Common use of ELEVACIÓN A PÚBLICO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Clause in Contracts

ELEVACIÓN A PÚBLICO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. 11.1. Escritura pública. Una vez efectuado y comunicado el pago total o inicial del precio de la compraventa, el negocio jurídico se elevará a público en el plazo de un mes. El adjudicatario del bien no podrá hacer cesiones a terceros sin cumplir con el correspondiente trámite de escrituración y pago de los impuestos correspondientes. En dicha escritura se hará constar que el inmueble se enajena como cuerpo cierto y en las condiciones que se consignen, que se darán por conocidas y aceptadas por el adquirente. En este acto se procederá, en su caso, a la devolución o cancelación de la garantía constituida. Todos los gastos de este acto serán de cuenta del adquirente.

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ELEVACIÓN A PÚBLICO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. 11.1. Escritura pública. Una vez efectuado y comunicado el pago total o inicial del precio de la compraventa, el negocio jurídico se elevará a público en el plazo de un mes. El adjudicatario La adjudicataria del bien no podrá hacer cesiones a terceros sin cumplir con el correspondiente trámite de escrituración y pago de los impuestos correspondientes. En dicha escritura se hará constar que el inmueble se enajena como cuerpo cierto y en las condiciones que se consignen, que se darán por conocidas y aceptadas por el la adquirente, tal y como se señala en la cláusula 1.1.3. En este acto se procederá, en su caso, a la devolución o cancelación de la garantía constituida. Todos los gastos de este acto serán de cuenta del de la adquirente.

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