Common use of EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Clause in Contracts

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral)

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EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para efectos de proceder La convocante sólo procederá a realizar la evaluación de las ofertas económicas de aquéllas propuestas cuya oferta técnica resulte solvente por haber obtenido por lo menos 45 puntos. La propuesta económica deberá contener la propuesta económicacotización del servicio ofertado, indicando cantidades, precio unitario, subtotal y el importe total del servicio ofertado, desglosando el IVA y los impuestos aplicables que se deberá excluir deriven de la prestación del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuestoervicio. El total de puntuación o unidades porcentuales Para la elaboración de la propuesta económicaeconómica se adjunta el Anexo 9 el cual forma parte de la presente convocatoria. En caso de que se detecte un error de cálculo en alguna propuesta, se podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, asimismo, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse, en apego al artículo 55 del RLAASSP. El servicio objeto de este procedimiento deberá tener un valor numérico máximo cotizarse en pesos mexicanos sin incluir el IVA a 2 (dos) decimales, sin fórmulas y truncado, es decir sin redondear. Se solicita atentamente a los licitantes presentar su proposición económica en formato EXCEL “editable” sin formulas, lo anterior para facilitar la correspondiente evaluación. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requerido. La proposición económica deberá contar con la firma electrónica, de 40; acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por lo que a la propuesta Secretaría de la Función Pública. A la oferta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máximasolventes se le asignarán 40 puntos. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan corresponda a la propuesta oferta económica de cada participante, la convocante se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económicaoferta económica; MPemb = Monto de la Propuesta oferta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta oferta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Calificación final. Para calcular el resultado la calificación final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante se aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales total de la proposiciónpropuesta; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados puntuación asignada a la propuesta Técnicaoferta técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados asignada a la Propuesta Económicaoferta económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones propuestas determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha La suma de todos los rubros con sus correspondientes subrubros en la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúnetécnica representa 60 puntos, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitaciónPropuesta Económica, las condiciones legalesAnexo 9 le corresponden los restantes 40 puntos. La proposición económica deberá contar con la Firma Electrónica, técnicas y económicas requeridas de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado Secretaría de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral)Función Pública.

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EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral).

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; , por lo que a la propuesta económica que resulte en precio ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE ppe = MPemb mpemb x 40 / MPi. mpi Donde: PPE Ppe = Puntuación puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económicapropuesta económica; MPemb Mpemb = Monto monto de la Propuesta propuesta económica más baja, y MPi Mpi = Monto monto de la i-ésima Propuesta propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj ptj = TPT tpt + PPE Para ppe para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj Ptj = Puntuación puntuación o unidades porcentuales Totales totales de la proposición; TPT Tpt = Total total de Puntuación puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnicatécnica; PPE Ppe = Puntuación puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económicapropuesta económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas empresa como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoriaMipyme; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación continuación, se considerará a la pequeña empresa y y, en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empateempate entre empresas. De la misma estratificación de los sectores señalados, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Mipyme, se realizará la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice realizará la convocante en el propio previo al inicio del acto de fallo el cual consistirá en depositar del presente procedimiento. Para tal efecto, la convocante depositará en una urna o recipiente transparente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado; , acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos última que estuviera en ese caso. En las licitaciones públicas que cuenten con la participación de un testigo social, éste invariablemente deberá ser invitado al mismo. Igualmente será convocado un representante del órgano interno de control del Hospital. Lo anterior conforme a lo establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios Artículo 54 del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 Reglamento de la Ley. Cuando no se presente El área contratante enviará por oficio todas las propuestas técnicas y su documentación técnica solicitada en el Anexo Técnico, presentadas por los licitantes participantes al área técnica y/o requirente responsable: Departamento Ingeniería Biomédicade este Hospital dependiente de la Declaración escrita Subdirección de Mantenimiento, quien procederá a su revisión y análisis, a fin de que emita el “Resultado de la Evaluación Técnica” correspondiente. El área técnica responsable realizara el análisis detallado de cada una de las propuestas técnicas por concepto y partida presentadas por los participantes, y revisara los distintos aspectos, conceptos y documentación técnica de apoyo de cada uno de los artículos 50 servicios, para que en conjunto se determine si cada uno de los servicios ofertados es idóneo y 60 concuerda cumpliendo con todas las características y necesidades solicitadas y requeridas por el Hospital, en el anexo técnico. El área técnica responsable revisará y realizara el análisis detallado de las partidas ofertadas por concepto de servicio, en las que describa las características de los servicios conforme a lo solicitado en el anexo técnico. Se revisará que cada propuesta técnica cuente con todos los requisitos y la documentación solicitada en la Convocatoria y Anexo Técnico. Al finalizar se evaluará globalmente las partidas asentando su puntuación obtenida de acuerdo a la evaluación por puntos y porcentajes. El Resultado técnico emitido por licitante se verterá en el “formato de resultado de evaluación técnica adecuada a puntos y porcentajes” donde a manera de tabla comparativa se presentará la referencia de la Leypartida de la que consta la licitación así como la especificación técnica de cada una de ellas, el nombre de cada licitante participante y se establecerá el puntaje a cada rubro correspondiente a la partida propuesta. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación (FO-CON-11 Formato localizable en la presente convocatoriapagina xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxx/xxxxxxxxxx.xxxx). Si los licitantes Se analizará que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para toda la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa documentación distinta a la propuesta técnica y económica que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación el licitante participante haya enviado por CompraNet, corresponda exactamente a lo solicitado y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral)esté completa.

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Samples: Formato De Oferta

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones técnicas y económicas, el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte al licitante con el puntaje total más alto, por ser solvente y la solvente más conveniente porque reúnepara el SNDIF, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionadasolicitadas. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 apartado VI, inciso h) de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y y, en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará conforme a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice lo establecido en la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesnormatividad vigente. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Será causa de desechamiento aquellas que, en su propuesta económica (incluido el costo de las primas de seguros), consideren cualquier cargo por concepto de comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios. Cuando no presenten acta constitutiva el representante legal firme los documentos legales administrativos técnicos y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa economicos plasmando una razón social diferente a la que representa (persona moral) Por no preentar copia representa; o bien omita alguna o algunas palabras de identifcación y acta su razón social. Las proposiciones desechadas durante la licitación podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de nacimineto (persona física) Por la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos el SNDIF podrá proceder a su devolución o destrucción. El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición. El no presentar constancia la información en los formatos establecidos en esta convocatoria, siempre y cuando la información requerida en ellos sea proporcionada de situación fiscal manera clara y comprobante en su totalidad. El no presentar su proposición y documentación requerida con el membrete del licitante. Entregar la documentación distinta a la proposición, fuera del sobre cerrado que debe contener ésta última. El no enviar formato de domicilio entrega de la empresa que represta (Persona moral)documentación.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la La propuesta económica que resulte ser la más baja equivale al 40% para el criterio de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máximaadjudicación del contrato. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan corresponden a la propuesta económica de cada participante, la convocante se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. DondeDónde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi MPí = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios No se considerarán las propuestas, cuando el volumen ofertado de los servicios no cumpla con el 100% de la demanda solicitada por la entidad. Las proposiciones de los licitantes, que no cumplan con alguno de los requisitos exigidos en la Convocatoria serán desechadas. SÍ durante la evaluación económica de las proposiciones que cumplieron con los requisitos técnicos, legales y administrativos, existiere una discrepancia entre el precio unitario y el precio total o en las sumas parciales o totales que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, situación que se hará del conocimiento del licitante, para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato que manifieste lo que a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: su derecho convenga. Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante entidad aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n DondeDónde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados asignada a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados asignada a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la , y La proposición solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en para la convocatoria entidad y a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, cual se le adjudicará el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado objeto de la evaluación presente convocatoria, será aquélla que reúna la mayor Puntuación Total (PTj). En caso de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposicionesresultado, el desempate para determinar al licitante ganador se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 54 del RLAASSP. Previamente a la formalización del contrato, el proveedor a quien se le haya adjudicado el mismo, deberá presentar dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha del fallo, la adjudicación se efectuará a favor opinión positiva del licitante SAT al que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará refiere el contrato en este caso en primer término a la micro empresaArtículo 32D del CFF, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando presentarse ésta no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan formalizará el “convenio de proposición conjunta”, conforme contrato por causas imputables al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral)proveedor.

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EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para La evaluación de las proposiciones económicas será realizada por el Área Contratante, verificando que la documentación presentada por el Licitante, cumpla con los requisitos solicitados. Se verificará que la propuesta económica, cumpla con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, y que contenga todos los datos señalados en el Anexo XII, y de conformidad al numeral 4.3. Propuesta Económica, realizando las operaciones aritméticas correspondientes. Cuando se presente un error de cálculo en la propuesta económica, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la Convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen que sustente el fallo. Si la o el Licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. Lo anterior, con fundamento en el artículo 55 del Reglamento. Lo que se hará constar en el dictamen que sustente el fallo. Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá deberán excluir del precio ofertado por la o el licitante los Impuestos que apliquen Licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total cálculo de puntuación o unidades porcentuales los precios no aceptables se llevará a cabo únicamente cuando se requiera acreditar que un precio ofertado es inaceptable para efectos de adjudicación del Contrato, porque resulta superior al porcentaje a que hace referencia la fracción XI del artículo 2 de la propuesta económicaLey, deberá tener o para efectos de lo dispuesto en el primer y segundo párrafo del artículo 38 de la Ley. Para calcular cuándo un valor numérico máximo precio no es aceptable, los responsables de 40; por lo que a hacer la propuesta evaluación económica que resulte ser la más baja aplicarán cualquiera de las técnicamente aceptadas deberá asignársele siguientes opciones: A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el porcentaje previsto en la puntuación o unidades porcentuales máximafracción XI del artículo 2 de la Ley o, en su caso, el señalado en el segundo párrafo del artículo 38 de la Ley. Cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable. Para determinar calcular cuándo un precio no es conveniente, los responsables de hacer la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta evaluación económica aplicarán lo previsto en el numeral VI.5.6.3 Binario de cada participantelas Políticas, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Servicios de la Propuesta económica más baja, Secretaría de Seguridad y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato Protección Ciudadana conforme a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular La Convocante que deseche los precios por considerar que no son convenientes o determine que son no aceptables, no podrá adjudicar el resultado final Contrato a las o los Licitantes cuyas proposiciones contengan dichos precios, debiendo incorporar al fallo lo señalado en la fracción III del artículo 37 de la puntuación Ley. Para el caso de que la o unidades porcentuales que obtuvo cada proposiciónel Licitante quiera acreditarse con calidad de MIPYME, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1deberá indicarlo en su Propuesta Económica Anexo XII, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final campo previsto en dicho anexo, además de acompañar la documentación requerida. Los precios ofertados deberán ser fijos durante la vigencia del Contrato y no se encontrarán sujetos a ajustes. En el supuesto de existir empate entre dos o más proposiciones, la adjudicación propuestas se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso dará preferencia en primer término a la micro empresalas Micro Empresas, a continuación se considerará a la pequeña empresa las Pequeñas Empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante de la o el Licitante que tenga el carácter de Mediana Empresa. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más Licitantes, la adjudicación se efectuará en favor de la o el Licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”sorteo, conforme al artículo 44 Cuarto Transitorio del Acuerdo, por lo que se estará a lo dispuesto en el artículo 54 párrafos segundo y tercero del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral), en presencia del OIC.

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EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Únicamente para Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen el impuesto al valor agregado (IVA) y sólo se considerará el precio neto propuesto. El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; , por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Criterios para la adjudicación del contrato Se adjudicará el contrato a la un solo proveedor cuya propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y y, en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria. Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social. Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas. Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado. Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley. Cuando no se presente la Declaración de Integridad. Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria. Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento. Cuando se presente más de una proposición para la misma partida. Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral) Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física) Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral).

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Integrados De Comunicaciones