DISTRIBUCIÓN DE GAS COMBUSTIBLE. Es la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible a través de redes de tubería u otros medios, de conformidad con la definición del numeral 14.28 de la ley 142 de 1.994. Quien desarrolla esta actividad se denomina distribuidor de gas combustible. Para los propósitos de este contrato, cuando se haga mención del distribuidor de gas combustible, se entenderá referido a la distribución a través de redes físicas, a menos que se indique otra cosa.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Gas Combustible, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Gas Combustible
DISTRIBUCIÓN DE GAS COMBUSTIBLE. Es la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible a través de redes de tubería u otros medios, de conformidad con la definición del numeral 14.28 de la ley 142 de 1.994. Quien desarrolla esta actividad se denomina distribuidor de gas combustible. Para los propósitos de este contrato, cuando se haga mención del distribuidor de gas combustible, se entenderá referido a la distribución a través de redes físicas, a menos que se indique otra cosa.Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx
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Samples: Contrato De Prestación De Servicio Público Domiciliario De Gas Combustible
DISTRIBUCIÓN DE GAS COMBUSTIBLE. Es la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible a través de redes de tubería u otros medios, de conformidad con la definición del numeral 14.28 de la ley LEY 142 de 1.994. Quien desarrolla esta actividad se denomina distribuidor de gas combustible. Para los propósitos de este contrato, cuando se haga mención del distribuidor de gas combustible, se entenderá referido a la distribución a través de redes físicas, a menos que se indique otra cosa.
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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio Público De Distribución Y/O Comercialización De Gas Combustible
DISTRIBUCIÓN DE GAS COMBUSTIBLE. Es la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible a través de redes de tubería u otros medios, de conformidad con la definición del numeral 14.28 de la ley Ley 142 de 1.9941994. Quien desarrolla esta actividad se denomina distribuidor de gas combustible. Para los propósitos de este contrato, cuando se haga mención del distribuidor de gas combustible, se entenderá referido a la distribución a través de redes físicas, a menos que se indique otra cosa.los
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