Disponible Cláusulas de Ejemplo

Disponible en:xxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/educacion_superior/numero_06/xxxxxxx.xx x. XXXXXXXX, X.(2007): Construyendo Agenda 21 para el Departamento de Caquetá: Una construcción colectiva para el Desarrollo Sostenible de la Amazonia Colombiana. Bogotá, Colombia: Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas- Xxxxxx. XXXX, X. (1990) Hacia una ciencia crítica de la educación. Barcelona: Laertes. COLL, C. (1994). Psicología y currículum. Buenos Aires: Paidós. XXXX, X. (1998) Formación Académica y Práctica Pedagógica. Santa fe de Bogotá: ICFES. XXXXXXXXXX, X.; XXXXX, D.M.; XXXXXX, D.J.; XXXXXXX, A. L.; PRIMM, S.A.; XXXXXXXXXX, M. P.; LEDEC, M. P. 1995. Una evaluación del estado de conservación de las ecorregiones terrestres de América Latina y el Caribe. Banco Mundial. Washington, D. C. XXXXXXXXXXXXX, J.; XXXXXXX, H.; XXXXXXXX, J.; XXXXXXX, C.; XXXXXXXX, H.; XXXXXXXX, X. 0000. Evaluación de recursos vegetales no maderables en la Amazonia Noroccidental. IBED, Universiteit van Ámsterdam. Ámsterdam. XXXXXXX, XXXXX. (2002) La Gerencia en la sociedad futura. Grupo Norma. Bogotá: 2002. EL OBSERVATORIO DE LA UNIVERSIDAD COLOMBIANA.(2009). Disponible en xxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx?xxxxxx=xxx_xxxxxxx&xxxx=xxxxxxx&xxxxx=0:xxxx cadores-de-la-u&id=35:cobertura-de-la-educaciuperior-en-colombia: XXXXXX X. (1984) Reflexiones Contables, Teoría, Educación y Moral. Primera Edición. Tipografía y Litografía Atenas Ltda.
Disponible. Precio: Gs 5.000, Comprar. Links.
Disponible. Quan es troben operatives i puguen rebre una oferta contractual de conformitat amb aquestes normes. En el cas que una persona es trobe en dues o més borses d’ocu- pació temporal de diferent categoria professional i estiga contractada en règim d’interinitat en vacant en una d’aquestes, es considerarà dis- En los supuestos establecidos en el artículo 2.3 la oferta se dirigirá a la persona en situación de disponible y mejor posicionada en la corres- pondiente área de experiencia.
Disponible. Cuando se encuentren operativas y puedan recibir una oferta con- tractual de conformidad con las presentes normas. En el supuesto de que una persona se encuentre en dos o más bolsas de empleo temporal de distinta categoría profesional y estuviere contra- tada en régimen de interinidad en vacante en una de ellas, se considerará ponible per a vacant en la resta de borses d’ocupació temporal de les quals forme part. Quan una persona tinga una relació contractual amb el CHGUV, es considerarà disponible per a altres contractes de llarga duració, sempre que no es donen les circumstàncies següents: a) Mantindre amb el CHGUV un contracte d’interinitat o nomena- ment de millora d’ocupació en plaça vacant en la categoria de la borsa de què es tracte. b) Mantindre amb el CHGUV un contracte de relleu en qualsevol categoria. c) Mantindre amb el CHGUV un contracte de llarga duració en la categoria de la borsa que es tracte. En aquest sentit, es consideraran contractes de llarga duració les substitucions de personal que es trobe en les situacions de comissió de serveis, nomenament provisional en places de prefectura o comanda- ment, millora d’ocupació en vacant, excedència autoritzada per període igual o superior a un any, així com els contractes de relleu de jornada completa (llevat que es tracte d’un increment de jornada). En cas de no desitjar estar disponible per a vacant o per a altres contractes de llarga duració, haurà de formular una sol·licitud de desac- tivació en la borsa corresponent. En tot cas, les sol·licituds de desactivació es presentaran a través de qualssevol de les formes possibles previstes en la Llei 39/2015, d’1 d’octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, i serà efectiva l’endemà de la recepció de la sol·licitud en el registre general del CHGUV. La sol·licitud haurà d’indicar la borsa o borses en les quals desitja estar no disponible temporal.

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  • Disponibilidad Sin perjuicio de otras Condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR se hace únicamente responsable del soporte, la atención, la resolución de incidencias y de la gestión del cobro del SERVICIO, siendo el PROVEEDOR el responsable frente al CLIENTE de la provisión del servicio y de cuantas obligaciones legales se deriven del mismo. En todo caso, MOVISTAR declina toda responsabilidad en caso de interrupción del SERVICIO por fuerza mayor o por causas imputables al propio CLIENTE.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El establecido en el estudio previo y en el presente pliego

  • Advertencia Anticipada 32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.

  • Privacidad Para acceder a nuestro sitio web y/o servicios, es posible que se le pida que proporcione cierta información sobre usted como parte del proceso de registro. Usted se compromete a que toda la información que proporcione sea siempre precisa, correcta y actualizada. Hemos desarrollado una política para abordar cualquier preocupación sobre la privacidad que pueda tener. Para más información, consulte nuestra Declaración de privacidad y nuestra Política de cookies.

  • Advertencia LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.

  • ADVERTENCIAS LOS VALORES FIDUCIARIOS NO REPRESENTAN UN DERECHO U OBLIGACIÓN DEL FIDUCIARIO NI SE ENCUENTRAN GARANTIZADOS POR EL MISMO, NI POR EL FIDUCIANTE. SE ADVIERTE AL INVERSOR QUE EL PRESENTE FIDEICOMISO SE ENCUENTRA INTEGRADO POR CRÉDITOS OTORGADOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS QUE FUERON SUSCRIPTOS CON FIRMA ELECTRÓNICA Y POR LO TANTO, CARECEN DE FIRMA DIGITAL Y OLÓGRAFA EN LOS TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. DEBE TENERSE PRESENTE QUE, EN CASO DE QUE EL EJECUTANTE NO PUEDA PROBAR LA AUTORÍA, AUTENTICIDAD E INTEGRIDAD DEL DOCUMENTO POR OTROS MEDIOS DE PRUEBA DISTINTOS A LA FIRMA ELECTRÓNICA, NO PODRÁ ASEGURARSE LA EJECUTABILIDAD DE LOS CRÉDITOS EN SEDE JUDICIAL Y DICHA CIRCUNSTANCIA PODRÍA AFECTAR EL PAGO DE LOS SERVICIOS BAJO LOS VALORES FIDUCIARIOS. PARA MAYOR INFORMACIÓN AL RESPECTO, SE SUGIERE A LOS POTENCIALES INVERSORES VER LOS APARTADOS “INSTRUMENTACIÓN DIGITAL DE LOS CRÉDITOS” Y “FIRMA ELECTRÓNICA” DE LA SECCIÓN II “CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN” DEL PRESENTE SUPLEMENTO. PARA MAYOR INFORMACIÓN SOBRE CIERTOS RIESGOS A SER CONSIDERADOS POR LOS POTENCIALES INVERSORES PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS, VÉASE LA SECCIÓN II “CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN” DEL PRESENTE SUPLEMENTO DE PROSPECTO Y EL CAPÍTULO CORRESPONDIENTE DEL PROSPECTO DEL PROGRAMA. EN ESPECIAL, LOS POTENCIALES INVERSORES DEBERÁN TENER EN CUENTA LA CONSIDERACIÓN DE RIESGO ESPECIAL PARA LA INVERSIÓN CONTENIDA EN LA SECCIÓN II “CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN” DEL PRESENTE SUPLEMENTO DE PROSPECTO. SE ADVIERTE AL INVERSOR QUE LA PRESENTE OFERTA DE VALORES FIDUCIARIOS FUE XXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XX XXXXXXXX XX XXXXX-00. PARA MAYOR INFORMACIÓN AL RESPECTO, SE SUGIERE A LOS POTENCIALES INVERSORES VER EL APARTADO “PANDEMIA CORONAVIRUS COVID-19” DE LA SECCIÓN II “CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN” DEL PRESENTE SUPLEMENTO.

  • PROPIEDAD El ARRENDADOR es el único propietario del VEHÍCULO/S y conservará la plena propiedad sobre los mismos, no otorgándose al ARRENDATARIO derechos distintos a los derivados de su mera condición de ARRENDATARIO, de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato. 4.1.1 El ARRENDADOR podrá requerir que se adhieran placas o etiquetas identificativas de que el VEHÍCULO/S es de su propiedad. 4.1.2 El ARRENDATARIO se compromete a comunicar al ARRENDADOR cualquier circunstancia que pudiera perturbar su derecho de propiedad, así como a adoptar a su xxxxx, las medidas que sean necesarias para poner en conocimiento de terceros los derechos del ARRENDADOR como propietario del VEHÍCULO/S. 4.1.3 El ARRENDATARIO se compromete a: a) Mantener el VEHÍCULO/S bajo su control en todo momento, siendo su lugar de estacionamiento/aparcamiento principal o base, el indicado en las Condiciones Particulares, y en su defecto, el domicilio del ARRENDATARIO en España. b) No vender, subarrendar, ceder, pignorar, perder la posesión, traspasar o subrogar o de cualquier otro modo, disponer del VEHÍCULO/S o de cualquier otro derecho sobre los mismos, ni constituir o permitir que se constituyan sobre éstos cualquier carga, gravamen o hipoteca. c) A manifestar su condición de mero usuario en caso de concurso, disolución, liquidación, embargo o cualquier situación análoga que pudiera afectar a dicho VEHICULO/S y a realizar todas las actuaciones necesarias para la adecuada protección del derecho de propiedad del ARRENDADOR sobre el mismo, defendiéndola frente a reclamaciones de terceros, incluyendo la administración pública tributaria, tercerías de dominio, y salvaguardando los mismos contra embargos, ejecuciones o cualesquiera otros procedimientos, siguiendo en todo caso las instrucciones del ARRENDADOR. d) En el supuesto de que el VEHÍCULO/S sea confiscado o embargado por cualquier razón, el ARRENDATARIO deberá notificar a la autoridad u organismo pertinente que el mismo es objeto del presente Contrato, exhibiéndolo, así como facilitar a las citadas autoridades u organismos los datos del ARRENDADOR como titular del bien. e) A no incluir el VEHICULO/S en la masa activa en caso de incurrir en concurso de acreedores, voluntario o necesario, ni en disolución y liquidación mercantil. f) El ARRENDATARIO deberá ejercitar, a su propio cargo, cuantas reclamaciones y acciones fueran pertinentes para acreditar que el ARRENDADOR es el propietario del VEHICULO/S, defendiendo y manteniendo indemne al ARRENDADOR frente a todas las reclamaciones, demandas, gastos, daños y juicios derivados de la utilización, el estado, funcionamiento o posesión del bien. Los gastos en los que incurriere el ARRENDADOR como consecuencia de probar la titularidad del VEHICULO/S y proteger la misma que sean imputables o por culpa del ARRENDATARIO, correrán a cargo de éste, debiendo restituir al ARRENDADOR las cantidades pertinentes en el plazo de siete (7) días naturales a contar desde la fecha en que el ARRENDADOR así le requiera, previa justificación de dichos gastos.

  • INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES EL CONTRATISTA manifiesta bajo la

  • Nocturnidad Las horas trabajadas en el período comprendido entre las 10 (diez) de la noche y las 6 (seis) de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica incrementada en un 25% sobre el salario ordinario.