DERECHO DE RESERVA. En caso de detención de cualquier persona trabajadora del la empresa, hasta que exista sentencia firme y por un plazo máximo de seis meses, la empresa reservará a la persona su puesto de trabajo, quedando suspendido durante el referido periodo considerándose al afectado en situación de excedencia voluntaria, sin derecho, por tanto, a percepción alguna, perdiendo el derecho al reingreso en caso de sentencia condenatoria.
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Samples: Convenio Colectivo, Xv Convenio Colectivo Interprovincial Para El Comercio De Flores Y Plantas, Convenio Colectivo
DERECHO DE RESERVA. En caso de detención de cualquier persona trabajadora del la empresatrabajador, hasta que exista sentencia senten- cia firme y por un plazo máximo de seis meses, la empresa reservará a la persona al trabajador su puesto de trabajo, quedando suspendido durante el referido periodo considerándose al afectado en situación de excedencia voluntariavolunta- ria, sin derecho, por tanto, a percepción alguna, perdiendo el derecho al reingreso en caso de sentencia condenatoria.
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Samples: Xiii Convenio Colectivo Interprovincial De Empresas Para El Comercio De Flores Y Plantas
DERECHO DE RESERVA. En caso de detención de cualquier persona trabajadora del la empresa, hasta que exista sentencia firme y por un plazo máximo de seis meses, la empresa reservará a la persona su puesto de trabajo, quedando suspendido durante el referido periodo considerándose al afectado en situación de excedencia voluntaria, sin derecho, por tanto, a percepción alguna, perdiendo el derecho al reingreso en caso de sentencia condenatoria.. cve: BOE-A-2018-12212 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Comercio De Flores Y Plantas