Daños por la electricidad. Cubrimos los daños materiales y directos ocasionados por corrientes eléctricas anormales o cortocircuitos producidos por la electricidad o por la caída xxx xxxx, cuando no se derive incendio, en: Modalidad de seguro Capital asegurado Continente Contenido Indicado · La instalación eléctrica del local empresarial asegurado. en las Condiciones –––––– Particulares · Los aparatos eléctricos o electrónicos, con una antigüedad no superior a 10 años y los daños a aparatos frigoríficos con una antigüedad no superior a 20 años, en el momento del siniestro, que formen parte del contenido asegurado, siempre que estén situados en el local empresarial, se utilicen directamente en la actividad empresatial y no estén destinados a su mera elaboración, fabricación, reparación o comercialización. Indicado en las Condiciones Particulares –––––– Indicado en las Condiciones Particulares CO N NO a) Los daños a instalaciones eléctricas y transformadores cuando no se asegure el continente. b) Los daños a los aparatos eléctricos o electrónicos y a los daños a aparatos frigoríficos cuando no se asegure el contenido. c) Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o proveedor. d) Los daños a válvulas, bombillas, lámparas fluorescentes, neones y sus elementos. e) Los daños a bienes o mercancías contenidos en los aparatos eléctricos o electrónicos dañados. f) Los daños producidos por no cumplir la instalación eléctrica los criterios mínimos e imprescindibles de resistencia, seguridad y potencia ante cualquier alteración eléctrica. g) Los daños inherentes al continuo uso o desgaste paulatino producidos por su funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre o incrustaciones. Asimismo, serán de aplicación las exclusiones comunes a todas las coberturas comprendidas en el capítulo XII de estas Condiciones Generales.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
Daños por la electricidad. Cubrimos los daños materiales y directos ocasionados por corrientes eléctricas anormales o cortocircuitos producidos por la electricidad o por la caída xxx xxxx, cuando no se derive incendio, en: Modalidad de seguro Capital asegurado Continente Contenido Indicado en las Condiciones Particulares Indicado · La instalación eléctrica del local empresarial asegurado. en las Condiciones –––––– —— Particulares · Los aparatos eléctricos o electrónicos, con una antigüedad no superior a 10 años y los daños a aparatos frigoríficos con una antigüedad no superior a 20 años, en el momento del siniestro, que formen parte del contenido asegurado, siempre que estén situados en el local empresarial, se utilicen —— Indicado en las Condiciones Particulares directamente en la actividad empresatial y no estén destinados a su mera elaboración, fabricación, reparación o comercialización. Indicado en las Condiciones Particulares –––––– Indicado en las Condiciones Particulares CO N NO
a) Los daños a instalaciones eléctricas y transformadores cuando no se asegure el continente.
b) Los daños a los aparatos eléctricos o electrónicos y a los daños a aparatos frigoríficos cuando no se asegure el contenido.
c) Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o proveedor.
d) Los daños a válvulas, bombillas, lámparas fluorescentes, neones y sus elementos.
e) Los daños a bienes o mercancías contenidos en los aparatos eléctricos o electrónicos dañados.
f) Los daños producidos por no cumplir la instalación eléctrica los criterios mínimos e imprescindibles de resistencia, seguridad y potencia ante cualquier alteración eléctrica.
g) Los daños inherentes al continuo uso o desgaste paulatino producidos por su funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre o incrustaciones. Asimismo, serán de aplicación las exclusiones comunes a todas las coberturas comprendidas en el capítulo XII de estas Condiciones Generales.
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Samples: Insurance Policy
Daños por la electricidad. Cubrimos los daños materiales y directos ocasionados por corrientes eléctricas anormales o cortocircuitos producidos por la electricidad o por la caída xxx xxxx, cuando no se derive incendio, en: Modalidad de seguro Capital asegurado Continente Contenido Indicado · en las Condiciones Particulares Indicado • La instalación eléctrica del local empresarial asegurado. en las Condiciones –––––– —— Particulares · • Los aparatos eléctricos o Indicado en las Condiciones Particulares electrónicos, con una antigüedad no superior a 10 años y los daños a aparatos frigoríficos frigoríficos con una antigüedad no superior a 20 años, en el momento del siniestro, que formen parte del contenido —— asegurado, siempre que estén situados en el local empresarial, se utilicen directamente en la actividad empresatial y no estén destinados a su mera elaboración, fabricación, reparación o comercialización. Indicado en las Condiciones Particulares –––––– Indicado en las Condiciones Particulares CO N NO.
a) Los daños a instalaciones eléctricas y transformadores cuando no se asegure el continente.
b) Los daños a los aparatos eléctricos o electrónicos y a los daños a aparatos frigoríficos cuando no se asegure el contenido.
c) Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o proveedor.
d) Los daños a válvulas, bombillas, lámparas fluorescentesfluorescentes, neones y sus elementos.
e) Los daños a bienes o mercancías contenidos en los aparatos eléctricos o electrónicos dañados.
f) Los daños producidos por no cumplir la instalación eléctrica los criterios mínimos e imprescindibles de resistencia, seguridad y potencia ante cualquier alteración eléctrica.
g) Los daños inherentes al continuo uso o desgaste paulatino producidos por su funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre o incrustaciones. Asimismo, serán de aplicación las exclusiones comunes a todas las coberturas comprendidas en el capítulo XII de estas Condiciones Generales.
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Samples: Nota Informativa Y Del Mediador
Daños por la electricidad. Cubrimos los daños materiales y directos ocasionados por corrientes eléctricas anormales o cortocircuitos producidos por la electricidad o por la caída xxx xxxx, cuando no se derive incendio, en: Modalidad de seguro Capital asegurado Continente Contenido Indicado · La instalación eléctrica del local empresarial asegurado. en las Condiciones –––––– Particulares · Los aparatos eléctricos o electrónicos, con una antigüedad no superior a 10 años y los daños a aparatos frigoríficos con una antigüedad no superior a 20 años, en el momento del siniestro, que formen parte del contenido asegurado, siempre que estén situados en el local empresarial, se utilicen directamente en la actividad empresatial y no estén destinados a su mera elaboración, fabricación, reparación o comercialización. Indicado en las Condiciones Particulares –––––– Indicado en las Condiciones Particulares CO N NO
a) Los daños a instalaciones eléctricas y transformadores cuando no se asegure el continente.
b) Los daños a los aparatos eléctricos o electrónicos y a los daños a aparatos frigoríficos cuando no se asegure el contenido.
c) Los daños cubiertos por la garantía del fabricante o proveedor.
d) Los daños a válvulas, bombillas, lámparas fluorescentes, neones y sus elementos.
e) Los daños a bienes o mercancías contenidos en los aparatos eléctricos o electrónicos dañados.
f) Los daños producidos por no cumplir la instalación eléctrica los criterios mínimos e imprescindibles de resistencia, seguridad y potencia ante cualquier alteración eléctrica.
g) Los daños inherentes al continuo uso o desgaste paulatino producidos por su funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre o incrustaciones. Asimismo, serán de aplicación las exclusiones comunes a todas las coberturas comprendidas en el capítulo XII de estas Condiciones Generales.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro