PAGO Cláusulas de Ejemplo
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los ...
PAGO. 11.1. Salvo que se acuerde de otro modo por escrito, el pago se realizará en el plazo de 14 días desde la fecha de facturación, sin descuentos ni compensaciones, y en la moneda indicada en la factura.
11.2. Si no se realiza el pago íntegro en el plazo fijado, el Comprador estará en demora en virtud de la ley y estará obligado a pagar intereses al tipo del 10 % anual sobre el importe pendiente desde la fecha de demora hasta el día en que se efectúe el pago íntegro. Si el tipo de interés de demora fijado en la Ley 3/2004 es superior al 10 %, el Comprador estará obligado a pagar el tipo de interés de demora según viene establecido en la Ley 3/2004.
11.3. El Comprador pagará íntegramente a IMCD sus costes judiciales y extrajudiciales reales, incluyendo los honorarios de los abogados, soportados como consecuencia del incumplimiento del Comprador de sus obligaciones derivadas del Contrato en su totalidad y/o a tiempo, mientras que, en cualquier caso, por dicho incumplimiento, el Comprador estará obligado a pagar a IMCD al menos lo costes extrajudiciales que ascenderán al 15 % del importe pendiente, con un mínimo de 125 €.
11.4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 6.3, las reclamaciones acerca de la facturación únicamente podrán efectuarse dentro del plazo de pago. Las reclamaciones deben constar por escrito y su presentación no suspenderá la obligación de pago del Comprador.
11.5. Los pagos se deducirán en primer lugar de los costes judiciales, gastos de recaudación extrajudiciales e intereses pagaderos, y posteriormente de las sumas principales pendientes, comenzando por las sumas principales pendientes más antiguas, independientemente de las instrucciones en contrario del Comprador.
11.6. El Comprador no podrá compensar sumas adeudadas a IMCD con reclamaciones del Comprador frente a IMCD.
PAGO. CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 64 DE “LA LEY”, LOS PAGOS PARCIALES QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SE REALIZARÁN EN MONEDA NACIONAL, UNA VEZ ACEPTADOS A ENTERA SATISFACCIÓN POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE APLICACIÓN DE NORMATIVIDAD DE TRÁNSITO, DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA Y VALIDADA, QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS FISCALES VIGENTES, LA CUAL DEBERÁ SER ACOMPAÑADA DE LA REMISIÓN O REMISIONES QUE DEMUESTREN QUE EL SERVICIO SE REALIZO EN LAS CONDICIONES Y DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO. CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 64 DE “LA LEY”, LOS PAGOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SE REALIZARÁN EN MONEDA NACIONAL, UNA VEZ ACEPTADOS A ENTERA SATISFACCIÓN POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE APLICACIÓN DE NORMATIVIDAD DE TRÁNSITO, DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA Y VALIDADA, QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS FISCALES VIGENTES, LA CUAL DEBERÁ SER ACOMPAÑADA DE LA REMISIÓN O REMISIONES QUE DEMUESTREN QUE EL SERVICIO SE REALIZO EN LAS CONDICIONES Y DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO. LOS PAGOS SE EFECTUARÁN A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL, QUIEN LIBERARÁ EL PAGO RESPECTIVO, POR LO QUE SERÁ NECESARIO DARSE DE ALTA EN EL “SISTEMA DE DEPOSITO INTERBANCARIO EN CUENTA DE CHEQUES”, EN LA SUBDIRECCIÓN DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL SITA EN XX. XXXX XX. IZAZAGA NO. 89, 9º PISO, COL. CENTRO, DELEGACIÓN XXXXXXXXXX, C.P. 06080, MÉXICO, D.F. EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO DEBERÁ PRESENTAR, LA DOCUMENTACIÓN QUE SEA REQUERIDA ASÍ COMO LA CARTA CERTIFICADA EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN BANCARIA, EN EL QUE ACREDITE LA EXISTENCIA DE CUENTA BANCARIA A SU NOMBRE, PARA EFECTUAR LOS DEPÓSITOS CORRESPONDIENTES AL PAGO DEL SERVICIO REALIZADO. LA FACTURACIÓN DEBERÁ ELABORARSE CONFORME A LO SIGUIENTE: FACTURA CORRESPONDIENTE AL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN DEBERÁ VENIR A NOMBRE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX X/X XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX ÁREA 1 DISTRITO FEDERAL 06000, CON EL R.F.C. GDF971205-4NA Y DEBERÁ PRESENTAR DESGLOSADO EL I.V.A., REUNIR LOS REQUISITOS FISCALES QUE ESTABLECE LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN LA MATERIA Y LOS DESCUENTOS, QUE EN SU CASO OTORGUEN AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
PAGO. Salvo que el Vendedor acuerde otros términos en sentido contrario por escrito, los términos de pago son30 días naturales a partir de la fecha de envío de los Bienes o de la prestación de los Servicios. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todos los pagos deberán efectuarse en moneda de los Estados Unidos de América (Dólares de los E.U.A). Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento pleno y oportuno del Comprador, el Vendedor podrá exigir condiciones de pago diferentes a las convenidas en este documento, y podrá solicitar una garantía del cumplimiento pleno y oportuno del Comprador. El Vendedor podrá, una vez presentada dicha solicitud, suspender la fabricación, producción, desarrollo, envío y/o entregas. Si, en el período establecido en dicha solicitud, el Comprador no acepta o se niega a aceptar dichas condiciones de pago diferentes y/o no otorga o se niega a otorgar una garantía suficiente del cumplimiento pleno y oportuno (conforme lo determine el Vendedor), el Vendedor podrá: (a) mediante un aviso al Comprador, considerar dicha falta o negativa a la aceptación como un rechazo por parte del Comprador de la parte de la transacción que no se hubiere completado plenamente a esa fecha, para lo cual, el Vendedor podrá cancelar todas las futuras fabricaciones, producciones, desarrollos, entregas y/o envíos, y cualquier montos pendientes de pago en virtud del presente instrumento se tendrán por vencidos y pagadero de inmediato, o (b) producir, realizar o cumplir con los envíos o las entregas bajo reserva de una garantía prendaria y exigir el pago anticipado contra la entrega de los Bienes o Servicios. Asimismo, el Vendedor podrá cobrar intereses sobre los importes pendientes o vencidos (incluidas sentencias), hasta el importe máximo permitido conforme a la ley aplicable, desde la fecha de vencimiento de dicho importe hasta que este, sumado a los intereses, sea pagado en su totalidad. El Comprador acepta pagar todos los costos y gastos de cobranza, incluyendo honorarios de abogados, que incurra el Vendedor si el Comprador no paga ningún tipo de cantidad, obligaciones o adeudos a su vencimiento. Toda extensión de crédito que realice al Comprador en relación con cualquier venta de Bienes y/o Servicios en virtud del presente se considerará realizada por cualquier Vendedor aplicable.
PAGO. El adjudicatario deberá presentar sus facturas conforme a lo que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el cual también se consignarán las condiciones de pago. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de observar las facturas presentadas, por inconsistencia con los bienes entregados, los servicios prestados o los precios facturados por el adjudicatario, como por cualquier otro concepto. En los casos de que la contratación contemple la posibilidad de otorgar un anticipo financiero, el mismo deberá estar respaldado por la garantía correspondiente.
PAGO. Al proporcionar la información de una tarjeta de crédito o débito válida y/o la información de una cuenta bancaria ("Método de Pago"), el Cliente expresamente: (i) autoriza a Aircall, y/o a cualquier otra empresa o individuo que actúe en nombre de Aircall, a aplicar el Método de Pago como sigue: (x) con carácter mensual para las Tarifas de Uso; con la frecuencia de facturación elegida y especificada por el Cliente en el correspondiente Formulario de Pedido o Compra, según corresponda, para las Tarifas Fijas (la "Frecuencia de Facturación"); y (y) para cualesquiera otras tarifas relacionadas con los Servicios, incluidos los pagos recurrentes facturados mensual o anualmente, y a seguir intentando cargar y/o imponer retenciones en el Método de Pago de dicho Cliente hasta que dichas cantidades sean abonadas en su totalidad; (ii) se compromete a actualizar dicho Método de Pago de forma periódica según sea necesario; y (iii) reconoce y acepta que Xxxxxxx no será responsable de ninguna tarjeta de crédito/débito caducada, fondos insuficientes u otros cargos en los que haya incurrido el Cliente como resultado de dichos intentos de cargo y/o retención en dicho Método de Pago. En el caso de que el Cliente seleccione un Plan que incluya una adjudicación predeterminada de servicios, a menos que se estipule lo contrario como parte de dicho Plan, cualquier adjudicación no utilizada de dichos servicios de un ciclo de facturación no se trasladará a ningún ciclo de facturación futuro. El Cliente acepta que será responsable de cualesquiera tarifas, de haberlas, asociadas a las transferencias bancarias utilizadas para el pago de las facturas a Aircall. Todas las facturas deberán ser abonadas por el Cliente en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura.
PAGO. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia. Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo. La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
PAGO. “LA EMPRESA” deberá presentar la factura y los descuentos que en su caso se otorguen a “EL AYUNTAMIENTO”, el pago se realizará dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa al suministro de bienes en los términos del Contrato, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados. “EL AYUNTAMIENTO” pagará el precio de los bienes suministrados realizado en pesos mexicanos moneda nacional mediante cheque nominativo o transferencia electrónica. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “LA EMPRESA” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones. En caso de que “LA EMPRESA” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PAGO. El pago de los productos adquiridos en el Sitio podrá realizarse por medio de cualquier de los medios de pago ofrecidos por el Sitio, siendo estos, entre otros: tarjeta de crédito y tarjeta de débito. La lista de los medios de pago ofrecidos puede estar sujeta a modificaciones en cualquier momento sin previo aviso para los Usuarios. El pago por medio de tarjeta de crédito o cualquier otro medio de pago online deberá de realizarse en el Sitio. El número de orden que se asigna al realizar la transacción en el Sitio es únicamente de carácter informativo y no implica la aceptación de la transacción por parte de Hg Fire. En caso de tener algún problema con su orden, el Usuario será comunicado por correo electrónico a xxxxxx@xxxxxx.xx o vía telefónica al 00-0000-0000. Hg Fire enviará la confirmación de compra vía correo electrónico. Solo después de la confirmación del pago se liberarán los productos para entrega en la dirección de entrega indicada por el Usuario. Los pagos realizados en el Sitio por medio de tarjeta de crédito, débito están sujetos a análisis y aprobación por parte de Hg Fire. Hg Fire se reserva el derecho de solicitar documentos oficiales al Usuario, como medio de validación al proceso de adquisición de productos a través del Sitio, para validar la titularidad y correcto uso del medio de pago, y en dado caso, a cancelar el pago realizado según su exclusivo criterio. En caso de desconocimiento por parte de la Institución Bancaria correspondiente a los cargos efectuados por el Usuario que corresponda a través de tarjeta de crédito y derivados de operaciones realizadas en el Sitio, Hg Fire se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan y fincar las responsabilidades penales o civiles según sea el caso o de cualquier otra naturaleza, así como de realizar todas aquellas acciones internas que podrán ir desde hacer el cargo nuevamente a la tarjeta de crédito de dicho Usuario hasta la baja definitiva del Usuario en el Sitio, para lo cual no se necesitará autorización previa del Usuario. Orden de aceptación y precios Todos los precios de los productos que se indican a través del Sitio Web incluyen el IVA y los demás impuestos que pudiera corresponder a éstos. No obstante, estos precios no incluyen los gastos correspondientes al envío de los productos, los cuales se detallarán aparte en cada pedido y deberán ser aceptados y pagados, previamente a su envío, directa y exclusivamente por el Usuario.
PAGO. Los pagos correspondientes a la Tarjeta, se deben realizar en efectivo, en cualquier Agencia de EL BANCO, Agencias de la Red Unicard y/o transferencias interbancarias, cuya información se encuentra en el reverso del Estado de Cuenta, o a través de nuestra Banca por Teléfono y/o Red de Agencias de EL BANCO, cuya información de su ubicación se encuentra en la página web de EL BANCO. Los pagos se deben realizar a más tardar en la fecha de vencimiento establecida en el Estado de Cuenta, y serán efectivamente computados a fecha de la transacción hasta dentro de las 48 horas posteriores a su realización. Cualquier pago realizado por EL CLIENTE será imputado en el siguiente orden o prelación: penalidad por pago posterior a la fecha de vencimiento, comisiones, intereses y capital.
6.1. Respecto de los importes de las transacciones que EL CLIENTE hubiese fraccionado para su pago en cuotas mensuales, mediante el uso de los medios y/o alternativas que el Establecimiento Afiliado hubiese puesto a disposición de EL CLIENTE, este último deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.2. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto de las líneas de crédito paralelas a que se refiere el numeral (iii) de la cláusula tercera, EL CLIENTE deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.3. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto en efectivo; deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta. Respecto de todas las transacciones que se hubiesen cargado a la Tarjeta, EL CLIENTE alternativamente, podrá: a) Realizar pagos parciales por importes que no deberán ser inferiores al monto mínimo establecido en el Estado de Cuenta; con la respectiva reducción de interés deduciendo comisiones y gastos. b) Realizar el pago del cien por ciento (100%) del importe a pagar correspondiente al último Estado de Cuenta. Los pagos a que se refieren los numerales 6.1, 6.2 y 6.3 precedentes, serán acumulativos y no excluyentes.