Conflicto de Interés. 21.1 El Consultor deberá mantener los intereses del Contratante como de suprema importancia, sin ninguna consideración por trabajos futuros, y evitará estrictamente conflicto con otros trabajos o con sus intereses corporativos.
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Samples: Contrato Para Servicios De Consultoría, www.argentina.gob.ar, www.argentina.gob.ar
Conflicto de Interés. 21.1 El Consultor deberá mantener los intereses del Contratante Cliente como de suprema importancia, sin ninguna consideración por trabajos futuros, y evitará estrictamente conflicto con otros trabajos o con sus intereses corporativos.
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Samples: Contrato De Préstamo, Contrato Para Servicios De Consultoría, h1.honducompras.gob.hn