Common use of Determinación del consumo facturable cuando no sea posible establecer la medida y no existe acción u omisión de las partes Clause in Contracts

Determinación del consumo facturable cuando no sea posible establecer la medida y no existe acción u omisión de las partes. El consumo dejado de facturar corresponde a la diferencia existente entre el consumo real registrado al momento de la detección de la anomalía y el consumo facturado. El valor total en pesos del consumo dejado de facturar se obtiene sumando al valor de la energía, el valor de contribución no facturada y/o descontando los subsidios, según sea el caso, a partir de la siguiente fórmula: VCDF = ((CR * TV)) + (VCNF); donde VCDF: Valor del consumo dejado de facturar CR: Consumo Real (*) CF: Consumo Facturado TV = Tarifa vigente del servicio de energía para el mes en el que se detectó la irregularidad y/o anomalía, la cual debe incluir el subsidio cuando aplique. VCNF= Valor Contribución no facturada, aplica para USUARIOS no residenciales y residenciales estrato 5 y 6. Cuando sin acción u omisión de las partes, durante un período no sea posible medir razonablemente con instrumentos los consumos, estos podrán determinarse por cualquiera de los métodos que se indican a continuación: 1. Promedio histórico o promedio del estrato. 2. Cálculo por Aforo: a) Por carga medida en amperios y voltaje de suministro (potencia instantánea)

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Samples: Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica

Determinación del consumo facturable cuando no sea posible establecer la medida y no existe acción u omisión de las partes. El el consumo dejado de facturar corresponde a la diferencia existente entre el consumo real registrado al momento de la detección de la anomalía y el consumo facturado. El valor total en pesos del consumo dejado de facturar se obtiene sumando al valor del servicio de la energíagas, el valor de contribución no facturada y/o descontando los subsidios, según sea el caso, a partir de la siguiente fórmula: VCDF = ((CR * TV)) + (VCNF); donde VCDF: Valor del consumo dejado de facturar CR: Consumo Real (*) CF: Consumo Facturado TV = Tarifa vigente del servicio de energía gas para el mes en el que se detectó la irregularidad y/o anomalía, la cual debe incluir el subsidio cuando aplique. VCNF= Valor Contribución no facturada, aplica para USUARIOS no residenciales y residenciales estrato 5 y 6. Cuando sin acción u omisión de las partes, durante un período no sea posible medir razonablemente con instrumentos los consumos, estos podrán determinarse por cualquiera de los métodos que se indican a continuación: 1. Promedio histórico o promedio del estrato. 2. Cálculo por Aforo: a) Por carga medida en amperios y voltaje de suministro (potencia instantánea)

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Samples: Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Gas Combustible