Del requerimiento de convalidación. Plazo y cronograma.- La convalidación de errores de forma se cumplirá dentro del término mínimo de dos (2) o máximo de cinco (5) días, contado a partir de la fecha de notificación. El término lo fijará la entidad contratante en relación al procedimiento de contratación y al nivel de complejidad y magnitud de la información requerida, observando para el efecto los principios de oportunidad e igualdad.
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Del requerimiento de convalidación. Art. 154.- Plazo y cronograma.- La convalidación de errores de forma se cumplirá dentro del término mínimo de dos (2) o máximo de cinco (5) días, contado a partir de la fecha de notificación. El término lo fijará la entidad contratante en relación al procedimiento de contratación y al nivel de complejidad y magnitud de la información requerida, observando para el efecto los principios de oportunidad e igualdad.
Art. 155.- Notificación.- El pedido de convalidación de errores será notificado a todos los participantes en el procedimiento cuya oferta deba ser convalidada y se lo hará a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
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Del requerimiento de convalidación. Plazo y cronograma.- La convalidación de errores de forma se cumplirá dentro del término mínimo de dos (2) o máximo de cinco (5) días, contado a partir de la fecha de notificación. El término lo fijará la entidad contratante en relación al procedimiento de contratación y al nivel de complejidad y magnitud de la información requerida, observando para el efecto los principios de oportunidad e igualdad.,
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Del requerimiento de convalidación. Art. 154.- Plazo y cronograma.- La convalidación de errores de forma se cumplirá dentro del término mínimo de dos (2) o máximo de cinco (5) días, contado a partir de la fecha de notificación. El término lo fijará la entidad contratante en relación al procedimiento de contratación y al nivel de complejidad y magnitud de la información requerida, observando para el efecto los principios de oportunidad e igualdade
Art. 155.- Notificación.- El pedido de convalidación de errores será notificado a todos los participantes en el procedimiento cuya oferta deba ser convalidada y se lo hará a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
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