¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS EL EMISOR PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?. EL EMISOR puede elegir no contratar o modificar el CONTRATO celebrado con USTED en aspectos distintos a comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS. La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de EL EMISOR la información señalada o presentada por USTED antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por USTED y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa. En los casos antes indicados, EL EMISOR le comunicará la modificación o la resolución del presente CONTRATO, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL EMISOR podrá decidir no contratar posteriormente con USTED. IMPORTANTE: USTED debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA BIM y desconozca el motivo y persona que se lo envió, llamando inmediatamente a la línea gratuita 0-800-10-838. De lo contrario, USTED podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
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Samples: Contrato Del Servicio De Dinero Electrónico, Contrato De Servicio De Dinero Electrónico, Contrato De Servicio De Dinero Electrónico
¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS EL EMISOR PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?. EL EMISOR puede elegir no contratar o modificar el CONTRATO celebrado con USTED en aspectos distintos a comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos supues- tos que determine la SBS. La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de EL EMISOR la información señalada o presentada por USTED antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por USTED y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa. En los casos antes indicados, EL EMISOR le comunicará la modificación o la resolución del presente CONTRATO, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL EMISOR podrá decidir no contratar posteriormente con USTED. IMPORTANTE: USTED debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA BIM y desconozca el motivo y persona que se lo envió, llamando inmediatamente a la línea gratuita 0-800-10-838. De lo contrario, USTED podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
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¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS EL EMISOR PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?. EL EMISOR puede elegir no contratar o modificar el CONTRATO celebrado con USTED en aspectos distintos a comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS. La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de EL EMISOR la información señalada o presentada por USTED antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por USTED y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa. En los casos antes indicados, EL EMISOR le comunicará la modificación o la resolución del presente CONTRATO, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL EMISOR podrá decidir no contratar posteriormente con USTED. IMPORTANTE: USTED debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA GENERAL BIM y desconozca el motivo y persona que se lo envió, llamando inmediatamente a la línea gratuita 0-800-10-838. De lo contrario, USTED podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
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¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS EL EMISOR PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?. EL EMISOR puede elegir no contratar o modificar el CONTRATO celebrado con USTED en aspectos distintos a comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS. La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de EL EMISOR la información señalada o presentada por USTED antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por USTED y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa. En los casos antes indicados, EL EMISOR le comunicará la modificación o la resolución del presente CONTRATO, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL EMISOR podrá decidir no contratar posteriormente con USTED. IMPORTANTE: USTED debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA BIM y desconozca el motivo y persona que se lo envió, llamando inmediatamente a la línea gratuita 0al 00-800000-10-8380000. De lo contrario, USTED podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
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¿EN QUÉ OTROS SUPUESTOS EL EMISOR PUEDE RESOLVER EL CONTRATO DE MANERA UNILATERAL SIN SU AUTORIZACIÓN?. EL EMISOR EMISOR, puede elegir no contratar o modificar el CONTRATO celebrado con USTED en aspectos distintos a comisiones o gastos, e incluso resolverlos, sin el aviso previo, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS. La falta de transparencia se presenta cuando a criterio de EL EMISOR la información señalada o presentada por USTED antes de la contratación o durante la relación contractual es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por USTED y repercuta negativamente en el riesgo de reputación o legal que enfrenta la empresa. En los casos antes indicados, EL EMISOR le comunicará la modificación o la resolución del presente CONTRATO, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la ocurrencia de dicha modificación o resolución. Asimismo, en aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL EMISOR podrá decidir no contratar posteriormente con USTED. IMPORTANTE: USTED debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA GENERAL BIM y desconozca el motivo y persona que se lo envió, llamando inmediatamente a la línea gratuita 0-800-10-838. De lo contrario, USTED podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
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