Common use of EXENCIÓN IMPOSITIVA Clause in Contracts

EXENCIÓN IMPOSITIVA. 21.1 El artículo II, sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluyendo a ACNUR como uno de sus órganos subsidiarios, quedarán exentos del pago de todos los impuestos directos, salvo las remuneraciones por servicios públicos, y están exentos de pagar los derechos de aduanas, derechos y cargas de naturaleza similar en relación con los artículos que importen o exporten para su uso oficial. Si alguna autoridad de gobierno se negase a reconocer las exenciones impositivas de ACNUR en relación con dichos aranceles aduaneros, derechos y cargos, el Contratista consultará inmediatamente con ACNUR a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes. 21.2 El Contratista autoriza a ACNUR a deducir de las facturas del Contratista cualquier suma que representa tales aranceles aduaneros, derechos o cargos, a menos que el Contratista haya consultado con ACNUR antes del pago mencionado y ACNUR haya, en cada instancia, específicamente autorizado al Contratista a pagar tales aranceles aduaneros, derechos y cargos por medio de una manifestación escrita. En cuyo caso, el Contratista suministrará a ACNUR con una prueba por escrito que el pago de tales aranceles aduaneros, derechos y cargos se ha realizado y ha sido autorizado de manera adecuada, y ACNUR reembolsará al Contratista tales aranceles aduaneros, derechos y cargos autorizados por ACNUR y pagados por el Contratista por medio de una manifestación escrita.

Appears in 4 contracts

Samples: Contratos Para El Suministro De Bienes Y Servicios, Contratos Para El Suministro De Bienes Y Servicios, Contratos Para El Suministro De Bienes Y Servicios

EXENCIÓN IMPOSITIVA. 21.1 19.1 El artículo II, sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluyendo a ACNUR como uno de sus órganos subsidiarios, quedarán exentos del pago de todos los impuestos directos, salvo las remuneraciones por servicios públicos, y están exentos de pagar los derechos de aduanas, derechos y cargas de naturaleza similar en relación con los artículos que importen o exporten para su uso oficial. Si alguna autoridad de gobierno se negase a reconocer las exenciones impositivas de ACNUR en relación con dichos aranceles aduaneros, derechos y cargos, el Contratista consultará inmediatamente con ACNUR a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes. 21.2 19.2 El Contratista autoriza a ACNUR a deducir de las facturas del Contratista cualquier suma que representa tales aranceles aduaneros, derechos o cargos, a menos que el Contratista haya consultado con ACNUR antes del pago mencionado y ACNUR haya, en cada instancia, específicamente autorizado al Contratista a pagar tales aranceles aduaneros, derechos y cargos por medio de una manifestación escrita. En cuyo caso, el Contratista suministrará a ACNUR con una prueba por escrito que el pago de tales aranceles aduaneros, derechos y cargos se ha realizado y ha sido autorizado de manera adecuada, y ACNUR reembolsará al Contratista tales aranceles aduaneros, derechos y cargos autorizados por ACNUR y pagados por el Contratista por medio de una manifestación escrita.

Appears in 2 contracts

Samples: Contratos Para El Suministro De Servicios, Contratos Para El Suministro De Servicios

EXENCIÓN IMPOSITIVA. 21.1 20.1 El artículo II, sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluyendo a ACNUR como uno de sus órganos subsidiarios, quedarán exentos del pago de todos los impuestos directos, salvo las remuneraciones por servicios públicos, y están exentos de pagar los derechos de aduanas, derechos y cargas de naturaleza similar en relación con los artículos que importen o exporten para su uso oficial. Si alguna autoridad de gobierno se negase a reconocer las exenciones impositivas de ACNUR en relación con dichos aranceles aduaneros, derechos y cargos, el Contratista consultará inmediatamente con ACNUR a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes. 21.2 20.2 El Contratista autoriza a ACNUR a deducir de las facturas del Contratista cualquier suma que representa tales aranceles aduaneros, derechos o cargos, a menos que el Contratista haya consultado con ACNUR antes del pago mencionado y ACNUR haya, en cada instancia, específicamente autorizado al Contratista a pagar tales aranceles aduaneros, derechos y cargos por medio de una manifestación escrita. En cuyo caso, el Contratista suministrará a ACNUR con una prueba por escrito que el pago de tales aranceles aduaneros, derechos y cargos se ha realizado y ha sido autorizado de manera adecuada, y ACNUR reembolsará al Contratista tales aranceles aduaneros, derechos y cargos autorizados por ACNUR y pagados por el Contratista por medio de una manifestación escrita.

Appears in 1 contract

Samples: Contratos Para El Suministro De Bienes