Definición de Advertencias

Advertencias. Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En Vejer de la Frontera. 25/10/22. ELALCALDE - PRESIDENTE. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx. Firmado. acuerdo sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, según establece el artículo 17.3 del citado decreto, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. Lo que se hace público para general conocimiento. En La Linea de la Concepcion a 20/10/22. XXX XX, EL ALCALDE. Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. LA SECRETARIA GRAL. Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Mediante Decreto de esta Alcaldía de esta misma fecha, se han aprobado los Padrones y Listas Cobratorias de los conceptos: PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA PISCINA CUBIERTA MUNICIPAL correspondientes al MES DE SEPTIEMBRE del ejercicio 2022, que estarán expuestos al público en las oficinas del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sitas en Xxxxx xx xx Xxxxxxx, xx 0 de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00, durante el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su examen por parte de quienes tuvieren un interés legítimo, pudiendo interponerse por éstos el recurso previo de reposición previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de UN MES, a contar desde el inmediato siguiente al del término del periodo de exposición pública xxx Xxxxxx. por los tributos y ejercicios mencionados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que se termine la exposición al público de los Padrones y Listas Cobratorias. Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago, de los recibos de los mencionados conceptos, correspondientes a los periodos anteriormente indicados, serán los siguientes: CONCEPTO PERIODO VOLUNTARIO PRECIO PÚBLICO SERVICIOS PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA(recibos mensuales) SEPTIEMBRE 2022 : Desde el 27 de Octubre al 29 de Diciembre de 2022 F...
Advertencias. Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones. Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio.
Advertencias la Instructora del procedimiento es la Funcionaria de esta Corporación D.ª María de los Re- yes Méndez Luis. Si concurriera alguna de las causas previstas en el art. 13 del R.D. 13198/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y en los art. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá ser recusada dentro de los 20 días siguientes a la recepción de esta notificación. * La competencia para resolver el expediente corresponde la Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en los art. 71.4 del texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. * Si no se hubiera producido la resolución san- cionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones. * De acuerdo con lo previsto en el art. 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte al denun- ciado que los datos personales que se recaben en el curso del presente procedimiento serán incorporados al correspondiente fichero para su utilización por las autoridades competentes a los exclusivos fines de resolverlo.

Examples of Advertencias in a sentence

  • Las características referentes a la gestión de la Cartera de Inversión, podrán consultarse en la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx En la Sección VIII del presente prospecto, Advertencias Generales a los Trabajadores, se describen pormenorizadamente las metodologías, procedimientos, y medidas para la Administración del Riesgo de la Sociedad de Inversión.

  • Para fines informativos y de comparación Ordinario: % Fijo Por Xxxx % Fijo $ pesos, ( /100 Moneda Nacional) Estimado según el contrato $ pesos, ( /100 Moneda Nacional) Gastos de cobranza: % más IVA Pago Anticipado: % más I.V.A. del monto del pago anticipado Advertencias: “Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio”.

  • Advertencias de la Proposición 65 del estado de California: ADVERTENCIA: Este producto contiene una o más sustancias químicas identificadas por el estado de California como causantes de cáncer.

  • Las acciones que se impongan incluyen pero no se limita a lo siguiente: Advertencias formales - el continuo incumplimiento dará lugar a acciones más severas.

  • Advertencias generales y riesgos sobre los vehículos de inversión libre y sobre los activos en que inviertan: El Titular reconoce que las inversiones en este tipo de instituciones están sujetas a riesgos de naturaleza y grado distintos a los de los Fondos de inversión Ordinarios.

  • Atendiendo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley 340-06 Sobre compras y Contrataciones citamos: “Sin perjuicio de las acciones penales o civiles que corresponda, los proveedores podrán ser pasibles de las siguientes sanciones: ✓ Advertencias escritas, ✓ Ejecución de las garantías, ✓ Penalidades establecidas en el pliego de condiciones o en el contrato y Rescisión unilateral ✓ sin responsabilidad para la entidad contratante.

  • ANEXO I CALENDARIO LABORAL PARA EL XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0000 Empresa Localidad, Convenio colectivo general del sector de la Construcción (B.O.E. 20-V-1992) y Convenio colectivo para el sector de la Construcción de la provincia de Las Palmas Advertencias: Las empresas deben confeccionar anualmente un calendario laboral que se expondrá en sitio visible en cada centro de trabajo (R.D. 2001/1983 de 28 de julio).

  • Lo establecido en estas Advertencias es determinante para la fijación reducida de los honorarios previstos en este contrato.

  • El Cliente es conocedor de que las Advertencias acordadas en el presente apartado se proyectan, en su conjunto, a salvaguardar la consistencia del colectivo de litigantes; a evitar fisuras producidas por litigantes fraudulentos u oportunistas, que persigan generar quiebras en el colectivo u obstruir o entorpecer la buena marcha de las acciones; y a preservar el equilibrio económico de las relaciones entre los litigantes y la Firma, durante todo el tiempo en que deban prestarse los servicios de esta última.


More Definitions of Advertencias

Advertencias. Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En Vejer de la Frontera. 14/01/2022. EL ALCALDE. Por Decreto de fecha 27/05/2020. LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO CULTURAL. Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxxx B.O.P. Administración: Xxxxx Xxxxx, xx 0. 00000 XXXXX Teléfono: 000 000 000 (4 líneas). Fax: 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxx.xx INSERCIONES: (Previo pago) Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido). PUBLICACION: de lunes a viernes (hábiles).
Advertencias. Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En vejer de la Frontera, 9/10/2018. LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁrEA DE ADMINISTrACIÓN GENErAL. Firmado: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX XXX-X XX XX XxXXXXX XXX XXXXXXX xXXXX XX XXxxXXXX PArA USO PrINCIPAL DE HOSPEDAJE.
Advertencias. “Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios”. “Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio”. “Realizar sólo el pago mínimo aumenta el tiempo de pago y el costo de la deuda”. Estado de cuenta: Enviar a: domicilio _____ Consulta: vía internet: ______ Envío por correo electrónico: _______ Aclaraciones y reclamaciones: Unidad Especializada de Atención a Usuarios Domicilio: Avenida Insurgentes número 730, Piso 20, Colonia Xxx Xxxxx Norte, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, México, Distrito Federal, Código Postal 03103. Titular de la Unidad Especializada de Consultas y Reclamaciones. Teléfonos:(00) 00000000 o 00000-000-00-00 (lada sin costo) Fax: 00-00-00-00 Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Horario de atención: de 9:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes. Página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx Registro de contratos de adhesión número: 0000-000-000000/00-00000-0000 Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF): Teléfonos: 00000-000-0000 y 0000-0000. Página de Internet. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx mailto:xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/ REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN NÚMERO: 0000-000-000000/00-00000-0000 1 CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL ASOCIADA A UNA TARJETA DE CRÉDITO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, CRÉDITO REAL, S.A.B. DE C.V., XXXXX, E.R., EN LO SUCESIVO “CRÉDITO REAL” Y POR LA OTRA PARTE, LA PERSONA CUYO NOMBRE, DATOS PERSONALES Y FIRMA QUEDARON REGISTRADOS EN LA SOLICITUD DE CRÉDITO RESPECTIVA Y QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO, EN LO SUCESIVO EL “ACREDITADO” Y CONJUNTAMENTE CON “CRÉDITO REAL” SE DESIGNARÁN COMO LAS “PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
Advertencias. Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Advertencias. Se debe indicar que la cotización solicitada servirá de base para la elaboración de un estudio xx xxxxxxx y, por tanto, no constituyen en sí misma una oferta y consecuentemente no obliga a las partes.

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  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • PUBLICIDAD Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • SUSCRIPTOR POTENCIAL Persona que ha iniciado consultas para convertirse en suscriptor y/o usuario del servicio público ofrecido por la persona prestadora.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Cliente se refiere a Su Cliente, si lo hubiera, identificado en Su orden (o de manera alternativa descrito en Su orden) que desea usar, o que Usted use en su nombre, los Servicios y Datos de Oracle.

  • Urgencia Situación del Asegurado que hace necesaria la asistencia médica con carácter inmediato a fin de evitar un daño irreparable en su salud.

  • Compromiso de Confidencialidad Documento suscrito por el Oferente/Proponente para recibir información de la Licitación.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Plazo Es el tiempo computado desde el inicio de la obra hasta la recepción provisional.

  • Desembolso Es el adelanto de la subvención otorgada por el DPSU del proyecto para la etapa 1 o las cuotas por concepto de servicio de soporte y mantenimiento en la etapa 2.

  • Anexos Significa el conjunto de anexos de este Contrato, los cuales forman parte integral del mismo.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Acuerdo Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento del Senado y encomendar su conoci- miento a la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación; asimismo, dar traslado al Gobierno, publi- car en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES y noti- ficar este acuerdo a su autor. En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publica- ción de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara. Xxxxxxx del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Senador por Córdoba, perte- neciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 168 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. ¿Qué alternativas defiende el Gobierno ante la pro- puesta de reforma de la OCM del azúcar (Reglamento CE nº 2038/1999), presentada por la Comisión? Xxxxxxx del Senado, 24 de noviembre de 2000.—Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Pregunta oral en Comisión. 681/000070.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Respuesta El III Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (PIOM), para el período 1997-2000, fue aprobado el día 7 de marzo de 1997 por el Consejo de Ministros, por lo que el compromiso que se adquiere con este plan es evidente. Durante todos y cada uno de los años de vigencia del III PIOM, se llevará a cabo un seguimiento de la puesta en marcha del mismo, con estos dos objetivos fundamentales: — Conocer el grado de cumplimiento del plan al fina- lizar cada año, es decir, qué actuaciones se han puesto en marcha y cuáles no. — Conocer cómo se ha ejecutado el plan, es decir, qué actividades se han llevado a cabo para dar cumplimiento al mismo con respecto a cada una de las actuaciones en él in- cluidas. El método o procedimiento a utilizar en esta fase de se- guimiento de la puesta en marcha del plan consiste en di- señar una ficha de recogida de información para cada ac- tuación, que se cumplimentará al finalizar cada uno de los años de vigencia. En estas fichas se dejará constancia de las actividades llevadas a cabo para ejecutar las actuacio- nes, fechas en que se han realizado, y los motivos, si hu- biera lugar a ello, por los que no se ha puesto en marcha la actuación en cuestión. hasta su completa finalización. Así, con respecto a la Actuación 5.1.4 del III PIOM, consistente en garantizar que la publicidad en la que inter- venga la Administración General del Estado no incluya imágenes discriminatorias, se han realizado las siguientes actuaciones durante los años 1998 y 1999: — A través del Observatorio de la Publicidad se ha realizado un seguimiento general de la publicidad que fue emitida, incluida la publicidad institucional y de la Ad- ministración General del Estado, no habiéndose detec- tado anuncios con un tratamiento discriminatorio hacia la mujer. — Hay que destacar que suelen ser las campañas insti- tucionales las que más favorecen la imagen de la mujer, ya que suele aparecer realizando funciones diferentes a las tradicionalmente atribuidas al género femenino, y con una presencia más equilibrada con respecto al hombre. Madrid, 24 de noviembre de 2000.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de la pregunta nú- mero 2229, seguida de la contestación remitida por el Go- bierno, formulada por la Senadora del Grupo Socialista, doña MARÍA CARMEN MONTES CONTRERAS, sobre las acciones audiovisuales y publicaciones que ha apoyado el Gobierno desde 1998 y que promuevan una imagen po- sitiva del papel de las mujeres en la sociedad, con indica- ción de las características de dicho apoyo. El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENE- RALES, Senado, Serie I, número 86, 3 de noviembre de 2000. Palacio del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado María Carmen Montes Contreras, Senadora por Cór- doba, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 169 del Re- glamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la si- guiente pregunta, para que le sea contestada por escrito.