Exclusiones Adicionales Cláusulas de Ejemplo

Exclusiones Adicionales. En adición a las exclusiones establecidas en las Condiciones Generales de esta Póliza y/o especificaciones de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil, queda entendido y convenido que en ningún caso ampara, ni se refiere a responsabilidades derivadas: 1) Por daños distintos al ejercicio de las actividades del Asegurado. 2) Por la tenencia o uso xx xxxxx blancas, de aire o de fuego, para fines de seguridad y cualquier otro fin, no obstante que esté legalmente autorizado. 3) Por daños cuando el Asegurado y/o sus empleados presten servicios proporcionados bajo la influencia de sustancias tóxicas, bebidas alcohólicas o bajo el efecto de estupefacientes o enervantes no prescritos médicamente, a menos que el daño no pueda imputarse al Asegurado y/o sus empleados por culpa grave. 4) Por actos realizados con dolo o mala fe, con complicidad y/o participación del Asegurado o sus representantes o empleados. 5) Por abusos físicos x xxxxxxx, acoso sexual o actos mal intencionados del personal del Asegurado o del mismo Xxxxxxxxx. 6) De daños por falta de o durante el mantenimiento o mal estado evidente del inmueble y/o las instalaciones del Asegurado. 7) De daño moral y perjuicios que no sean consecuencia directa de un daño personal o material.
Exclusiones Adicionales. Esta Compañía no será responsable por pérdida alguna resultante por daño o destrucción de productos terminados, ni por el tiempo que fuera necesario para reproducir cualquier producto terminado que hubiere sido dañado o destruido, ni por pérdida alguna que puede ser ocasionada por cualquier mandato x xxx que reglamente la construcción o reparación de edificios, ni por la suspensión, expiración o cancelación de cualquier contrato de arrendamiento ó concesión, contrato, pedido u orden, ni por cualquier otra pérdida consecuencial.
Exclusiones Adicionales. Artículo 2.1.2
Exclusiones Adicionales. Adicionalmente y con aplicación a todos los servicios de asistencia, se encuentran excluidos los gastos que el asegurado tenga que soportar por consecuencia directa o indirecta de: a) Expropiación, requisa o daños producidos en los bienes del asegurado por orden del gobierno, de derecho o de facto, o de cualquier autoridad instituida. b) Liberación de calor, irradiaciones o explosiones provenientes de fusión de átomos o radioactividad e incluso de las radiaciones provocadas por la aceleración artificial de partículas. c) Actos u omisiones dolosas o de personas por las que sea civilmente responsable el asegurado. d) Guerra invasiones, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (con o sin declaración xx xxxxxx), guerra civil, rebelión, insurrección, actos de terrorismo o pronunciamientos, manifestaciones y movimientos populares. e) Catástrofes naturales. f) Autolesiones o la participación del asegurado en actos criminales.
Exclusiones Adicionales. ADICIONALMENTE Y CON APLICACIÓN A TODOS LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA, SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS LOS GASTOS QUE EL ASEGURADO TENGA QUE SOPORTAR POR CONSECUENCIA DIRECTA O INDIRECTA DE: a) EXPROPIACIÓN, REQUISA O DAÑOS PRODUCIDOS EN LOS BIENES DEL ASEGURADO POR ORDEN DEL GOBIERNO, DE DERECHO O DE FACTO, O DE CUALQUIER AUTORIDAD INSTITUIDA. b) LIBERACIÓN DE CALOR, IRRADIACIONES O EXPLOSIONES PROVENIENTES DE FUSIÓN DE ÁTOMOS O RADIOACTIVIDAD E INCLUSO DE LAS RADIACIONES PROVOCADAS POR LA ACELERACIÓN ARTIFICIAL DE PARTÍCULAS. c) ACTOS U OMISIONES DOLOSAS O DE PERSONAS POR LAS QUE SEA CIVILMENTE RESPONSABLE EL ASEGURADO. d) GUERRA INVASIONES, ACTOS DE ENEMIGOS EXTRANJEROS, HOSTILIDADES (CON O SIN DECLARACIÓN XX XXXXXX), GUERRA CIVIL, REBELIÓN, INSURRECCIÓN, ACTOS DE TERRORISMO O PRONUNCIAMIENTOS, MANIFESTACIONES Y MOVIMIENTOS POPULARES. e) CATÁSTROFES NATURALES. f) AUTOLESIONES O LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO EN ACTOS CRIMINALES.
Exclusiones Adicionales. La Compañía no responderá de pérdida o daño en los siguientes casos: a) Si no hay marcas visibles o evidencia del uso de fuerza y violencia en el exterior (o interior) de los locales del Asegurado o si la pérdida o daño se debe a culpa grave del Asegurado o de la persona o personas encargadas de los bienes; o b) Si el Asegurado no ha mantenido su contabilidad e inventario de sus bienes en tal forma correcta que permitiría la determinación y justificación del monto de la pérdida o daño sufrido por los bienes asegurados; o c) Si el Asegurado no ha mantenido en buenas condiciones operativas el sistema de alarma contra robo o el servicio del celador o celadores y/o las otras medidas contra robo que se estipulan en las Declaraciones o si no ha cumplido con todas las recomendaciones y estipulaciones de la Compañía respecto a las medidas de protección que el Asegurado debe haber tomado; o d) Si la pérdida o daño fuere a ocurrir durante la existencia de cualquier agravación material o cambio materialmente desfavorable en las condiciones del riesgo o de los locales no avisados oportunamente, y por escrito, a la Compañía.
Exclusiones Adicionales. Cuando en la póliza de seguro o en sus endosos, no se estipule expresamente lo contrario, este seguro no ampara: a. Desapariciones Misteriosas o inexplicables de los bienes asegurados o parte de ellos.
Exclusiones Adicionales. En adición a las exclusiones establecidas en las Condiciones generales de esta Póliza de Seguro de responsabilidad civil, queda entendido y convenido que en ningún caso ampara, ni se refiere a responsabilidades derivadas: 1. Por daños distintos al ejercicio de las actividades del Asegurado. 2. Por la tenencia o uso xx xxxxx blancas, de aire o de fuego, para fines de seguridad y cualquier otro fin, no obstante que esté legalmente autorizado. 3. Por daños cuando el Asegurado y/o sus empleados presten servicios proporcionados bajo la influencia de sustancias tóxicas, bebidas alcohólicas o bajo el efecto de estupefacientes o enervantes no prescritos médicamente, a menos que el daño no pueda imputarse al Asegurado y/o sus empleados por culpa grave. 4. Por actos realizados con dolo o mala fe, con complicidad y/o participación del Asegurado o sus representantes o empleados. 5. Por abusos físicos x xxxxxxx, acoso sexual o actos mal intencionados del personal del Asegurado o del mismo Asegurado. 6. De daños por falta de o durante el mantenimiento o mal estado evidente del inmueble y/o las instalaciones del Asegurado. 7. De daño moral y perjuicios que no sean consecuencia directa de un daño personal o material. 8. De daños y perjuicios a o de vehículos propios o ajenos al Asegurado y su personal. 9. Por enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos o de las diagnosticadas con anterioridad al ingreso xxx xxxxxxx a la Guardería. 10. Por daños causados con motivo de obras, construcciones, ampliaciones, remodelaciones o demoliciones.
Exclusiones Adicionales. Artículo 3.1.3
Exclusiones Adicionales. En adición a las Exclusiones Generales mencionadas en la Cláusula 2ª de las Condiciones Generales, queda entendido y convenido que esta cobertura en ningún caso ampara ni se refiere a: a) Daño, pérdida, costo o gasto proveniente de cualquier responsabilidad que su naturaleza sea de una garantía en favor de los obligados originales y no puede, en consecuencia, ser asimilada a una fianza, prenda, aval o cualquier garantía, personal o real.