Costo y financiamiento del Programa Cláusulas de Ejemplo

Costo y financiamiento del Programa. El Prestatario es la República Argentina. El Programa será co-ejecutado por: 1) Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR), organismo descentralizado, actuante en la órbita del Ministerio del Interior de la Nación; y 2) la Dirección de Programas y Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial Amplio (DPYPEESA), dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación (SAE). La DPYPEESA será responsable de solicitar y recibir los fondos de CAF y transferir los mismos al FFFIR de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Transferencia y Ejecución Financiera (CTEF) y en el ROP. El FFFIR será responsable de la gestión y administración de todos los recursos transferidos y de la ejecución del contrato xx xxxxxxxx suscripto entre la República Argentina y la CAF, a través de la coordinación y supervisión técnica, fiduciaria, ambiental y social de los proyectos ejecutados por las Jurisdicciones beneficiarias. A tales efectos, las Jurisdicciones constituirán Unidades Ejecutoras Provinciales (UEPs). A efectos de delimitar las responsabilidades de cada una de las entidades participantes, se establecen los siguientes documentos básicos que reglamentan los aspectos principales de la interacción entre las mismas: ● Contrato xx Xxxxxxxx y Reglamento Operativo del Programa (ROP): Entre CAF y los órganos co-ejecutores, FFFIR y la Dirección de Programas y Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial Amplio (DPYPEESA); ● Convenio de Transferencia y Ejecución Financiera (CTEF): entre FFFIR y DPYPEESA; ● Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión (CMAFA) y ROP: entre el FFFIR y las Jurisdicciones provinciales (Anexo 10).
Costo y financiamiento del Programa. El costo total del Programa es de DÓLARES TRESCIENTOS MILLONES (USD 300.000.000), de los cuales el 100% corresponden al préstamo CAF. I. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA 292.682.928 1.1. Eje Transporte 93.121.952 1.2. Eje Energético 60.487.805 1.3. Eje Agua 65.902.439 1.4. Eje Turístico 73.170.732
Costo y financiamiento del Programa. El monto del Programa es de hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (USD 120.000.000). Los costos del Programa se estructuran en dos componentes principales: Obras de Infraestructura y Administración y gestión del Programa. Cada uno tiene subcomponentes que se indican en la Tabla 1. 1.- Obras de Infraestructura 49.262.500 68.964.102,00 000.000.000,00 2.- Administración y Gestión (*) 737.500,00 1.035.898,00 1.773.398,00 a) Componente I: Obras de Infraestructura

Related to Costo y financiamiento del Programa

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO a. Asistir al ejecutor y auxiliar coactivo en la debida tramitación de los expedientes que se sean asignados. b. Analizar expedientes y emitir informes técnico legal en los procedimientos coactivos. c. Apoyar en la realización de las diligencias que se dispongan para el recupero de la deuda materia de ejecución. d. Elaborar memorándums, comunicaciones, requerimientos, cartas, oficios y demás documentos destinados a facilitar y asegurar el normal desenvolvimiento del procedimiento coactivo. e. Atención y respuesta de las solicitudes presentadas por los administrados, el Poder Judicial, Indecopi y Tribunal Fiscal. f. Proyectar resoluciones que resuelvan la suspensión del procedimiento reguladas en el artículo 16° en concordancia con el artículo 31° del TUO de la Ley del procedimiento de ejecución coactiva. g. Proyectar resoluciones de inicio de ejecución coactiva, embargos, levantamientos y suspensiones. h. Proyectar informes en atención a proveídos del Tribunal Fiscal. i. Apoyo en las notificaciones de las resoluciones coactivas. j. Las demás funciones que le asigne el ejecutor coactivo.