Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora Cláusulas de Ejemplo

Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. 10) Autorización a Directores y Síndicos (Art. 273 Ley 19.550). El Directorio. Buenos Aires. 24 de septiembre de 2004. El que suscribe en su carácter de Presidente del Directorio, a mérito del Acta de Asamblea General Ordinaria, del 30 de octubre de 2003, obrante a fojas 120/131 del Libro Actas de Asam- bleas N° 1, rubricado el 3 de septiembre de 1979, bajo el N° 22.491, de elección de los miembros del actual Directorio y con Acta de Directorio del 30 de octubre de 2003, obrante a fojas 80 del Acta de Directorio N° 2, rubricado el 14 de mayo de 2002, bajo N° 740517. Presidente – Mario G. Bissoni Certificación emitida por: Ramón Alcides Irala. N° Registro: 1092. N° Matrícula: 2425. Fecha: 06/10/04. N° Acta: 14. Libro N° 832.
Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. 8°) Determinación del auditor del próximo ejer- cicio con cierre el 30/06/05.
Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. 8º) Marcha del negocio de Aseguradores de Cauciones S.A., sociedad radicada en la República Oriental del Uruguay. 9º) Designación de dos accionistas para firmar el acta. 10°) Otorgamiento de autorizaciones para registrar lo resuelto. NOTA: La documentación que se somete a consideración en el punto 1 del Orden del Día se encuentra a disposición de los señores accionistas o podrá ser requerido su envió por correo electrónico solicitándolo expresamente a la casilla fernando.napoli@cauciones.com. Asimismo, se informa la casilla de correo electrónico fernando.napoli@cauciones.com para que los accionistas que desean participar puedan comunicar su asistencia hasta el día 19/11/2021 inclusive y, en caso que la Asamblea se realice mediante plataforma virtual, solicitar el envío los datos de conexión a la misma junto con el instructivo de participación en dicho formato. 30-69078505-2 - Se convoca a los Sres. Accionistas de AZILUT S.A., a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse el día 15 de NOVIEMBRE de 2021, en la sede social de Av. Corrientes 485 piso 4, CABA, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria, a los efectos de tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1) Designación de los accionistas presentes para suscribir el acta; 2) Consideración de los documentos previstos por el art. 234 pto. 1) de la Ley 19.550 correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de Junio de 2021; 3) Distribución de resultados, Aprobación de Honorarios al Directorio; 4) Consideración de la gestión del Directorio (Art. 275 de la Ley 19.550); 5) Dispensa del Directorio de confeccionar la Memoria conforme a los datos que exige la R. Gral. (IGJ) 06/2006, con la reforma de la R. Gral. (IGJ) 04/2009.- Nota: Para participar en las Asambleas, los Sres. Accionistas deberán depositar en la Sociedad —conforme lo exige el art. 238 de la Ley 19.550— sus acciones o bien un certificado de depósito librado por una institución financiera para su registro en el libro respectivo, con no menos de (3) tres días hábiles de antelación al de la fecha fijada para el acto asambleario. Designado según instrumento privado ACTA DIRECTORIO 10/11/2020 RODOLFO SALOMON KOGAN - Presidente
Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. 10) Autorización a Directores Síndicos (Art. 273 Ley 19.550) Presidente – Mario Guido Bissoni El que suscribe como Presidente lo hace según Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionis- tas de fecha 30 de octubre de 2006 y Acta de Di- rectorio de fecha 30 de octubre de 2006. Certificación emitida por: Federico J. Leyria. Nº Registro: 19. Nº Matrícula: 4441. Fecha: 08/10/ 2007. Nº Acta: 150. Libro Nº: 22.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.