Definiciones específicas para cada Parte. A los efectos del presente Acuerdo y salvo que se especifique lo contrario, se entenderá por: a) en el caso de Canadá, toda persona física que sea ciudadana de Canadá en virtud de la legislación canadiense; b) en el caso de la Parte UE, toda persona física que tenga la nacionalidad de un Estado miembro; y a) en el caso de Canadá, el Gobierno de Canadá; y b) en el caso de la Parte UE, la Unión Europea o los gobiernos nacionales de sus Estados miembros.
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Samples: Economic and Trade Agreement, Economic and Trade Agreement, Acuerdo Económico Y Comercial Global (Aecg)