ENTREGA DE TÍTULOS VALORES. Las partes acuerdan que la emisión y/o entrega de títulos valores a favor de LA CAJA, o su renovación o prórroga, no producirá novación de ninguna de las obligaciones asumidas por EL CLIENTE, salvo que expresamente se acuerde lo contrario. Asimismo, al amparo del artículo 1233° del Código Civil, las partes convienen y pactan que la emisión y/o entrega de títulos valores a favor de LA CAJA en ningún caso determina la extinción de las obligaciones primitivas, aun cuando dichos títulos se hubiesen perjudicado por cualquier causa.
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Samples: Credit Agreement, Línea De Crédito, Crédito Comercial
ENTREGA DE TÍTULOS VALORES. Las partes acuerdan que la emisión y/o entrega de títulos valores a favor de LA CAJA, o su renovación o prórrogaprorroga, no producirá novación de ninguna de las obligaciones asumidas por EL CLIENTE, salvo que expresamente se acuerde lo contrario. Asimismo, al amparo del artículo 1233° del Código Civil, las partes convienen y pactan que la emisión y/o entrega de títulos valores a favor de LA CAJA en ningún caso determina la extinción de las obligaciones primitivas, aun cuando dichos títulos se hubiesen perjudicado por cualquier causa.
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Samples: Línea De Crédito De Capital De Trabajo, Contrato De Crédito Empresarial