DE LAS GARANTÍAS. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento del contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. 6.1.- Instrucciones para la elaboración y entrega de garantías de cumplimiento del contrato.
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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta De Servicios, Licitación Pública Nacional Electrónica De Servicios
DE LAS GARANTÍAS. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y el artículo 103 de su Reglamento, para garantizar Garantizar el cumplimiento Cumplimiento del contratoContrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato.
6.1.- Instrucciones para la elaboración y entrega de garantías de cumplimiento del contrato.
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DE LAS GARANTÍAS. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento del contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato.
6.1.- Instrucciones para la elaboración y entrega de garantías de cumplimiento del contrato.
6.2.- Garantía de cumplimiento del contrato.
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DE LAS GARANTÍAS. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y el artículo 103 de su Reglamento, para garantizar Garantizar el cumplimiento Cumplimiento del contratoContrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato.
6.1.- 5.1.- Instrucciones para la elaboración y entrega de garantías de cumplimiento del contrato.
5.2.- Garantía de Cumplimiento del Contrato.
5.3.- Liberación de Garantía de Cumplimiento.
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