PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS Cláusulas de Ejemplo

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. Prerrogativas de la administración. 47.- Jurisdicción competente.
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 33.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. 33.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato administrativo serán resueltas, previo informe del Servicio Jurídico, por el órgano de contratación cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. 33.3. El régimen de recursos es el que se señala en el punto 40 del Cuadro-Resumen. Los actos que se especifican en el artículo 44.2 de la LCSP, referidos a los contratos que se indican en el apartado 1 del artículo 44 de dicho texto legal, son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo y deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles. El órgano competente para conocer el recurso será el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra la resolución del recurso especial solo procederá la interposición de recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante el recurso especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos del Museo Nacional xxx Xxxxx que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 de la LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Por el Museo Nacional xxx Xxxxx, Enterado y conforme: LA DIRECTORA ADJUNTA DE EL CONTRATISTA ADMINISTRACIÓN, Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Página 56 de 69 Código seguro de Verificación : GEN-8b70-916b-14f4-8e64-7480-ad9e-26b1-813d | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx... Expediente nº 21AA0329 El presente Xxxxxx ha s...
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 27.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y 27.2. Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, modificación, efectos y resolución del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto por la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. 27.3. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, siempre que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada o de un contrato comprendido en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP de cuantía igual o superior a 200.000 euros, los actos comprendidos en el artículo 40.2 del TRLCSP. CUADRO-RESUMEN XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD Y CON CONCURRENCIA CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE IMPRESIÓN PARA EL CONSORCIO CASA DE AMÉRICA, EN MODALIDAD ARRENDAMIENTO FINANCIERO “RENTING”
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 27. Prerrogativas de la Administración, jurisdicción y recursos 27.1. Prerrogativas de la Administración
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. El Órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 37.1. Prerrogativas de la Administración
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 05/09/2018 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F