Common use of Devolución de depósitos Clause in Contracts

Devolución de depósitos. Las cuentas especiales, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1391 del Código Civil y Comercial de la Nación, están sujetas a las siguientes condiciones, a las que quedan sometidos sin derecho a reclamo alguno los interesados. 4.5.1. Cuentas a orden recíproca o indistinta. La entidad entregará el depósito total o parcialmente a cualquiera de los titulares, aun en los casos de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de los demás, siempre que no medie orden judicial en contrario. 4.5.2. Cuentas a orden conjunta o colectiva. La entidad entregará el depósito sólo mediante comprobante firmado por todos los titu- lares y, en caso de fallecimiento o incapacidad de algunos de ellos, se requerirá orden judicial para disponer del depósito. 4.5.3. Cuentas a nombre de una o más personas y a la orden de otra. 4.5.3.1. Las entidades entregarán, en todos casos, el depósito a la persona a cuya or- den esté la cuenta, salvo lo previsto en el punto 4.5.3.2. 4.5.3.2. Si sobreviniera el fallecimiento o la incapacidad de la persona a cuya orden es- tá la cuenta, el depósito se entregará a su titular o bien a la persona a la cual corresponda la administración de sus bienes conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación. De ocurrir el fallecimiento del titular de la cuenta, los fondos depositados quedarán a disposición de quienes resulten ser sus causahabientes.

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Samples: Condiciones De Cuenta De Ahorros Y Tarjeta Débito

Devolución de depósitos. Las cuentas especiales, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1391 del Código Civil y Comercial de la Nación, están sujetas a las siguientes condiciones, a las que quedan sometidos sin derecho a reclamo alguno los interesados. 4.5.14.6.1. Cuentas a orden recíproca o indistinta. La entidad entregará el depósito total o parcialmente a cualquiera de los titulares, aun en los casos de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de los demás, siempre que no medie orden judicial en contrario. 4.5.24.6.2. Cuentas a orden conjunta o colectiva. La entidad entregará el depósito sólo mediante comprobante firmado por todos los titu- lares titulares y, en caso de fallecimiento o incapacidad de algunos de ellos, se requerirá orden judicial para disponer del depósito. 4.5.34.6.3. Cuentas a nombre de una o más personas y a la orden de otra. 4.5.3.14.6.3.1. Las entidades entregarán, en todos casos, el depósito a la persona a cuya or- den orden esté la cuenta, salvo lo previsto en el punto 4.5.3.24.6.3.2. 4.5.3.24.6.3.2. Si sobreviniera el fallecimiento o la incapacidad de la persona a cuya orden es- tá está la cuenta, el depósito se entregará a su titular o bien a la persona a la cual corresponda la administración de sus bienes conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación. De ocurrir el fallecimiento del titular de la cuenta, los fondos depositados quedarán a disposición de quienes resulten ser sus causahabientes.

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Samples: Términos Y Condiciones De E Banking

Devolución de depósitos. Las cuentas especiales, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1391 del Código Civil y Comercial de la Nación, están sujetas a las siguientes condiciones, a las que quedan sometidos sin derecho a reclamo alguno los interesados. 4.5.14.6.1. Cuentas a orden recíproca o indistinta. La entidad entregará el depósito total o parcialmente a cualquiera de los titulares, aun en los casos de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de los demás, siempre que no medie orden judicial en contrario. 4.5.24.6.2. Cuentas a orden conjunta o colectiva. La entidad entregará el depósito sólo mediante comprobante firmado por todos los titu- lares titulares y, en caso de fallecimiento o incapacidad de algunos de ellos, se requerirá orden judicial para disponer del depósito.. ("A" 5990) 4.5.34.6.3. Cuentas a nombre de una o más personas y a la orden de otra.. ("A" 6000) 4.5.3.14.6.3.1. Las entidades entregarán, en todos casos, el depósito a la persona a cuya or- den orden esté la cuenta, salvo lo previsto en el punto 4.5.3.24.6.3.2. 4.5.3.24.6.3.2. Si sobreviniera el fallecimiento o la incapacidad de la persona a cuya orden es- tá está la cuenta, el depósito se entregará a su titular o bien a la persona a la cual corresponda la administración de sus bienes conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación. De ocurrir el fallecimiento del titular de la cuenta, los fondos depositados quedarán a disposición de quienes resulten ser sus causahabientes.

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Samples: Términos Y Condiciones De E Banking

Devolución de depósitos. Las cuentas especiales, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1391 los artículos 2185, inciso 4), del Código Civil y Comercial 579 del Código de la NaciónComercio, están sujetas a las siguientes condicionescondicio- nes, a las que quedan sometidos sin derecho a reclamo alguno los interesados. 4.5.15.6.1. Cuentas a orden recíproca o indistinta. La entidad entregará el depósito total o parcialmente a cualquiera de los titulares, aun en los casos de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de los demás, siempre que no medie orden judicial en contrario. 4.5.25.6.2. Cuentas a orden conjunta o colectiva. La entidad entregará el depósito sólo mediante comprobante firmado por todos los titu- lares y, en caso de fallecimiento o incapacidad de algunos de ellos, se requerirá orden judicial para disponer del depósito. 4.5.35.6.3. Cuentas a nombre de una o más personas y a la orden de otra. 4.5.3.15.6.3.1. Las entidades entregarán, en todos casos, el depósito a la persona a cuya or- den esté la cuenta, salvo lo previsto en el punto 4.5.3.25.6.3.2. 4.5.3.25.6.3.2. Si sobreviniera el fallecimiento o la incapacidad de la persona a cuya orden es- tá está la cuenta, el depósito se entregará a su titular o bien a la persona a la cual corresponda la administración de sus bienes conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la NaciónCivil. De ocurrir el fallecimiento del titular de la cuenta, los fondos depositados quedarán a disposición de quienes resulten ser sus causahabientescausahabien- tes.

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Samples: Circular