Common use of Derecho de reunión Clause in Contracts

Derecho de reunión. Se garantizará el derecho que los trabajadores tienen de reunirse en su centro de trabajo, siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades del mismo y, en todo caso, de acuerdo con la legislación vigente. Las reuniones deberán ser comunicadas al empresario o representante legal de la empresa, con la antelación debida, con indicación de los asuntos incluidos en el orden del día y las personas no pertenecientes a la plantilla del centro de trabajo que van a asistir a la asamblea. Con el fin de garantizar este derecho al personal no docente, el empresario o representante legal de la empresa, podrá regular el trabajo del día, con el fin de hacer posible la asistencia de este personal a dichas asambleas.

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Samples: www.boe.es, www.cece.es, www.fsieclm.es

Derecho de reunión. Se garantizará el derecho que los trabajadores tienen de reunirse en su centro de trabajo, trabajo siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades del mismo y, en todo caso, de acuerdo con la legislación vigente. Las reuniones deberán ser comunicadas al empresario o representante legal de la empresa, empresa con la antelación debida, con indicación de los asuntos incluidos en el orden del día y las personas no pertenecientes a la plantilla del centro de trabajo que van a asistir a la asamblea. Con el fin de garantizar este derecho al personal no docente, el empresario o representante legal de la empresa, empresa podrá regular el trabajo del día, día con el fin de hacer posible la asistencia de este personal a dichas asambleas.

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Samples: intersindical.org

Derecho de reunión. Se garantizará el derecho que los trabajadores tienen de reunirse en su centro de trabajo, siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades del mismo y, en todo caso, de acuerdo con la legislación vigente. Las reuniones deberán ser comunicadas al empresario o representante repre- sentante legal de la empresa, con la antelación debida, con indicación de los asuntos incluidos en el orden del día y las personas no pertenecientes a la plantilla del centro de trabajo que van a asistir a la asamblea. Con el fin de garantizar este derecho al personal no docente, el empresario empre- sario o representante legal de la empresa, podrá regular el trabajo del día, con el fin de hacer posible la asistencia de este personal a dichas asambleasasam- bleas.

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Samples: www.boe.es

Derecho de reunión. Se garantizará el derecho que los trabajadores tienen de reunirse reu- nirse en su centro de trabajo, siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades del mismo y, en todo casoca- so, de acuerdo con la legislación vigente. Las reuniones deberán de- berán ser comunicadas al empresario o representante legal de la empresa, con la antelación debida, con indicación de los asuntos incluidos en el orden del día y las personas no pertenecientes a la plantilla del centro de trabajo que van a asistir a la asamblea. Con el fin de garantizar este derecho al personal no docentedocen- te, el empresario o representante legal de la empresa, podrá po- drá regular el trabajo del día, con el fin de hacer posible la asistencia de este personal a dichas asambleas.

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