Definición del Período de Garantía de Buena Ejecución. La expresión “Período de Garantía de Buena Ejecución” se refiere al período de al menos 180 (ciento ochenta) días, computados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Recepción Provisoria de la Obra de acuerdo con el Articulo 33 anterior, hasta la fecha de suscripción del Acta de Recepción Definitiva.
Appears in 4 contracts
Samples: Contrato De Provisión Y Montaje Del Equipamiento Mobiliario Exterior, Invitación a Presentar Ofertas, Modelo De Contrato
Definición del Período de Garantía de Buena Ejecución. La expresión “Período de Garantía de Buena Ejecución” se refiere al período de al menos 180 (ciento ochenta) días, computados a partir de la fecha de suscripción del Acta o Actas de Recepción Provisoria de la Obra de acuerdo con el Articulo 33 anterior, hasta la fecha de suscripción del Acta o Actas de Recepción Definitiva.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Las Obras Civiles, Instalaciones Y Mantenimiento Posterior De