Tasa de Interés Cláusulas de Ejemplo

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínim...
Tasa de Interés. A partir del desembolso EL (LA) DEUDOR(A) pagará mensualmente a EL BANCO por concepto de interés anual, un ________ por ciento (_____%), sobre los saldos insolutos y cuya tasa de interés será calculada sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días. PARRAFO: EL (LA) DEUDOR(A) reconoce y acepta que EL BANCO queda facultado a revisar periódicamente la tasa de interés a fin de reflejar las variaciones de la tasa que se producen en el mercado respecto a este tipo de facilidad crediticia. La nueva tasa de interés establecida por EL BANCO entrará en vigencia luego de transcurridos treinta (30) días calendarios contados a partir de la fecha en que EL BANCO le haya notificado el cambio de tasa, por cualquier medio fehaciente. Se entenderá que EL (LA) DEUDOR(A) ha dado su aceptación a la nueva tasa de interés, si durante el plazo establecido para su entrada en vigencia, no ha notificado a EL BANCO por escrito su no aceptación a la modificación. El no acuerdo entre las partes sobre la nueva tasa de interés aplicable, dará xxxxx x xx xxxxxxxxx xxx xxxxxxxx, x XX (XX) XXXXXX(X) deberá saldar la facilidad dentro del referido plazo de treinta (30) días calendarios, en base a la tasa de interés prevaleciente hasta el momento de la notificación del cambio de la misma.
Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses. Los intereses podrán devengarse a una tasa fija o a tasa variable, o a una tasa ajustable en función de la evolución de activos financieros, acciones, opciones de cualquier tipo y naturaleza u otros activos, inversiones e índices, sujeto a lo que las normas aplicables permitan, de acuerdo con lo que indique el Suplemento de Prospecto respectivo, y el método de cálculo de los intereses podrá variar entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento de las clases respectivas.
Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables Clase 20 en circulación devengarán intereses sobre el monto de capital no amortizado, a una tasa de interés variable nominal anual, que será la suma de: (i) la Tasa de Referencia aplicable al Período de Devengamiento de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase 20 (según este término se define más adelante), más (ii) el Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Clase 20. La tasa de interés relativa a la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase 20 será calculada por el Agente de Cálculo. La tasa de interés resultante de dicho cálculo será truncada a dos decimales. El criterio de redondeo será el siguiente: del decimal 1 al decimal 4, se redondea hacia abajo; del decimal 5 al decimal 9, se redondea hacia arriba.
Tasa de Interés. En los seguros de vida, las reservas matemáticas y los préstamos sobre la póliza se calcularán a tasas de interés xx xxxxxxx.
Tasa de Interés. (a) Financiamiento del Capital Ordinario. (i) Los intereses se devengarán sobre los saldos deudores diarios xxx Xxxxxxxx, hasta la Fecha de Determinación de la Tasa Base Fija, a una tasa anual para cada Trimestre determinada por el Banco en la Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Basada en LIBOR para cada Trimestre, calculada de la siguiente forma: (A) la Tasa de Interés Basada en LIBOR; (B) más el margen vigente para préstamos del Capital Ordinario vigente en la Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Basada en LIBOR para cada Trimestre expresado en términos de un porcentaje anual.
Tasa de Interés. La persona prestadora debe reconocer a los usuarios un interés remuneratorio por el monto de los cobros no autorizados. Esta tasa será el promedio de las tasas activas xxx xxxxxxx, vigente al momento de la liquidación, debidamente certificado por la Superintendencia Bancaria, de acuerdo con el Artículo 66 de la Ley 45 de 1990.
Tasa de Interés. Todos los Certificados de Depósito pagan una tasa de interés fija durante el plazo del Certificado, con excepción del Certificado de Depósito Empresarial xxx Xxxxxx y el Certificado de Depósito xxx Xxxxxx con Fondos Públicos, los cuales tienen tasas variables. Realizar un retiro antes del vencimiento reducirá las ganancias. La tasa de interés puede ser ajustada por el Banco en caso de que el Depositante haga un retiro parcial que disminuya el saldo del depósito por debajo del mínimo exigido para devengar la tasa existente. El ajuste de la tasa de interés se calcula en función de los niveles de tasas actuales establecidos periódicamente por el Banco. Bajo ninguna circunstancia se incrementarán las tasas por encima de la última tasa divulgada. El Banco puede modificar un Certificado de Depósito para acumular interés a la tasa de interés actual del Banco hasta la próxima fecha de renovación, en función de los niveles de tasas actuales para el saldo restante y al plazo del Certificado de Depósito.
Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables devengarán intereses desde (e incluyendo) la fecha de emisión (la “Fecha de Inicio de los Intereses”) o desde la Fecha de Pago de Intereses más reciente (tal como dichos términos se definen más abajo) en la que se hayan pagado intereses o dicho pago haya sido debidamente provisto, a la tasa nominal anual que será informada en el Aviso de Resultados, hasta que el capital haya sido pagado o se hayan provisto los fondos para su pago. Los intereses serán pagaderos en cuotas en forma semestral en las fechas que serán informadas en el Aviso de Resultados (una “Fecha de Pago de Intereses”) y al Vencimiento Establecido o en caso de aceleración, rescate o recompra tal como se indica en la sección “—Pago del Capital e Intereses” más abajo.
Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés variable nominal anual desde la Fecha de Emisión (inclusive) hasta la Fecha de Vencimiento (exclusive). La Tasa de Interés (conforme este término se define más adelante) será el equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia (conforme este término se define más adelante), más (ii) el Margen Aplicable (conforme este término se define más adelante). La Tasa de Interés será calculada por la Compañía en cada Fecha de Pago de Intereses (conforme este término se define a continuación).