO. LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 29 Y 29 A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN APLICABLE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LA QUE SE INDIQUE, LA DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS, PRECIO UNITARIO, CANTIDAD...
PAGO. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia. Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo. La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
PAGO. “LA EMPRESA” deberá presentar la factura y los descuentos que en su caso se otorguen a “EL AYUNTAMIENTO”, el pago se realizará dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa al suministro de bienes en los términos del Contrato, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados. “EL AYUNTAMIENTO” pagará el precio de los bienes suministrados realizado en pesos mexicanos moneda nacional mediante cheque nominativo o transferencia electrónica. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “LA EMPRESA” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones. En caso de que “LA EMPRESA” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PAGO. 2.1 Una vez cumplidas las Condiciones de Entrega, y salvo disposición en contrario en la presente Orden de Compra, el Proyecto PNUD efectuará el pago en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción de la factura del Proveedor y de las copias de los documentos de embarque si correspondiere, especificados en la presente Orden de Compra.
2.2 La certificación de los servicios será aprobada por el responsable designado a tal efecto, bajo las condiciones determinadas en el frente de proyecto en cuestión (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4 “Entregables Esperados”). Se certificará en forma mensual el 70% del servicio, siempre que el proveedor cumpla con los productos definidos en la Matriz de Entregables Esperados (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4.3 “Matriz de entregables esperados”). El cobro del 30% restante, corresponderá al momento de completarse cada uno de los Hitos de Cierre de las Fases del Proyecto de acuerdo con el cronograma de proyecto que se acuerde como definitivo y que se encuentra referido en el punto 4 Entregables Esperados. (Ver Anexo V: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Punto 4.1 “Entregables generales por Hitos de Proyecto”).
2.3 El pago de la factura arriba mencionada reflejará cualquier descuento indicado en las condiciones de pago de la presente orden de compra, siempre que dicho pago se hiciere en el plazo estipulado en dichas condiciones
2.4 Salvo cuando el Proyecto PNUD hubiere autorizado otra cosa, el Proveedor deberá presentar una sola factura por la presente orden de compra y en dicha factura se consignará el número de identificación de la presente orden de compra.
2.5 No se permite aumentar los precios consignados en la presente orden de compra, a menos que el Proyecto PNUD lo hubiere autorizado expresamente por escrito.
PAGO. El uso de la Aplicación y el Servicio será cubierto en línea por medio de un tercero “KONECTA” empresa que se responsabiliza por los cargos y la información de los mismos (empresa ya conocida por trabajar con varias empresas similares) En cuanto a las tasas éstas serán determinadas y fijadas en el programa de la aplicación y vista cada vez que se haga uso de ella. El pago del servicio integrado tanto en el uso de la plataforma como del servicio de la tutoría se hará al TERMINAR LA CLASE. En caso de estar vinculada una cuenta Usuario con una segunda cuenta Usuario, se cobrará la tarifa prevista en la cuenta Vinculante. En todo caso las tasas son las que se fijan en los formatos de la plataforma y se acepta en cada uso de la misma. Siendo los aceptación de los términos en este punto el uso de la plataforma o aplicación. En caso de cancelación de una clase se cobrará un porcentaje de la tarifa contratada según la siguiente tabla: Más de 6 hras -> 0% 6 hrs antes -> 50% 2hrs antes -> 100% Faltando 2 horas o menos para tu clase, asumes el total de la tarifa. XXXXXX utiliza el procesador de pago de un tercero (el "Procesador de Pago" que en el presente caso es KONECTA) para vincular tu cuenta de tarjeta de crédito a la Aplicación y al Servicio. El procesamiento de pagos o créditos, según sea de aplicación, con respecto al uso que hagas de la Aplicación y el Servicio estará sujeto a las condiciones y políticas de privacidad del Procesador del Pago y las del emisor de tu tarjeta de crédito. XXXXXX no será responsable de ningún error del Procesador de Pago al momento de procesar tu pago. Para llevar a cabo el procesamiento del pago, XXXXXX tendrá que manejar determinados datos de la transacción los cuales únicamente se manejaran y utilizaran con arreglo a tu Privacidad y las condiciones que anteponga el Tercero procesador del pago, y siempre respetando los mandatos legales del ordenamiento jurídico mexicano.