Garantía de Participación Cláusulas de Ejemplo

Garantía de Participación. 4.3.1.1. El oferente deberá acompañar su oferta con una garantía de participación que será rendida en cualquiera de las formas indicadas en el Reglamento General de la Contratación Administrativa a favor del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR, por un monto de $19.150 US dólares (Diecinueve mil ciento cincuenta dólares americanos). 4.3.1.2. La vigencia de dicha garantía no podrá ser menor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. 4.3.1.3. Es una obligación del oferente mantener vigente la garantía de participación, mientras el acto de adjudicación queda en firme. 4.3.1.4. La garantía de participación no será devuelta al adjudicatario hasta tanto éste no haya satisfecho los requisitos conducentes a la formalización del contrato. La garantía será devuelta a quienes manteniendo invariable su oferta, no hayan sido favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la firmeza del acto de adjudicación. 4.3.1.5. En caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor xx xxxxxxx y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de bolsa legalmente reconocido. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales de Costa Rica, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva. 4.3.1.6. En cumplimiento de la Directriz UIM/046 /06 /2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por el Fideicomiso, sin embargo los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.1.7. Si la garantía de participación es presentada por medio de cheque del Sistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia.
Garantía de Participación. Cada oferta deberá acompañarse de una Garantía de Participación. El monto de la misma será de un 5% del valor total de la oferta y deberá tener una vigencia de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Los documentos presentados como Garantía de Participación deberán estar dentro de la oferta a presentar en la apertura de las ofertas, un funcionario del departamento de Tesorería Municipal estará presente en la apertura, quien mediante nota aceptará dicha garantía. En caso de ser dinero en efectivo, la cuenta de la Municipalidad de Quepos es la 000-000000-0 del Banco xx Xxxxx Rica, para colones costarricenses, a nombre de la Municipalidad de Quepos.
Garantía de Participación. El oferente deberá presentar el 1% de garantía sobre el monto total de la cotización anual (precio mensual ofrecido por 12 meses). La garantía de participación deberá tener una vigencia mínima de noventa días hábiles a partir de la fecha de recepción de ofertas. La garantía se puede rendir de la siguiente manera: Cuando la garantía es rendida en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, el oferente deberá presentarse antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría para la confección del recibo de depósito, el cual debe entregar en el Área xx Xxxxx ubicada en el primer piso del edificio principal del BCCR y luego entregar copia del recibo sellado en el Departamento de Proveeduría, antes de la apertura de las ofertas. En el caso de presentación de bonos, certificados a plazo, o carta de garantía el oferente deberá de entregarlos antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría. En caso de rendir la garantía con bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor xx xxxxxxx y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta o en los casos que se presenten garantías con un mayor monto, el cual deberá ser igual o mayor en un 0.03% del porcentaje fijado por la Administración para garantizar la presente contratación. Adicionalmente, se puede utilizar el servicio de Transferencia de Fondos a Terceros (TFT), es un servicio del SINPE que opera en tiempo real (liquida en segundos), las 24 horas del día, todos los días del año (7*24). Es provisto por las entidades financieras participantes del SINPE a través de sus sitios web o bien, en plataforma de servicios. La información que se debe suministrar para realizar el pago al BCCR es la siguiente: Cuenta Colones: 10000010001000140 Cuenta Dólares: 10000010002000202 ID Destino: 0-000-000000 (Cédula Jurídica del BCCR) Concepto: Pago por concepto de xxxxx (descripción del pago) Además, se deberá enviar en la oferta una copia del pago o número de comprobante. La garantía será devuelta a los oferentes que hayan mantenido invariable su oferta y no resulten favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará a solicitud de parte y posterior a la notificación del acto de ad...
Garantía de Participación. Debe presentarse en nombre del OFERENTE y rendirse en la misma moneda en la cual se cotizó: a. Monto: 2% del monto total cotizado. b. Vigencia: Debe extenderse hasta por un mes adicional (2 meses) al plazo máximo establecido para dictar el acto de ADJUDICACIÓN. c. Forma de rendir las garantías: Debe ajustarse a lo estipulado en el artículo N° 42, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, no se aceptarán garantías emitidas por el INS, por ser INS Valores parte del mismo grupo de interés económico.
Garantía de Participación. 8.1.1. El Contratista deberá acompañar su oferta con una garantía de participación que será rendida en cualquiera de las formas indicadas en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, a favor del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR, por un monto del 5% del precio total de su oferta. 8.1.2. La vigencia de dicha garantía no podrá ser menor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. 8.1.3. Es obligación del Contratista mantener vigente la garantía de participación, mientras el acto de adjudicación queda en firme. 8.1.4. La garantía de participación será devuelta al adjudicatario una vez formalizado el contrato. La garantía será devuelta a quienes manteniendo invariable su oferta, no hayan sido favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
Garantía de Participación. En los casos en que se así se requiera en las condiciones particulares del cartel de licitación, la Administración solicitará, a los oferentes, una garantía de participación del 1% del costo total estimado por la Administración de los presentes servicios de consultoría. La garantía de participación que sea en dinero efectivo, tendrá que depositarse a nombre de la Junta contratante, indicando concepto y depositante, en la cuenta bancaria de la Junta, y presentar una copia del depósito en el Departamento de Contrataciones, junto con la oferta. La información sobre el número de cuenta bancaria será incorporada en las condiciones particulares del cartel de licitación. Estas garantías de participación serán devueltas a los oferentes una vez que se firme el contrato con el consultor.
Garantía de Participación. El Oferente deberá acompañar su oferta con una garantía de participación a favor del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR, por un 5% del “Precio Total de la Oferta”, entendiéndose por tal, el Precio Mensual del Núcleo de la Unidad de Gestión, multiplicado por 12. a. La vigencia de dicha garantía no podrá ser menor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha señalada para la apertura de las ofertas.
Garantía de Participación. El monto de la Garantía de Participación será de $2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), misma que se deberá cubrir en los términos siguientes: 5.1.1. Para constituir la Garantía de Participación, los Interesados que hubiesen recibido la notificación a que se refiere el numeral 4.1.5 anterior, deberán celebrar un contrato de depósito condicional en la División Fiduciaria del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., en el que deberán afectar dinero en efectivo. El modelo de contrato de depósito condicional estará a disposición de los mismos en el plazo y lugar señalados en el numeral 4.1.2 anterior. Los rendimientos que devenguen los recursos afectos a los contratos de depósito condicional que se constituyan, serán devueltos a su titular en los términos que señale el modelo de dicho contrato. 5.1.2. La Garantía de Participación será devuelta a los Participantes en los términos del contrato a que se refiere el numeral anterior, siempre que no hubieran incurrido en una causal de descalificación conforme a las presentes Bases Generales, que: a) Decidan no continuar en la Licitación. La devolución se efectuará a más tardar el décimo día hábil posterior a la solicitud respectiva; b) Hubieren constituido la Garantía de Seriedad a que se refiere el numeral 5.2 siguiente. La devolución se efectuará a más tardar el décimo día hábil posterior a la solicitud respectiva, y c) Conformen grupos durante la Licitación respecto del monto excedente al establecido en el numeral 5.1. La devolución se efectuará a más tardar el décimo día hábil posterior a la solicitud del Participante.
Garantía de Participación. PROPUESTA TÉCNICA PROPUESTA ECONÓMICA OTROS FORMULARIOS
Garantía de Participación. La administración estará facultada para solicitar, a los oferentes, una garantía de participación entre un uno por ciento (1%) y un cinco por ciento (5%) del monto de la propuesta, el cual se definirá en el respectivo cartel x xxxxxx de condiciones, de acuerdo con la complejidad del contrato. En los casos en que la administración decida no solicitar la garantía de participación y un oferente retire su propuesta, se procederá conforme a lo previsto en los artículos 99 y 100 de esta Ley.