DERECHOS Y PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. Sin perjuicio del resto de derechos que resultan del TRLCSP, la Administración gozará de las siguientes prerrogativas: a) Interpretar el contenido del contrato y resolver las dudas sobre su cumplimiento, así como determinar el alcance de cualesquiera actuaciones recogidas o derivadas del presente PCAP y del PPT, y los plazos asociados en los que dichas actividades deban ejecutarse. b) Modificar el contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, en los términos y con los efectos previstos en el presente PCAP y en el TRLCSP. c) Restablecer el equilibrio económico del contrato cuando de conformidad con la legislación vigente y el presente PCAP proceda. d) Acordar la ampliación / reducción de la cartera de servicios sanitarios, en los términos previstos en el presente PCAP. e) Aprobar los Planes de Gestión Sanitaria del Centro, el Plan Actuación en materia de Sistemas y Tecnologías de la Información, e Inversiones, y los sucesivos hasta la finalización de la concesión, así como sus correspondientes desarrollos operativos. f) Acordar el rescate de la concesión, así como la intervención del servicio público en los términos previstos en la Ley. g) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta en los casos y condiciones previstas en el presente PCAP. h) Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de las obligaciones de la Entidad adjudicataria, a cuyo efecto podrá inspeccionar los servicios, instalaciones, locales, equipamiento informático, sistemas de información y sus datos, así como toda la documentación relacionada con el objeto del contrato. i) Asumir la gestión del servicio público sanitario en los supuestos en que se produzca la intervención del mismo.
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Samples: Concession Agreement, Concession Agreement
DERECHOS Y PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. Sin perjuicio del resto de derechos que resultan del TRLCSPpresente PCAP, de la restante documentación contractual, así como de la normativa vigente, la Administración gozará de las siguientes prerrogativas:
a) Interpretar el contenido del contrato y resolver las dudas sobre su cumplimiento, así como determinar el alcance de cualesquiera actuaciones recogidas o derivadas del presente PCAP y del PPT, y los plazos asociados en los que dichas actividades deban ejecutarse.
b) Modificar el contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, en los términos y con los lo efectos previstos en el presente PCAP y en el TRLCSPla LCSP.
c) Restablecer el equilibrio económico del contrato cuando de conformidad con la legislación vigente en los supuestos y condiciones establecidos en el presente PCAP proceda.PCAP
d) Acordar la ampliación / ampliación/reducción de la cartera de servicios sanitarios, en los términos previstos en el presente PCAP.
e) Aprobar los Planes iniciales de Gestión Sanitaria del CentroGestión, el Plan Calidad, Actuación en materia de Sistemas y Tecnologías de la Información, e Inversiones, y los sucesivos hasta la finalización de la concesión, así como sus correspondientes desarrollos operativos.
f) Acordar el rescate de la concesión, así como la intervención del servicio público concesión en los términos previstos en la Leyel presente PCAP.
g) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta en los casos y condiciones previstas en el presente PCAP.
h) Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de las obligaciones de la Entidad adjudicataria, a cuyo efecto podrá inspeccionar los servicios, sus obras, instalaciones, locales, equipamiento informático, sistemas de información y sus datos, así como toda la documentación relacionada con el objeto del contrato.
i) Asumir la gestión del servicio público sanitario en los supuestos en que se produzca la intervención del mismo.
j) Imponer con carácter temporal las condiciones de utilización de la infraestructura sanitaria que sean necesarias, para solucionar situaciones excepcionales de interés general.
k) Imponer a la Entidad adjudicataria las penalidades pertinentes por razón de los incumplimientos en que incurra, en los términos previstos en el presente PCAP.
l) Aprobar los Planes de Inversiones iniciales y los sucesivos hasta la finalización de la concesión así como sus anualidades, priorizando la realización de aquellos aspectos que sean más necesarios para la prestación del servicio sanitario, conforme a los criterios asistenciales.
m) Autorizar las modificaciones en las anualidades de los Planes de Inversiones
n) Vigilar a través de sus propios servicios técnicos y de las auditorias que ordene, la correcta ejecución de los Planes de Inversiones vigentes.
o) Los demás derechos reconocidos en el presente PCAP, en el PPT y en la legislación vigente.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Gestión Por Concesión De Atención Sanitaria Especializada
DERECHOS Y PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. Sin perjuicio prejuicio del resto de derechos que resultan del TRLCSPpresente PCAP y de la normati- va vigente, la Administración gozará de las siguientes prerrogativas:
a) Interpretar el contenido del contrato y resolver las dudas sobre su cumplimiento, así como determinar el alcance de cualesquiera actuaciones recogidas o derivadas del presente PCAP y del PPT, y los plazos asociados en los que dichas actividades deban ejecutarsecumpli- miento.
b) Modificar el contrato, por razones de interés público debidamente justificadasjustifica- das, en los términos y con los lo efectos previstos en el presente PCAP y en el TRLCSPPCAP.
c) Restablecer el equilibrio económico del contrato cuando de conformidad con en los supuestos y condicio- nes establecidos en la legislación vigente y el Cláusula 20 del presente PCAP procedaPCAP.
d) Acordar la ampliación / reducción de la cartera de servicios sanitarios, en los términos previstos en el presente PCAP.
e) Aprobar los Planes de Gestión Sanitaria del Centro, el Plan Actuación en materia de Sistemas y Tecnologías de la Información, e Inversiones, y los sucesivos hasta la finalización de la concesión, así como sus correspondientes desarrollos operativos.
f) Acordar el rescate de la concesión, así como la intervención del servicio público en los términos previstos en la Ley.
g) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta en los casos y condiciones previstas en el presente PCAP.
he) Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento cumplimien- to de las obligaciones de la Entidad adjudicatariaSociedad Concesionaria, a cuyo efecto podrá inspeccionar ins- peccionar los servicios, sus obras, instalaciones, locales, equipamiento informático, sistemas de información y sus datos, así como toda la documentación relacionada docu- mentación, relacionados con el objeto del contratode la concesión.
if) Asumir la gestión del servicio público sanitario explotación de la obra pública en los supuestos en que se produzca produz- ca el secuestro de la intervención concesión.
g) Imponer a la Sociedad Concesionaria las penalidades pertinentes por razón de los incumplimientos en que incurra.
h) Imponer con carácter temporal las condiciones de utilización de la obra pública que sean necesarias para solucionar situaciones excepcionales de in- terés general, en las condiciones y con los efectos previstos en la Cláusula 20 del mismopresente PCAP.
i) Disponer las medidas necesarias durante la fase de construcción de la obra pública, con el fin de coordinar la provisión de los equipamientos médico- sanitarios de su responsabilidad precisos para la puesta en funcionamiento del Hospital.
j) Los demás derechos reconocidos en el presente PCAP y en la legislación vi- gente.
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Samples: Contract for the Drafting, Construction, and Operation of the Hospital of Coslada