DEVOLUCIÓN DE FIANZAS. La fianza retenida será devuelta al Contratista en un plazo que no excederá de treinta (30) días una vez firmada el Acta de Recepción Definitiva de la obra. La propiedad podrá exigir que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos...
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DEVOLUCIÓN DE FIANZAS. La fianza retenida será devuelta al Contratista contratista en un plazo que no excederá de treinta (30) 30 días una vez firmada el Acta acta de Recepción Definitiva recepción definitiva de la obra. La propiedad podrá exigir que el Contratista contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos...…
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