EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 12.1. El Contratista será responsable de la ejecución fiel de los trabajos, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Reguladoras, con el Pliego de Prescripciones técnicas particulares, incluido como Anexo V del anterior, con el presente Contrato y con las órdenes recibidas, así como de todos los medios humanos y materiales requeridos para este fin. El Contratista deberá conservar cuidadosamente toda la documentación, puntos de referencia y replanteos, materiales, instrumentos, utensilios y otros objetos que se usen para la realización de todas las actividades ligadas el Servicio.
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 29.1. El servicio se ejecutará con estricta sujeción a lo estipulado en el contrato y documentación complementaria del mismo, y conforme a las instrucciones que, en interpretación de éste, diere el funcionario responsable del contrato, y en consecuencia designado con funciones de supervisión o control, actuando el adjudicatario en coordinación y bajo la supervisión de la Administración Municipal
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. El contratista es responsable del exacto cumplimiento de la totalidad de los servicios contratados, en consecuencia, no se excusarán las faltas que realicen los suministradores o trabajadores que para él efectúen suministros o trabajos. La empresa adjudicataria dotará al servicio y a todo el personal del mismo de todos los medios de protección colectiva e individual necesarios según las disposiciones vigentes, así como de la formación e información acreditadas y necesarias en riesgos laborales a sus trabajadores, debiendo tomar las medidas necesarias para conseguir que dichos elementos sean utilizados por todo el personal, siendo responsabilidad de ésta aquellos accidentes laborales que pueda sufrir el personal. El contratista tomará todas las precauciones necesarias para evitar accidentes y perjuicios de todo orden siendo responsable de ellos y atendiendo en materia a la Legislación General del Estado, de la Comunidad Autónoma y del Municipio. A continuación se indican las labores a realizar para la ejecución del servicio, con el objeto de mantener en perfecto estado de limpieza, técnico, funcional y ornamental las zonas verdes y exteriores de la UA. El adjudicatario se adaptará a la metodología de trabajo existente en la UA en materia de partes de trabajo e incidencias atendiendo a las instrucciones del Servicio de Infraestructuras y Servicios, debiendo informar a este Servicio, al menos, de forma quincenal sobre el estado de todos los partes e incidencias. La Universidad empleará todos los medios a su alcance para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, tales como inspecciones, indicadores de calidad, encuestas a los usuarios, etc. pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados obtenidos por incumplimientos del presente pliego. La gestión de los programas de actuación (mantenimiento y/o limpieza) propuestos por la empresa adjudicataria deberá estar completamente informatizada mediante herramientas abiertas cuyas bases de datos puedan ser fácilmente accesibles y utilizables por la Universidad de Alicante. En el primer trimestre desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria elaborará un informe que identifique aquellas zonas de la Universidad que sean susceptibles de mejoras en aspectos de jardinería, mantenimiento y conservación. En este sentido, la UA podrá indicar al adjudicatario zonas concretas para que las incluya en dicho informe.
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. El Contratista será responsable de la ejecución fiel de los trabajos, definidos en los Pliegos y con las órdenes recibidas, así como de todos los medios humanos y materiales requeridos para este fin. El Contratista deberá conservar cuidadosamente toda la documentación, puntos de referencia y replanteos, materiales, instrumentos, utensilios y otros objetos que se usen para la realización de todas las actividades ligadas el Servicio. El Contratista deberá enviar al Director del Servicio, mensualmente, un informe detallado del estado de la realización de las actividades incluidas en el Servicio referido al último día del período que comprende la misma. En dicho informe se harán constar inexcusablemente las variaciones que haya habido en el plan de explotación, indicando sus razones, así como, los cambios efectuados en los medios humanos y materiales empleados por el Contratista, debiendo citarse fecha y número del escrito del Director del Servicio en el que se aprobaron dichos cambios. Una vez comunicada al Contratista una orden, éste dispondrá xx xxxx (10) días para iniciar su cumplimiento de la manera más diligente posible. Transcurrido dicho plazo sin que el Contratista haya cumplimentado la orden, AcuaMed tendrá derecho a contratar a otras personas para llevarla a cabo y todos los gastos habidos directa o indirectamente por ello, correrán a cargo del Contratista y AcuaMed podrá exigírselos, o deducirlos de los importes pagaderos al mismo, ya vencidos o por vencer.
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 26 34. DIRECCIÓN DEL SERVICIO. 26 35. REALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN 26 36. PROGRAMA DE TRABAJO. 27
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. La administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 305 del T.R.L.C.S.P. y 94 R.G.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo contratado.
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. La administración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 R.G.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo contratado a través del director expresamente designado, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos.
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 8e.- EJECUCIÓN DEL TRABAJO
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 3. Generalidades de la ejecución del contrato
EJECUCIÓN DEL SERVICIO. 28.1. El servicio se ejecutará con estricta sujeción a lo estipulado en el contrato y documentación complementaria del mismo, y conforme a las instrucciones que, en interpretación de éste, diere el Sr. Inspector Jefe de la Policía Local, funcionario responsable del contrato y en consecuencia designado con funciones de supervisión o control, actuando el adjudicatario en coordinación y bajo la supervisión de la Administración Municipal.