OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. En el Anexo I, apartado décimo segundo, se indica si en este contrato se recogen obligaciones específicas del contratista o no.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. En desarrollo del objeto del contrato que se realice el contratista cumplirá las siguientes obligaciones específicas, además de los deberes previstos en el artículo 5° de la Ley 80 de 1993:
1. Cumplir con el objeto del contrato en los términos y condiciones pactadas, programando las actividades que deba desarrollar para el cumplimiento del mismo.
2. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte del supervisor y se obliga a estar bajo el control del supervisor, quien velará por el cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas.
3. Proveer el personal para el cumplimiento del contrato según la propuesta presentada, con la dedicación necesaria para que el trabajo se realice de acuerdo con el cronograma de actividades aprobado por el supervisor.
4. Mantener personal de soporte idóneo para atender de manera inmediata los requerimientos de TRANSCARIBE.
5. Mantener el personal ofrecido en la forma propuesta y señalada en los pliegos de condiciones durante todo el plazo de ejecución del contrato. La sustitución de este personal por parte del contratista, dentro del plazo de ejecución del contrato, podrá ser considerada por la entidad como causal de incumplimiento, si estima que la razón aducida no es de fuerza mayor o caso fortuito y en consecuencia, habrá lugar a la aplicación de la cláusula penal prevista en el respectivo contrato. Lo anterior sin perjuicio de que la entidad apruebe la sustitución del personal propuesto ante los argumentos de imposibilidad del contratista de continuar con el mismo, en cuyo caso el personal sustituto propuesto que se presente a consideración y aprobación de la entidad, deberá acreditar calidades iguales o superiores a las de quienes fueron presentados en la propuesta. Así mismo, la entidad podrá exigir previa solicitud escrita que el contratista retire del servicio a cualquier de los miembros del personal que atienda el programa de la entidad, por motivos de seguridad de la entidad, falta de idoneidad profesional o incumplimiento de las gestiones encomendadas.
6. Asumir el costo de los exámenes médicos de ingreso y egreso de conformidad con lo estipulado legalmente, los costos deben estar incluidos en la administración, los cuales vienen a ser los costos indirectos a los costos laborales asumidos por la Empresa de Servicios Temporales.
7. Suministrar la dotación legal de los trabajadores en misión que por ley tengan derecho, de conformidad con lo estipulado en la legislación laboral ...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Adicional a las obligaciones generales contempladas para el desarrollo del contrato de Interventoría, las establecidas en la Minuta del Contrato, en los Términos de Referencia y demás que apliquen; teniendo en cuenta el alcance de las actividades a desarrollar en el proyecto, se considera conveniente incorporar las siguientes obligaciones específicas:
1. Suscribir el Acta de Inicio del CONTRATO DE INTERVENTORÍA.
2. Suscribir conjuntamente con la CONTRATANTE y el CONTRATISTA DE CONSULTORIA que resulte seleccionado en la convocatoria No. PAF-ATF-C-016-2014, ACTA DE INICIO del CONTRATO DE CONSULTORIA.
3. Verificar que el personal propuesto para esta Fase por el CONTRATISTA DE CONSULTORIA se encuentre vinculado al mismo mediante contrato de trabajo y/o de prestación de servicios, así como estar afiliado y al día con los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral.
4. Verificar la existencia, valor asegurado y vigencia de las garantías otorgadas para esta Fase conforme al CONTRATO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO resultante de la convocatoria No PAF-ATF-C-016-2014.
5. Aprobar la metodología y programación de actividades para el CONTRATO DE CONSULTORIA presentado por el CONTRATISTA DE CONSULTORIA, solicitando los ajustes pertinentes, hacerle seguimiento en tiempo real; requerir al CONTRATISTA DE CONSULTORIA que explique las desviaciones del cronograma que se generen; promover con el CONSULTOR las medidas de reacción para superar las causas de las desviaciones del cronograma; si las causas de las desviaciones no se superan, generar alertas oportunas a LA CONTRATANTE y al Supervisor delegado reflejando toda la trazabilidad y gestión del INTERVENTOR.
6. Revisar toda la documentación técnica, legal, ambiental y económica requerida para la ejecución del proyecto, con el objeto de proponer o aceptar las recomendaciones del CONTRATISTA DE CONSULTORIA.
7. Realizar acompañamiento y seguimiento al CONTRATISTA DE CONSULTORIA en la verificación de las condiciones de ejecutabilidad del proyecto.
8. Verificar y aprobar el personal propuesto por el CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO para esta Fase que resulte de la convocatoria No. PAF-ATF-C-016-2014, conforme a la propuesta presentada y los Términos de Referencia y verificar que el mismo personal permanezca hasta la terminación de la Fase y cumpla con las dedicaciones establecidas.
9. Analizar y aprobar cualquier cambio de personal que el CONTRATISTA DE CONSULTORIA proponga, verificando que el trabajador o profesional nuevo cue...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. 7.1.1. El CONTRATISTA deberá cumplir a cabalidad con las actividades relacionadas en el punto 6 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS INSUMOS, BIENES, PRODUCTOS, OBRAS O SERVICIOS A ENTREGAR de este documento.
7.1.2. El CONTRATISTA prestará los servicios a los usuarios, Sedes, y sitios que se enuncian en el presente documento donde hace presencia el ICBF, partiendo de una línea base y ajustándose a los cambios que se den en ésta, según la dinámica de las necesidades institucionales.
7.1.3. El CONTRATISTA prestará los servicios bajo el marco de referencia de las buenas prácticas como mínimo en ITIL v3 2011, COBIT v5 y las Norma ISO 27001 e ISO 9001 en su última versión vigente.
7.1.4. La estrategia de infraestructura y calidad de servicio de El CONTRATISTA deberá cumplir con los ANS (ANEXO INFORMATIVO N° 01 ACUERDOS NIVELES DE SERVICIO) indicados para este contrato. La entidad podrá definir nuevos ANS o modificar los contratados de acuerdo a sus necesidades y de común acuerdo con el contratista en cualquier momento con el fin de garantizar la óptima prestación de los servicios.
7.1.5. El CONTRATISTA deberá contar con la infraestructura (oficinas, recurso humano, recursos tecnológicos e infraestructura de comunicaciones, etc.) necesarias para solventar la operación y atención de todos los servicios, garantizando así el cumplimiento de las actividades que se describen en cada uno, más las adicionales que El CONTRATISTA requiera para cumplir con las obligaciones contractuales.
7.1.6. Para el cumplimiento de Seguimiento y Gestión de sus actividades diarias y apoyar la coordinación con el personal de la Subdirección de Recursos Tecnológicos y de los Operadores de TIC, El CONTRATISTA deberá suministrar a la firma del acta de inicio 7 (Siete) teléfonos móviles con tecnología 4g, con planes de voz de mínimo 1000 minutos mensuales a cualquier operador telefónico nacional, plan cerrado (no debe permitir exceder los minutos al mes asignados) y servicio de consulta, envío y recepción de correo electrónico corporativo y redes sociales (Este servicio debe ser ilimitado), así como la posibilidad de poder consultar las herramientas de gestión y monitoreo en cualquier momento desde los móviles, estos serán utilizados por los profesionales de la SRT que tienen que realizar dicho seguimiento al servicio (Líder xx Xxxx de Servicio, Líder de Soporte en Sitio, Líder de Grupo de Atención y Servicio al Cliente, Supervisor de Gestión de Incidentes, Supervisor de Gestión de Activos y Con...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Para dar cumplimiento al objeto del contrato, el Contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones que se relacionan a continuación:
1. Cumplir con el ANEXO TÉCNICO No. 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES Y SERVICIOS REQUERIDOS.
2. EL CONTRATISTA se debe hacer cargo a todo costo del traslado y acopio de los muebles, que dispondrá para ejecutar las actividades de instalación, los cuales deberán ser trasladados de acuerdo a lo establecido por el supervisor del contrato. En todo caso el contratista deberá ejecutar el traslado el mismo día de la entrega e instalación.
3. Garantizar que los bienes a entregar sean nuevos en su totalidad, se encuentren en perfectas condiciones y lleguen debidamente embalados y rotulados teniendo presente los cuidados en el momento de transportarse.
4. Entregar los muebles y enseres del presente contrato con seriedad, responsabilidad, profesionalidad, eficiencia oportuna y calidad.
5. Expedir y hacer entrega de la garantía respectiva y los bienes objeto del presente proceso.
6. Responder por los daños que puedan presentarse durante la ejecución del contrato.
7. Entregar al supervisor del contrato un informe detallado de los bienes entregados con registros fotográficos de entrega y ubicación junto con su respectiva garantía no menor a un año.
8. El proponente, una vez adjudicado el contrato y dentro de los dos (2) días siguientes, concertará con el supervisor del contrato, la tonalidad del color, con el cual deberá ser entregados los muebles objeto de compra.
9. Las demás que se deriven de la naturaleza y del objeto del contrato.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. 7.1.1 Cumplir con los lineamientos y especificaciones contenidos en la ficha de condiciones técnicas, la cual forma parte integral del contrato.
7.1.2 Orientar, planear, organizar, administrar y ejecutar los eventos según las necesidades definidas por el ICBF.
7.1.3 Realizar las cotizaciones de cada servicio o bien requerido teniendo en cuenta las políticas de austeridad y lo definido en la presente ficha de condiciones técnicas, dando prioridad de acuerdo con la fecha de realización del evento, pero siempre respetando el tiempo establecido. Las cotizaciones y negociaciones deben hacerla a nombre propio y no del ICBF.
7.1.4 Realizar la contratación de los proveedores de manera oportuna una vez el supervisor apruebe la mejor oferta, de tal forma que se garantice el desarrollo del evento con el proveedor aprobado.
7.1.5 Enviar los datos del evento a más tardar al día siguiente de la aprobación de la cotización tales como dirección del lugar aprobado, los menús seleccionados, placas de vehículos, el nombre del salón el nombre y datos de contacto del asistente operativo para cada uno de los eventos, donde aplique.
7.1.6 Operar la logística necesaria para llevar a cabo la realización de los eventos, según los requerimientos del ICBF, solicitados a través del supervisor del contrato.
7.1.7 Identificar al productor de evento y a los asistentes operativos en campo, a través del uniforme institucional con carné de identificación visible. Así como, garantizar una excelente presentación personal para los eventos.
7.1.8 Realizar la contratación o adquisición de un bien o servicio logístico, previa autorización del supervisor del contrato. Los bienes o servicios adquiridos para la realización de un costo al ICBF.
7.1.10 Buscar las mejores tarifas y descuentos corporativos, de acuerdo con las condiciones particulares del territorio donde deba desarrollarse la respectiva actividad. Todos los descuentos, tarifas preferenciales, cortesías y demás beneficios que otorguen los proveedores como resultado de la realización de un evento, deben ser trasladados por el operador al ICBF.
7.1.11 Responder a los requerimientos realizados por el ICBF dentro de los tiempos establecidos en la ficha de condiciones técnicas.
7.1.12 Solicitar autorización del supervisor cuando requiera realizar alguna modificación a los eventos e informar al proveedor y al responsable del evento el procedimiento a seguir ante novedades en el evento.
7.1.13 Contratar los conferencistas, talleristas que sean ...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Adicionalmente y considerando el alcance de las actividades a desarrollar en el proyecto, la Unidad de Gestión considera conveniente incorporar las siguientes obligaciones específicas: El contratista se obliga a realizar todos los ajustes, modificaciones y/o complementos de los diseños que se deriven xx xxxxxx imputables a éste y que haya entregado producto de las actas de servicio suscritas en el marco del contrato, aún si dichas actas se encuentran recibidas y terminadas. No obstante lo anterior la entidad estará en la facultad de dar aplicación a los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS pactadas en el presente contrato, de acuerdo con la calificación de desempeño del contratista, en concordancia con la tabla de niveles de desempeño en el indicador denominado RESPUESTA A SOLICITUDES DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA, así como hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS a) El período mínimo de mantenimiento de los puestos indefinidos creados por nueva contratación o por transformación de un contrato de duración determinada en contrato de tiempo indefinido será de 24 meses desde la formalización o transformación del contrato o del período de interinidad. Para las contrataciones de interinidad se mantendrán, al menos, durante el período de actividad subvencionado. Estos períodos se acreditarán mediante original o copia auténtica o autenticada de certificación del Informe de Vida Laboral actualizada de la persona contratada, en el caso de que se haya producido oposición expresa de ésta a su consulta mediante la firma del modelo recogido como Anexo, debidamente cumplimentado, que se aprobará con la correspondiente convocatoria, así como, mediante la consulta del Informe de Vida Laboral de Empresas, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 00103800
b) Si por cualquier incidencia, las personas contratadas causaran baja sin haber transcurrido dicho período mínimo, en el plazo máximo de un mes se realizará la sustitución mediante otra contratación de las mismas características, que deberá ser comunicada al órgano competente para resolver en el plazo de 10 días desde que se haga efectiva aquélla, acompañada del nuevo contrato. Esta nueva contratación, no generará derecho a otra ayuda. En caso contrario, la cuantía de la ayuda será reintegrada en los términos establecidos en el artículo 54.3 de la presente Orden. En los supuestos de despido declarado improcedente por los órganos jurisdiccionales del Orden Social, sin que se opte por la readmisión de la persona trabajadora, procederá el reintegro de la totalidad. Cuando se trate de contratos de interinidad, si la persona contratada causara baja antes de finalizar el periodo de sustitución, en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales a contar desde que ésta se produzca, se podrá optar por realizar otra contratación por el tiempo que resta, sin que ello genere una nueva ayuda, o dar por finalizado el periodo subvencionable, reduciéndose proporcionalmente la cuantía de la subvención en función del tiempo efectivo de trabajo y procediendo el reintegro del exceso. En el mismo plazo, deberá comunicarse dicha baja y, en su caso, la nueva contratación al órgano competente para resolver.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS a) POR PARTE DEL
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Entrega de los bienes. La implementación del proyecto requiere que el contratista despliegue varias actividades, las cuales se dividen en las fases que a continuación se contemplan: