Common use of Confidencialidad y seguridad de la información Clause in Contracts

Confidencialidad y seguridad de la información. a. Confidencialidad i. Cada una de las Partes acuerda que toda la información proporcionada a la otra con el propósito de hacer negocios entre ambas, es información confidencial y exclusiva ("Información Confidencial"). En el caso de Xxxx, la Información Confidencial incluye: (i) las especificaciones de sus afiliados y clientes, así como los diseños, dibujos, documentos, correspondencia, datos y otros materiales relacionados con los Productos. Incluyendo Productos de Trabajo; (ii) toda la información relativa a las operaciones, asuntos y negocios de Dana, sus afiliados y clientes; (iii) las Herramientas de Dana; (iv) los Derechos de Propiedad Intelectual de Dana; (v) los términos del Contrato. ii. Cada una de las Partes acuerda mantener como confidencial la Información Confidencial de la otra Parte, y restringir el acceso y la divulgación de la Información Confidencial de la otra Parte solamente a aquellos consejeros, ejecutivos, asesores, empleados, agentes y contratistas de la Parte receptora (incluyendo, en el caso de Xxxx, sus afiliados y clientes) que tengan la necesidad de conocer la Información Confidencial. Ninguna de las Partes revelará o transferirá la Información Confidencial de la otra Parte directa o indirectamente, a ninguna otra persona, empresa, corporación o entidad sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. La Información Confidencial se considerará como "secreto comercial/industrial" para los efectos de la Ley de Propiedad Industrial, en la medida en que dicha Información Confidencial cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Industrial para ser considerada como un "secreto industrial/comercial". iii. En caso de cualquier uso o divulgación no autorizado de cualquier Información Confidencial por la Parte receptora, la Parte receptora notificará con prontitud la divulgación a la Parte divulgadora y remediará cualquier uso o divulgación no autorizada de cualquier Información Confidencial. iv. La Información Confidencial de cada una de las Partes no incluirá información que: (i) sea pública o se convierta en pública dentro de la industria a la cual tal información se relacione, que no sea divulgación no autorizada en violación al Contrato; (ii) sea legalmente obtenida por la Parte receptora de un tercero que no tuviera obligación de confidencialidad con la Parte reveladora al respecto a la misma; (iii) fuera desarrollada independientemente por la Parte receptora sin utilizar la Información Confidencial de la Parte divulgadora; (iv) sea aprobada por la Parte reveladora para ser revelada. Adicionalmente, las Partes acuerdan que sujeto a los derechos de patente y marca registrada del Proveedor, no existen restricciones para el uso o divulgación de Dana de los atributos geométricos y funcionales de los Productos. v. El Proveedor entregará, sin cargo adicional, la Información Confidencial de Xxxx y todas sus copias a Dana inmediatamente después de la expiración o terminación del presente Acuerdo, o en cualquier otro momento que Xxxx xxxx la petición por escrito (o bien, a elección de Xxxx, que el departamento legal de ésta certifique que la Información Confidencial de Xxxx y todas las copias han sido destruidas de manera segura). vi. El Proveedor declara y acepta que un incumplimiento real o posible con esta Sección causaría un daño irreparable a Dana, por lo que los daños y perjuicios no serían compensación suficiente o sería difícil determinarlos, lo que da derecho a Dana a una medida precautoria preliminar y permanente, sin necesidad de depositar ninguna fianza, además de cualquier otro recurso o recursos que conforme al sistema de equidad estén a su alcance.

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Samples: Contract Acceptance and Terms, Contract Agreement, Contract Acceptance and Terms

Confidencialidad y seguridad de la información. a. Confidencialidad i. Cada una de las Partes acuerda que toda la información proporcionada 1. El contratista quedará obligado a la otra con tratar como confidencial el propósito de hacer negocios entre ambas, es información confidencial y exclusiva ("Información Confidencial"). En el caso de Xxxx, la Información Confidencial incluye: (i) las especificaciones de sus afiliados y clientescontrato, así como los diseños, dibujos, documentos, correspondencia, datos y otros materiales relacionados con los Productos. Incluyendo Productos de Trabajo; (ii) toda la documentación e información relativa entregada o revelada por AIGÜES D’ELX en cumplimiento de lo dispuesto en este Contrato. En particular, el contratista se comprometerá a las operacionesreconocer que la información a la que tenga acceso en el curso de la prestación del servicio es propiedad exclusiva de AIGÜES D’ELX, asuntos y que dicha información posee un valor comercial dentro del ámbito de los negocios desarrollados por la misma y, por consiguiente, garantiza que tal información no será utilizada para usos o finalidades distintos de Danala prestación de los Servicios. Respecto de la información y documentación referida en el párrafo anterior, sus afiliados el contratista deberá: (a) Preservar el carácter secreto de la información confidencial recibida y clientes; (iii) las Herramientas no divulgar, comunicar ni revelar a terceros dicha información y documentación, ni siquiera de Dana; (iv) los Derechos de Propiedad Intelectual de Dana; (v) los términos del Contrato. ii. Cada una de las Partes acuerda mantener como confidencial la Información Confidencial forma fragmentaria o parcial, sin obtener el permiso previo por escrito de la otra Parte, y restringir a impedir que terceros no autorizados tengan acceso a ella; (b) Guardar dicha información, así como cualquier documentación relativa a la misma, en lugar seguro al que sólo las personas autorizadas tengan acceso (c) Utilizar dicha información única y exclusivamente, al objeto perseguido por el acceso presente Contrato. Ante requerimiento legal al contratista para entregar o divulgar a una autoridad competente o juez o tribunal información o documentación que afecte a los puntos antes indicados, éste se compromete a: (a) Notificar anticipadamente y por escrito a la divulgación Empresa, siempre que lo permita la ley, con la mayor urgencia posible y con copia de los documentos e información relevante para esa acción legal, a fin de que proteger sus derechos en la debida forma (b) Las Partes determinarán de mutuo acuerdo el contenido que sea legalmente necesario divulgar, excepto si este contenido viene determinado por las exigencias de las autoridades que correspondan. 2. El compromiso de confidencialidad establecido en esta cláusula no se refiere a información que: (a) Se haya recibido o reciba legalmente de terceros, sin incumplimiento por éstos de ningún compromiso de confidencialidad, (b) Sea conocida públicamente en la fecha de la Información Confidencial firma del contrato o hubiera sido publicada en posterioridad a la firma pero siguiendo indicaciones contenidas en este contrato, o (c) Xxxx revelarse o hacerse pública en cumplimiento de la otra Parte solamente a aquellos consejeros, ejecutivos, asesores, empleados, agentes y contratistas de la Parte receptora (incluyendoexigencias regulatorias. 3. Asimismo, en el caso que el contratista para la ejecución del presente Acuerdo tenga acceso al software, equipos informáticos, hardware, redes de Xxxxcomunicación o similares de cualquiera de las Empresas del Grupo Agbar al que pertenece AIGÜES D’ELX, sus afiliados deberá conocer y clientes) que tengan respetar la necesidad Política de conocer Seguridad de la Información Confidencialdel Grupo Agbar, así como sus Normas de desarrollo y ejecución en todo aquello que le sea de aplicación, siendo responsable de cumplir con las medidas específicas de seguridad de la Información que el Grupo Agbar haya establecido para su ámbito de actuación, con la finalidad de garantizar la seguridad de cualesquiera informaciones o documentos a los que tuviere acceso, cualquiera que sea la forma o soporte en que se encuentre. Ninguna El contratista es responsable de cumplir y hacer cumplir a sus empleados con la Política y las Normas de Seguridad de la Información establecidos por el Grupo Agbar y que le sean de aplicación. De modo específico tiene la obligación de: a) Comunicar, con carácter de urgencia, las posibles incidencias o problemas de seguridad que detecte, colaborando en su resolución; b) Permitir la monitorización y supervisión del cumplimiento de las Partes revelará o transferirá Normas de Seguridad de la Información Confidencial del Grupo Agbar que le sean de aplicación; c) Pedir autorización para la instalación de software en los sistemas de AIGÜES D’ELX (en el caso de que sea de aplicación); d) Garantizar la confidencialidad de la otra Parte directa o indirectamenteinformación mediante el uso de controles cifrados, a ninguna otra persona, empresa, corporación o entidad sin especialmente en las comunicaciones entre el previo consentimiento por escrito AIGÜES D’ELX y el contratista. . Además de las medidas técnicas que garanticen la seguridad de la otra Parte. La Información Confidencial información, se considerará como "secreto comercial/industrial" implementarán las medidas de control y seguimiento apropiadas para los efectos el cumplimiento de la Ley Política, Normas de Propiedad Industrial, en la medida en que dicha Información Confidencial cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Industrial para ser considerada como un "secreto industrial/comercial". iii. En caso de cualquier uso o divulgación no autorizado de cualquier Información Confidencial por la Parte receptora, la Parte receptora notificará con prontitud la divulgación a la Parte divulgadora y remediará cualquier uso o divulgación no autorizada de cualquier Información Confidencial. iv. La Información Confidencial de cada una de las Partes no incluirá información que: (i) sea pública o se convierta en pública dentro Seguridad de la industria a la cual tal información se relacione, Información del Grupo Agbar que no sea divulgación no autorizada en violación al Contrato; (ii) sea legalmente obtenida por la Parte receptora le sean de un tercero que no tuviera obligación aplicación. El incumplimiento de confidencialidad con la Parte reveladora al respecto a la misma; (iii) fuera desarrollada independientemente por la Parte receptora sin utilizar la Información Confidencial de la Parte divulgadora; (iv) sea aprobada por la Parte reveladora para ser revelada. Adicionalmente, las Partes acuerdan que sujeto a los derechos de patente y marca registrada del Proveedor, no existen restricciones para el uso o divulgación de Dana cualquiera de los atributos geométricos y funcionales puntos de los Productos. v. El Proveedor entregaráestas obligaciones podrá suponer la resolución del contrato por parte de AIGÜES D’ELX, sin cargo adicional, perjuicio de que pueda ejercitar también cuantas acciones legales sean pertinentes para obtener la Información Confidencial reparación de Xxxx y todas sus copias a Dana inmediatamente después de la expiración o terminación del presente Acuerdo, o en cualquier otro momento que Xxxx xxxx la petición por escrito (o bien, a elección de Xxxx, que el departamento legal de ésta certifique que la Información Confidencial de Xxxx y todas las copias han sido destruidas de manera segura). vi. El Proveedor declara y acepta que un incumplimiento real o posible con esta Sección causaría un daño irreparable a Dana, por lo que los daños y perjuicios no serían compensación suficiente causados, así como para exigir, en su caso, la responsabilidad penal a que hubiere lugar. Para el cumplimiento de las anteriores premisas, la contratista exigirá de sus empleados y subcontratistas idéntica obligación de confidencialidad. Una vez quede resuelto el contrato, la contratista quedará obligada a entregar a AIGÜES D’ELX todo el material y documentación en soporte papel, analógico, digital, informático o sería difícil determinarlos, lo que da derecho a Dana a una medida precautoria preliminar y permanente, sin necesidad de depositar ninguna fianza, además de cualquier otro recurso o recursos que conforme al sistema de equidad estén tipo puesto a su alcancedisposición por AIGÜES D’ELX para la prestación del suministro. El compromiso de confidencialidad establecido en la presente cláusula permanecerá en vigor con posterioridad a la finalización del Contrato durante un periodo de tres (3) años.

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Samples: Suministro De Energía Eléctrica

Confidencialidad y seguridad de la información. a. Confidencialidad i. Cada una de las Partes Parte acuerda que toda la información proporcionada a la otra con el propósito de hacer negocios entre ambas, mutuamente es información confidencial y exclusiva protegida ("Información Confidencialconfidencial"). En el caso de XxxxDana, la Información Confidencial confidencial incluye: (i) las especificaciones de Dana, sus afiliados filiales y clientes, así como los sobre diseños, dibujos, documentos, correspondencia, datos y otros materiales relacionados con los Productos. Incluyendo Productos , incluido el Producto de Trabajotrabajo; (ii) toda la información relativa a las operaciones, los asuntos y negocios de Dana, sus afiliados filiales y clientes; (iii) las Herramientas el Utillaje de Dana; (iv) los Derechos derechos de Propiedad Intelectual propiedad intelectual de DanaXxxx; y (v) los términos las condiciones del ContratoAcuerdo. ii. Cada una de las Partes Parte acuerda mantener como confidencial la Información Confidencial información de la otra Parte, Parte y restringir el acceso y la divulgación de la Información Confidencial información confidencial de la otra Parte solamente sólo a aquellos los directivos, consejeros, ejecutivos, asesores, empleados, agentes y contratistas de la Parte receptora (incluyendo, en el caso de XxxxDana, sus afiliados filiales y clientes) que tengan la necesidad de necesiten conocer la Información Confidencialconfidencial. Ninguna de las Partes revelará o transferirá la Información Confidencial de dará traslado a la otra Parte de la información confidencial, directa o indirectamente, a ninguna cualquier otra persona, empresa, corporación o entidad sin el consentimiento previo consentimiento por escrito de la otra Parte. La Información Confidencial se considerará como "secreto comercial/industrial" para los efectos de la Ley de Propiedad Industrial, en la medida en que dicha Información Confidencial cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Industrial para ser considerada como un "secreto industrial/comercial". iii. En el caso de cualquier uso o divulgación no autorizado autorizados de cualquier Información Confidencial confidencial por la Parte receptora, la Parte receptora notificará con prontitud dará aviso oportuno de la divulgación revelación a la Parte divulgadora divulgadora, y remediará solucionará cualquier uso o divulgación no autorizada autorizados de cualquier Información Confidencialconfidencial. iv. La Información Confidencial confidencial de cada una de las Partes Parte no incluirá información que: que (i) sea pública esté o se convierta en pública ponga generalmente a disposición del público dentro de la industria a la cual tal información que se relacionerefiera dicha información, que no sea excepto la divulgación no autorizada en violación al Contrato; del Acuerdo, (ii) sea legalmente obtenida se haya obtenido lícitamente por la Parte receptora de un tercero que no tuviera tenía la obligación de confidencialidad con hacia la Parte reveladora al divulgadora con respecto a la misma; ella, (iii) fuera desarrollada independientemente se haya desarrollado de forma independiente por la Parte receptora sin utilizar el uso de la Información Confidencial confidencial de la Parte divulgadora; , o (iv) sea esté aprobada por la Parte reveladora divulgadora para ser reveladasu divulgación. AdicionalmenteAdemás, las Partes partes acuerdan que que, sujeto a los derechos de marca comercial y patente y marca registrada del Proveedor, no existen se aplican restricciones para el uso o ni la divulgación de Dana que Xxxx xxxx de los atributos geométricos y funcionales de los Productos. v. El Proveedor entregará, entregará sin cargo adicional, adicional la Información Confidencial información confidencial de Xxxx y todas sus las copias de la misma a Dana Xxxx inmediatamente después de tras la expiración o terminación del presente Acuerdoextinción de este acuerdo, o en cualquier otro momento que Xxxx xxxx la a petición por escrito de Xxxx (o bieno, a elección opción de Xxxx, que el certificará, a través de su departamento legal de ésta certifique jurídico, que la Información Confidencial confidencial de Xxxx Dana y todas las copias han sido destruidas de manera forma segura). vi. El Proveedor declara proveedor reconoce y acepta que un el incumplimiento real o posible con potencial de esta Sección causaría sección podría causar un daño irreparable a Dana, para lo cual la indemnización por lo que los daños y perjuicios no serían compensación sería un remedio suficiente o sería difícil determinarlosde determinar, lo que da derecho facultando a Dana a una medida precautoria al amparo cautelar preliminar y permanentepermanente por mandato judicial, sin necesidad de depositar ninguna fianzafianza alguna, además de cualquier otro recurso o recursos remedio equitativo x xxxxxxxx que conforme al sistema puedan estar disponibles. b. Seguridad de equidad estén a su alcancela información.

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Samples: Contract Agreement

Confidencialidad y seguridad de la información. a. Confidencialidad i. Cada una de las Partes acuerda que toda la información proporcionada a la otra con el propósito de hacer negocios entre ambas, es información confidencial y exclusiva ("Información Confidencial"). En el caso de Xxxx, la Información Confidencial incluye: (i) las especificaciones de sus afiliados y clientes, así como los diseños, dibujos, documentos, correspondencia, datos y otros materiales relacionados con los Productos. Incluyendo Productos de Trabajo; (ii) toda la información relativa a las operaciones, asuntos y negocios de Dana, sus afiliados y clientes; (iii) las Herramientas de Dana; (iv) los Derechos de Propiedad Intelectual de Dana; (v) los términos del Contrato. ii. Cada una de las Partes acuerda mantener como confidencial la Información Confidencial de la otra Parte, y restringir el acceso y la divulgación de la Información Confidencial de la otra Parte solamente a aquellos consejeros, ejecutivos, asesores, empleados, agentes y contratistas de la Parte receptora (incluyendo, en el caso de Xxxx, sus afiliados y clientes) que tengan la necesidad de conocer la Información Confidencial. Ninguna de las Partes revelará o transferirá la Información Confidencial de la otra Parte directa o indirectamente, a ninguna otra persona, empresa, corporación o entidad sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. La Información Confidencial se considerará como "secreto comercial/industrial" para los efectos de la Ley de Propiedad Industrial, en la medida en que dicha Información Confidencial cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Industrial para ser considerada como un "secreto industrial/comercial". iii. En caso de cualquier uso o divulgación no autorizado de cualquier Información Confidencial por la Parte receptora, la Parte receptora notificará con prontitud la divulgación a la Parte divulgadora y remediará cualquier uso o divulgación no autorizada de cualquier Información Confidencial. iv. La Información Confidencial de cada una de las Partes no incluirá información que: (i) sea pública o se convierta en pública dentro de la industria a la cual tal información se relacione, que no sea divulgación no autorizada en violación al Contrato; (ii) sea legalmente obtenida por la Parte receptora de un tercero que no tuviera obligación de confidencialidad con la Parte reveladora al respecto a la misma; (iii) fuera desarrollada independientemente por la Parte receptora sin utilizar la Información Confidencial de la Parte divulgadora; (iv) sea aprobada por la Parte reveladora para ser revelada. Adicionalmente, las Partes acuerdan que sujeto a los derechos de patente y marca registrada del Proveedor, no existen restricciones para el uso o divulgación de Dana de los atributos geométricos y funcionales de los Productos. v. El Proveedor entregará, sin cargo adicional, la Información Confidencial de Xxxx y todas sus copias a Dana inmediatamente después de la expiración o terminación del presente AcuerdoContrato, o en cualquier otro momento que Xxxx xxxx la petición por escrito (o bien, a elección de Xxxx, que el departamento legal de ésta certifique que la Información Confidencial de Xxxx y todas las copias han sido destruidas de manera segura). vi. El Proveedor declara y acepta que un incumplimiento real o posible con esta Sección causaría un daño irreparable a Dana, por lo que los daños y perjuicios no serían compensación suficiente o sería difícil determinarlos, lo que da derecho a Dana a una medida precautoria preliminar y permanente, sin necesidad de depositar ninguna fianza, además de cualquier otro recurso o recursos que conforme al sistema de equidad estén a su alcance.

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Samples: Contract